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¿Pueden colegios o padres publicar fotos de actividades de sus hijos en la red?
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¿Pueden colegios o padres publicar fotos de actividades de sus hijos en la red?

La publicación de fotografías de menores de 14 años está supeditada al permiso de los padres, en caso contrario se vulnerarán los derechos del propio niño recogidos por la ley

Foto: Las mochilas de varios escolares, en el suelo del patio de un colegio. (EFE)
Las mochilas de varios escolares, en el suelo del patio de un colegio. (EFE)

Mi hijo de 11 años tuvo una función de teatro en el cole, en la que iban todos los niños de la clase disfrazados por carnaval, yo llevé mi cámara y publiqué las fotos en mi Facebook y mi Instagram. Tengo la configuración en 'privado', pero para mi sorpresa, me ha llegado una carta del colegio diciendo que un padre no quiere que ni su hijo ni él mismo salgan en ninguna fotografía, este padre es, obviamente, el padre de uno de los niños y resulta que los padres están divorciados y él no ha dado su permiso para las fotos. Mi pregunta es: ¿no puedo colgar las fotos de mi hijo por miedo a que salga este otro niño? Si mi cuenta es privada, no podrían saber si sale su hijo.

Como reflexión inicial, debemos saber que, ante este tipo de situaciones que se refieran a menores de 14 años, estas imágenes no podrán ser difundidas si al menos uno de los progenitores no da el consentimiento para que su hijo sea fotografiado, y posteriormente, publicada esa fotografía en cualquier medio.

En este caso concreto, por el hecho de estar los padres divorciados, debería, para mayor seguridad, existir el consentimiento de ambos en función de lo señalado en el Real Decreto 1720/2007 sobre protección de datos de carácter personal, que señala claramente que “en el caso de los menores de 14 años se requerirá el consentimiento de los padres o tutores”.

En resumen, la representación legal de los hijos menores de edad la ostentan ambos progenitores; no obstante, en lo que se refiere a la patria potestad, se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro, siendo válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o las situaciones de urgente necesidad, y, en caso de desacuerdo, cualquiera de los dos podrá acudir al juez, quien, después de oír a ambos y al hijo, si tuviera suficiente juicio y fuera mayor de 12 años, decidirá qué progenitor tendrá la facultad, sin que su decisión pueda ser recurrida.

Foto: Foto: EFE. Opinión

En cuanto a la publicación en nuestra red social, ya sea Facebook, Instagram o cualquier otra, con independencia de que la configuración de la misma sea privada (solo podrán acceder a estas fotos aquellas personas que tengan nuestro consentimiento) o pública, también necesitaríamos el permiso expreso de los padres o tutores de todos los menores que sean identificables en la foto. Nuestra recomendación sería tener ese consentimiento por escrito, recordando además que este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento.

La imagen de una persona, sea adulto o menor, se considera un dato de carácter personal, puesto que permite identificar a una persona. Esto viene recogido en el artículo 3 de la LOPD, y por lo tanto se trata de un dato protegido por esta ley y por las regulaciones que la desarrollan. Además, la Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen también establece que el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen es irrenunciable, inalienable e imprescriptible.

En el mismo sentido, para la publicación en la web del colegio o en la revista de este, sería necesario también el consentimiento de los padres o tutores, como resumen en el Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos: “La publicación en la página web del colegio de las fotos de los alumnos constituye una cesión o comunicación de datos de carácter personal, definida por el artículo 3 j) de la LOPD como toda revelación de datos realizada a una persona distinta del interesado. En consecuencia, tanto la toma de las fotografías como su publicación en internet requieren el consentimiento, en los términos antes señalados, del afectado o de sus padres si se trata de un menor de 14 años, de forma que cuando se tratan y ceden dichos datos personales sin el pertinente consentimiento, la LOPD establece el correspondiente mecanismo reactivo, constituido por el derecho de cancelación de datos de carácter personal, recogido en su artículo 16”.

Además, debemos recordar que la propia Agencia de Protección de Datos ha publicado unas recomendaciones para la protección de datos de los menores, en las que se señala que deben extremarse las precauciones en internet y, en particular, se indica que “no es aconsejable publicar fotos que identifiquen a un niño, por ejemplo, situándole en el contexto de un colegio y/o actividad determinados”.

Si tiene algún problema como este o alguna duda al respecto, contacte con Legálitas. También le ofrecemos la posibilidad de aumentar la protección que ya presta a sus hijos, gracias el uso de las nuevas tecnologías, como esta aplicación que, mediante un 'botón del pánico' y la definición de diferentes 'radios de seguridad' permitirá a sus hijos avisarle en caso de peligro y estar controlados cuando entren o salgan de las zonas que usted elija. Para acceder a Legálitas Hijos, pulse en este enlace y descárguese de manera gratuita la aplicación, de este modo podrá empezar a proteger a los que más quiere frente a situaciones de riesgo.

Mi hijo de 11 años tuvo una función de teatro en el cole, en la que iban todos los niños de la clase disfrazados por carnaval, yo llevé mi cámara y publiqué las fotos en mi Facebook y mi Instagram. Tengo la configuración en 'privado', pero para mi sorpresa, me ha llegado una carta del colegio diciendo que un padre no quiere que ni su hijo ni él mismo salgan en ninguna fotografía, este padre es, obviamente, el padre de uno de los niños y resulta que los padres están divorciados y él no ha dado su permiso para las fotos. Mi pregunta es: ¿no puedo colgar las fotos de mi hijo por miedo a que salga este otro niño? Si mi cuenta es privada, no podrían saber si sale su hijo.

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