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¿Se puede recuperar a parte de una plantilla y mantener el ERTE en la otra?
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¿Se puede recuperar a parte de una plantilla y mantener el ERTE en la otra?

En este caso, la empresa se encontraría afectada por un ERTE por fuerza mayor parcial ya que puede recuperar parte de su actividad y por lo tanto, recuperar a parte de la plantilla

Foto: Foto: EFE.
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Si recuperas a parte de la plantilla que está en ERTE COVID-19 y a la otra parte no, porque todavía no puedes abrir ese negocio porque está dentro de una gran superficie y su apertura no está permitida por el Estado, ¿Tienes que hacerte parte del pago del sueldo o seguros sociales de los que todavía no se pueden incorporar?

En este caso, la empresa se encontraría afectada por un ERTE por fuerza mayor parcial ya que puede recuperar parte de su actividad y por lo tanto, recuperar a parte de la plantilla en la medida necesaria para el desarrollo de su actividad. El RD-Ley 18/2020, de 12 de mayo establece una regulación específica en relación a la exoneración de cuotas empresariales para los meses de mayo y junio:

1ª) Si a 29 de febrero de 2020 la empresa hubiera tenido menos de 50 personas trabajadoras (o asimiladas a las mismas) en situación de alta en la Seguridad Social, la exoneración alcanzará el 60% de la aportación empresarial (y conceptos de recaudación conjunta) devengada en mayo de 2020 y el 45% de la aportación empresarial devengada (y conceptos de recaudación conjunta) en junio de 2020.

2º) Si a 29 de febrero de 2020 la empresa hubiera tenido 50 o más personas trabajadoras (o asimiladas a las mismas) en situación de alta en la Seguridad Social, la exención alcanzará el 45% de la aportación empresarial (y conceptos de recaudación conjunta) devengada en mayo de 2020 y el 30% de la aportación empresarial (y conceptos de recaudación conjunta) devengada en junio de 2020.

En lo que a los salarios respecta, los trabajadores que no hayan podido reincorporarse y estén en suspensión de contrato seguirán percibiendo la prestación por desempleo, sin que exista ninguna obligación empresarial en este sentido.

En todo caso, cabría esperar, al menos en mi opinión, que la Dirección General de Trabajo aclarase si se puede dar la circunstancia de que en una misma empresa existan centros de trabajo y/o códigos de cuenta de cotización distintos, en fuerza mayor parcial y en fuerza mayor total, como podría suceder en el caso indicado en la pregunta.

Enrique Ceca. Socio del área laboral de Ceca Magán Abogados.

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Si recuperas a parte de la plantilla que está en ERTE COVID-19 y a la otra parte no, porque todavía no puedes abrir ese negocio porque está dentro de una gran superficie y su apertura no está permitida por el Estado, ¿Tienes que hacerte parte del pago del sueldo o seguros sociales de los que todavía no se pueden incorporar?

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