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"¿Puedo reclamar mi cláusula suelo aunque haya firmado una novación?"
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"¿Puedo reclamar mi cláusula suelo aunque haya firmado una novación?"

El Tribunal Supremo ha abierto la veda: que revisases tu hipoteca y firmases una novación con tu banco no significa que no puedas reclamar ahora por la cláusula suelo

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PREGUNTA. ¿Es cierto que el Tribunal Supremo ha dado la razón a un consumidor que ha reclamado la cláusula suelo de su hipoteca pese a haber firmado una novación?

RESPUESTA. Efectivamente, esa sentencia es la que ha creado el precedente en este sentido. En octubre de 2014, la Audiencia de Sevilla dio la razón al Banco Popular cuando recurrió el fallo inicial del juzgado mercantil número 1 de Sevilla, que en septiembre de ese año había resuelto a favor de la demandante y anulado la cláusula suelo del préstamo por falta de transparencia. Sin embargo, el Tribunal Supremo (TS) acaba de anular la cláusula suelo de la hipoteca revisada por la prestataria y el banco años después por una novación, ya que, pese a que la entidad alega que en esa revisión la clienta aceptó expresamente la cláusula, para el Tribunal Supremo se mantuvo el "déficit de información".

P. ¿Eso quiere decir que, aunque yo firmase hace tiempo una novación con mi banco, ahora puedo poner una reclamación por la cláusula suelo?

R. Sí. La sentencia del Supremo, ejecutada el pasado 15 de junio, abre la puerta a que muchos consumidores decidan interponer una reclamación por la cláusula suelo de su hipoteca aunque hace tiempo firmasen un acuerdo de novación con su entidad financiera en la que se fijasen una serie de nuevos acuerdos. Si quieres calcular lo que has gastado de más por la cláusula suelo, pincha aquí.

P. He preguntado en mi banco y me dicen que las condiciones del nuevo acuerdo siempre estuvieron claras, pero no estoy de acuerdo. ¿Tengo derecho a reclamar?

R. Sí. En el caso que nos ocupa, el Tribunal Supremo entiende que ni en la primera hipoteca ni en la novación el banco llevó a cabo un "plus de información y tratamiento principal de la cláusula suelo que permitirá a la clienta adoptar su decisión con pleno conocimiento de la carga económica y jurídica que comportaba dicha cláusula".

Para el órgano judicial, por tanto, se mantuvo el "déficit de información, que no queda suplido por la mera lectura de la escritura o por la claridad gramatical que pueda resultar de la redacción de la cláusula suelo". Es decir, que aunque aceptases y firmases la novación, puedes reclamarla judicialmente.

P. Antes de reclamar, ¿cómo puedo saber cuánto dinero me correspondería?

R. Sería necesario hacer el cálculo de cantidades pagadas de más desde la firma, así como el nuevo cálculo del cuadro de amortización y actualización de cantidades pendientes desde la firma. Con estos ingredientes, podría llevarse a cabo una reclamación para exigir las cantidades pertinentes.

*Si tiene alguna duda sobre la consulta resuelta y quiere más información, puede contactar con Arriaga Asociados.

PREGUNTA. ¿Es cierto que el Tribunal Supremo ha dado la razón a un consumidor que ha reclamado la cláusula suelo de su hipoteca pese a haber firmado una novación?

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