Economía gamberra
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La morosidad jamás fue un buen negocio
El comportamiento abusivo de la gran empresa provoca situaciones que no deberían producirse en un mercado de real libre competencia
Leía estos días la propuesta de reglamento en que está trabajando la Comisión Europea para endurecer la directiva de morosidad que se aprobó en 2011. Entre otras medidas, si no cambia nada, el plazo máximo para que se pague una factura entre empresas pasará a ser de 30 días en lugar de los 60 actuales. ¡Por fin una buena noticia! La burocracia europea preocupándose para que a las pymes y a los autónomos se les pague en tiempo y forma. ¿Por qué será entonces que no las acabo de tener todas conmigo y que lo que he leído me genera cierta inquietud?
Lo cierto es que, desde que se aprobó la directiva de 2011, algunas cosas han mejorado, aunque la propia Comisión Europea, en el espacio de su página web donde recoge la información sobre esta actualización de la normativa, reconoce que “más del 60% de las empresas de la UE sigue sin cobrar a tiempo, y las pequeñas y medianas empresas son las más afectadas”, y que la actualización de la normativa se hace "para promover un cambio definitivo hacia una cultura de pago sin demora".
Parece que estamos hablando, sin duda, de un reglamento necesario, puesto que, según datos para España dados a conocer recientemente por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, las compañías cotizadas no financieras tardan de media en pagar facturas a sus proveedores la friolera de 120 días (muy por encima de los 60 días teóricos que marca hoy la directiva europea). Evidentemente, estas mismas grandes compañías cobran mucho más rápido las deudas comerciales de sus clientes, con lo que disponen de un importante método alternativo de financiación a costa de sus proveedores, por lo general, empresas mucho más pequeñas, a las que no dudan en hacer crujir sus costuras para beneficiarse ellas. No todos los sectores pagan igual de tarde. El sector energético es el que mejor paga, a 72 días (aun así, muy por encima tanto del límite actual, 60 días, como del que fijará el nuevo reglamento, 30 días), y las empresas del sector de información y comunicaciones pagan a 337 días.
Otro actor relevante en este asunto son las administraciones públicas, que en este país han sido tradicionalmente uno de esos pagadores que hacían del retraso en soltar la mosca una señal de identidad. Sin embargo, parece que eso está cambiando con claridad. Según cifras del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en la actualidad, la Administración central está pagando a sus proveedores comerciales a 29 días, las CCAA a 31, las corporaciones locales a 43 y la Seguridad Social a 12. Plazos todos ellos, con excepción del de las corporaciones locales, bastante razonables. A pesar de que me congratulo de esa gran mejora en el comportamiento pagador de las administraciones, le pido que no interprete los datos literalmente. Estos plazos empiezan a contar desde el momento en que una factura comercial está convenientemente aceptada y registrada por la Administración de turno hasta el momento en que se realiza efectivamente el pago. No recogen las habituales yincanas burocráticas previas que cualquier proveedor tiene que sortear para que su factura sea aceptada para el pago desde el momento en que se ha prestado el servicio. Si es usted un pequeño empresario o un autónomo que trabaja para una Administración, especialmente de tipo local, sabe perfectamente a lo que me refiero. Algún día tendría que hacerse un estudio acerca de la demora real de pago en las administraciones entre la prestación real de un servicio o entrega de producto y el pago de la correspondiente factura. Me temo que nos llevaríamos sorpresas.
Volviendo al famoso reglamento, por una vez debo reconocer que una nueva reglamentación me parece pertinente. Limitación de pago a 30 días, procedimientos de verificación, pago de intereses de demora automáticos si se excede ese plazo, compensaciones adicionales, designación de organismos responsables de hacer cumplir la ley en cada Estado miembro, sistemas nacionales de mediación, observatorios y toda la parafernalia habitual que acompaña nuevos reglamentos y normativas. Pertinente sí, pero más procesos, más administración, más gasto público, más trabas al desarrollo de riqueza.
Y es que esas mismas grandes compañías que utilizan su mayor capacidad de negociación y, añadiría sin ruborizarme, de intimidación comercia para pagar por término medio a sus proveedores a 120 días, mientras ellas mismas cobran de sus clientes a un plazo medio de 61 días, están haciendo un flaco favor a sus accionistas, al tejido empresarial en general y al propio concepto de libertad de empresa.
Ese comportamiento abusivo de la gran empresa provoca situaciones que no deberían producirse en un mercado de real libre competencia. Situaciones que son vistas por el entramado público como oportunidades para, paradójicamente, “corregir los excesos del capitalismo y de la libre competencia”, reglamentar más y más y tener excusas para poner trabas al desarrollo. La libre competencia no es el problema, es la solución, o la reglamentación creciente acabará convirtiéndose en una trampa monumental para el desarrollo y el bienestar.
Según algunos economistas, el capitalismo tiende siempre hacia el monopolio y hay que controlarlo. Otros muchos decimos que, si el capitalismo quiere sobrevivir, precisamente debe alejarse de los monopolios y minimizar la necesidad de esos controles. No hablo de algo baladí, porque el mundo de la verdadera libre empresa tiene una enorme correlación con la democracia liberal y con la libertad en general.
Si es usted un gran empresario o un gran inversor, reflexione. No piense linealmente, piense sistémicamente. Su empresa tiene que ser un baluarte de la libertad y, para ello, como diría el propio Friedman, tiene que comportarse con los más altos estándares éticos y alejarse conscientemente de cualquier comportamiento abusivo o de tintes monopolísticos, aunque ello pueda tener un impacto negativo en sus ganancias a corto plazo. Si no lo hace, y a pesar de que me repatea, tendremos que dar la bienvenida a más y más reglamentos como el que nos ocupa hoy. La libertad de empresa está en sus manos.
Leía estos días la propuesta de reglamento en que está trabajando la Comisión Europea para endurecer la directiva de morosidad que se aprobó en 2011. Entre otras medidas, si no cambia nada, el plazo máximo para que se pague una factura entre empresas pasará a ser de 30 días en lugar de los 60 actuales. ¡Por fin una buena noticia! La burocracia europea preocupándose para que a las pymes y a los autónomos se les pague en tiempo y forma. ¿Por qué será entonces que no las acabo de tener todas conmigo y que lo que he leído me genera cierta inquietud?
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