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Norberto Beirak

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¿Qué arquitectura necesita España?

Un anteproyecto de Ley abre las puertas para que quienes desean ejercer su profesión vean como las administraciones se lo impiden alegando la insuficiente calidad de su obra

Foto: Reapertura de las visitas a la Sagrada Familia de Barcelona. (EFE)
Reapertura de las visitas a la Sagrada Familia de Barcelona. (EFE)

La arquitectura española es de mala calidad. Eso parece creer el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que ha lanzado un Consulta Previa sobre el Anteproyecto de Ley de Arquitectura y Calidad del Entorno Construido. Tratándose, como opina el Ministerio, de un problema cultural y no meramente técnico, sorprende que de la iniciativa no participe el Ministerio de Cultura.

Mediante esta Ley el Ministerio pretende impulsar la Calidad de la Arquitectura y el Entorno Construido; promover su enraizamiento social e identitario; conectar y acercar personas de distintas sensibilidades; integrar profesionales y ciudadanos; actuar las administraciones de forma ejemplificadora en sus contratos potenciando la calidad y la sostenibilidad; contribuir al desarrollo sostenible del territorio y los núcleos de población; facilitar la rehabilitación y renovación urbana; mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad, la habitabilidad y la adaptación a las nuevas formas de vida y de trabajo; contribuir a dar respuesta al cambio climático que estamos experimentando, al crecimiento económico y de empleo y a la protección y salvaguarda del patrimonio cultural y natural; fomentar en fin la modernización de la Arquitectura.

Nobles fines, quizás demasiados para una sola Ley. Pero sin embargo España no carece de una profusa y prolija normativa al respecto, tanto estatal como autonómica. La Ley de Contratos del Sector Público; las leyes del Suelo y Rehabilitación Urbana; el Código Técnico de la Edificación, las leyes de Protección del Patrimonio Cultural; la Ley de Ordenación de la Edificación y las leyes de Calidad en la Edificación; las leyes de supresión de barreras arquitectónicas; los Planes Generales de Ordenación Urbana; etc. Por solo enumerar una muy pequeña parte. De lo que carece es de una Ley de Vivienda; pero esa no está ni se la espera.

De lo que carece es de una Ley de Vivienda; pero esa no está ni se la espera

Todo ello no alcanza para el Ministerio: la calidad del entorno construido no se garantiza por el simple hecho de cumplir con la normativa existente, nos dice. ¿Y cómo se garantiza entonces? Si miramos el inmediato antecedente y modelo de lo que podría avecinarse, la Ley de Arquitectura de Cataluña – y quienes impulsaron la Ley catalana impulsan ahora la estatal – se garantiza del siguiente modo.

La calidad

En primer lugar, esa Ley somete a informe previo por un comité de expertos la concesión de toda licencia de edificación - de iniciativa pública o privada - a fin de evaluar si el proyecto tiene suficiente calidad arquitectónica. Siendo la calidad el núcleo de la Ley cabría esperar que la definiera de forma precisa. Sin embargo, los valores que dice querer fomentar son vagos: la idoneidad de las construcciones para acoger los usos previstos, la mejora de la calidad de vida de las personas, la contribución a la cohesión social y a la mejor relación de los ciudadanos con su dimensión artística y cultural, la adecuación al entorno y al paisaje, la sostenibilidad en los aspectos medioambiental y económico, la belleza y el interés artístico. Es una calidad definida de manera tan superficial e imposible de objetivar que parece más bien una excusa.

Siendo la calidad el núcleo de la Ley cabría esperar que la definiera de forma precisa. Sin embargo, los valores que dice querer fomentar son vagos

Y en segundo: la Ley catalana acaba con el sistema tradicional español de acceso a los encargos públicos: el Concurso Abierto, en ocasiones anónimo. Todas las adjudicaciones públicas se realizan mediante Concurso Restringido con selección nominal de unos pocos participantes. Bien mirada la Ley de Arquitectura catalana pone los mimbres para controlar desde las administraciones la integridad del proceso de producción de los espacios; sea mediante la censura previa de los proyectos, sea mediante la selección nominal de los proyectistas. Un grado tal de dirigismo sería inmediatamente motivo de escándalo si donde dice Arquitectura dijera Literatura, Música o Cine.

Pero más allá de lo cultural, la Ley abre las puertas para que quienes desean ejercer su profesión vean cómo las administraciones se lo impiden alegando la insuficiente calidad de su obra y aunque cumplan con toda la normativa en vigor. Huelga señalar el peligro de este dispositivo, sea en Cataluña o en cualquier sitio.

Puede entenderse porqué desde las instituciones colegiales de los arquitectos se esté dispuesto a embarcarse en esta aventura restrictiva: son órganos poco representativos de la profesión, dirigidos por su sector más favorecido.

Menos se entiende por qué se embarca el Ministerio, salvo que lo que se busque sea precisamente reducir el número de ejercientes libres. Algo que se contradice con la generosidad con la que se abren Escuelas de Arquitectura y se otorgan títulos habilitantes. Pero dar con una mano lo que se va a quitar con otra es un engaño.

La arquitectura española es de mala calidad. Eso parece creer el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que ha lanzado un Consulta Previa sobre el Anteproyecto de Ley de Arquitectura y Calidad del Entorno Construido. Tratándose, como opina el Ministerio, de un problema cultural y no meramente técnico, sorprende que de la iniciativa no participe el Ministerio de Cultura.

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