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La inmobiliaria que gestiona mi alquiler se niega a darme una de las copias del contrato

La inmobiliaria que gestiona el alquiler del piso en el que vivo se niega a darme una de las dos copias del contrato que firmé en su día

La inmobiliaria que gestiona mi alquiler se niega a darme una de las copias del contrato. (iStock)

La inmobiliaria que gestiona el alquiler del piso en el que vivo se niega a darme una de las dos copias del contrato que firmé en su día. Me lo mandó por correo electrónico, pero una de las dos copias que firmé y se niega a hacerlo ¿Qué puedo hacer?

Una vez firmado el contrato de arrendamiento, el original se lo queda el propietario del inmueble y le entregará una copia al arrendatario. Con ello cada parte tendrá en su poder y conservará una copia original del mismo.

Ahora bien, los propietarios de los inmuebles a menudo apuestan por contratar los servicios de una agencia especializada en la intermediación de arrendamientos para delegar ciertas funciones en un especialista que esté supervisando en todo momento la correcta gestión del inmueble.

Se puede contratar tanto la mediación en la operación como la gestión del alquiler (percepción de los alquileres, reparaciones menores, gestión de lo contencioso…). El denominado contrato de mediación o corretaje, cuya esencia reside en la prestación de servicios encaminados a la búsqueda, localización, aproximación de futuros contratantes y a la obtención del resultado consistente en la puesta en contacto o en relación de personas interesadas en celebrar entre ellas un contrato, obliga al corredor a desarrollar una determinada actividad de gestión en orden a procurar la celebración del negocio que persigue el oferente.

Aunque tiene además como obligaciones complementarias las de información, discreción, lealtad y rendición de cuentas, sin embargo, no pesa sobre el corredor la obligación de guardar una copia de los contratos de arrendamiento que se formalicen a consecuencia de su trabajo.

Si es el caso de la inmobiliaria, deberá dirigirse al propio propietario para reclamarle su copia del contrato de arrendamiento firmado y debidamente depositado en la Administración competente.

Otra cosa es lo que se acuerde en relación con la gestión del alquiler. En este caso, para la prestación del servicio contratado es necesario que tengan una copia del contrato de alquiler que usted firmó con la propiedad, la cual puede ser solicitada en virtud del contenido de los artículos 30 y 31 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que establecen los principios básicos de los derechos, facultades y responsabilidad de las personas arrendatarias de vivienda y la información mínima en las operaciones de compra y arrendamiento de vivienda, respectivamente.

Otra solución alternativa, en caso de que el contrato de arrendamiento estuviese inscrito en el Registro de la Propiedad, es acudir al Registro de la Propiedad y solicitar de éste una copia. O bien, en caso de conocerse los datos del propietario, dirigirse a este directamente por medio que deje constancia de su reclamación. En último lugar, si junto con el contrato se prestó fianza y ésta se depositó en la Administración correspondiente, puede tratar de solicitar de este organismo un duplicado del contrato.

*Sonsoles Martínez González, abogada de Lean Abogados.

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Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) Contrato de arrendamiento Arrendatario Arrendador