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El 'corralito' de los cortos
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Jesús Sánchez-Quiñones

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El 'corralito' de los cortos

Cuando un valor queda suspendido de cotización de forma indefinida, los accionistas se ven con sus acciones bloqueadas, en una especie de "corralito"

Cuando un valor cotizado queda suspendido de cotización de forma indefinida, los accionistas de la empresa afectada se encuentran con sus acciones bloqueadas sin posibilidad de venderlas en la bolsa en la que coticen. Teóricamente, es posible realizar transacciones fuera del mercado y registrarlas, pero la dificultad reside en encontrar a alguien que desee comprar dichas acciones. En estas situaciones los accionistas se encuentran en una especie de 'corralito' sobre sus acciones.

En teoría,este 'corralito' afecta no sólo a los accionistas que tienen acciones compradas, sino también a los inversores que estén 'cortos' o vendidos de acciones de la empresa afectada. Cuando un inversor decide ponerse "corto" y vender acciones de una empresa sin tenerlas porque cree que la cotización va a caer, está obligado a pedir prestadas acciones en el momento de la venta para poder hacer frente a la liquidación de dicha venta. Posteriormente, el inversor "corto" recomprará las acciones para poder así devolver las acciones prestadas.

Hasta la fecha no se han dejado sentir quejas de inversores cortos por haberse quedado atrapados ante la suspensión de la cotización de determinadas empresas

Por tanto, aunque un inversor 'corto' haya acertado sobre la dirección que tomaría la cotización de una determinada acción, si no logra recomprar las acciones antes de que la cotización de la empresa en la que tiene la posición "vendida" sea suspendida, se encontraría atrapado en una posición que no podría deshacer en mercado. Al igual que en el caso de accionistas comprados, teóricamente será posible realizar transacciones fuera de mercado para deshacer la posición si se encuentra a algún inversor que desee vender sus acciones. Dichas operaciones deberían quedar registradas.

Pese a la mayor exigencia de transparencia sobre las pociones cortas, las estadísticas de posiciones vendidas son poco fiables. La existencia de cuentas globales u ómnibus en depositarios internacionales que agrupan las posiciones de una multitud de clientes, y las cláusulas introducidas por defecto en los contratos de algunas de estas entidades que permiten al depositario dar en préstamo los títulos depositados sin el conocimiento expreso de los clientes, facilita la operativa de los "cortos" y puede paliar el presunto "corralito" sufrido por este tipo de inversores en situaciones de suspensión prolongada de la cotización.

Hasta la fecha no se han dejado sentir quejas de inversores 'cortos' por haberse quedado atrapados ante la suspensión de la cotización de determinadas empresas. Teóricamente deberían padecer tanto el "corralito" de sus acciones como los accionistas de dichas empresas.

Una medida que ayudaría a dar transparencia a las posiciones cortas o vendidas sería obligar a la autorización expresa de cada operación de préstamo de títulos por parte del titular de las acciones prestadas, sin que fueran válidas las cláusulas estándar incluidas en los contratos de adhesión.

Cuando un valor cotizado queda suspendido de cotización de forma indefinida, los accionistas de la empresa afectada se encuentran con sus acciones bloqueadas sin posibilidad de venderlas en la bolsa en la que coticen. Teóricamente, es posible realizar transacciones fuera del mercado y registrarlas, pero la dificultad reside en encontrar a alguien que desee comprar dichas acciones. En estas situaciones los accionistas se encuentran en una especie de 'corralito' sobre sus acciones.

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