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Comunidad, secesión y libertad: réplica a Roberto Centeno
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Juan Ramón Rallo

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Comunidad, secesión y libertad: réplica a Roberto Centeno

Mi propósito en esta réplica es demostrar que Centeno yerra en sus tres argumentos y que, en consecuencia, su crítica está profundamente equivocada

Foto: Banderas esteladas en una manifestación. (Reuters)
Banderas esteladas en una manifestación. (Reuters)

El economista Roberto Centeno ha cargado contra mi último artículo, 'Secesión'. En él explico que, siguiendo a Albert Hirschman, existen tres formas de solucionar los conflictos internos de un grupo humano: la salida (los miembros del grupo siguen caminos separados), la voz (los miembros del grupo dialogan y llegan a un acuerdo) y la lealtad (los miembros del grupo permanecen unidos por someterse a un bien mayor, como es la unidad del grupo). Como adicionalmente argumento, la salida es el mecanismo último que ha propuesto el liberalismo para garantizar la coexistencia pacífica de los individuos: la asociación y desasociación voluntaria. De ahí, concluyo, que deba permitirse la secesión política de aquellas personas (o grupos de personas) que deseen separarse del Estado español, para lo cual deberíamos articular un procedimiento legal que garantice los derechos de todas las partes (tanto los de aquellos ciudadanos que deseen secesionarse como los de aquellos otros que no deseen hacerlo).

La crítica central de Centeno contra mi artículo se estructura en tres puntos:

  1. El sociólogo alemán Ferdinand Tönnies distinguió entre “comunidades orgánicas” y “asociaciones voluntarias”: España es una comunidad orgánica y las comunidades orgánicas no son divisibles.
  2. Hirschman nunca pretendió aplicar sus tres mecanismos de resolución de conflictos —salida, voz y lealtad— a comunidades orgánicas como las naciones o los estados federales, sino solo a las asociaciones voluntarias.
  3. Dado que todo el análisis previo resulta defectuoso, el liberalismo no puede amparar la secesión política, tan solo la separación de asociaciones voluntarias.

Mi propósito en esta réplica es demostrar que Centeno yerra en sus tres argumentos y que, en consecuencia, su crítica está profundamente equivocada.

Comunidades y asociaciones políticas

Ciertamente, Ferdinand Tönnies distinguió entre comunidad ('Gemeinschaft') y asociación ('Gesellschaft'). La comunidad, para Tönnies, se caracteriza por una unidad de voluntad, de destino y de intereses: “Siempre que los seres humanos se mantienen unidos de un modo orgánico por su inclinación o consentimiento común, la comunidad existe de un modo u otro”. Ejemplos de comunidad, de acuerdo con Tönnies, son la familia, el matrimonio, la religión o la aldea. La asociación, por el contrario, se caracteriza por que cada individuo persigue separadamente sus fines personales, de modo que la cooperación entre personas es un mero artefacto para que cada cual cumpla sus propias metas. Ejemplos de asociación pueden ser las empresas, los mercados o las sociedades abiertas (e impersonales).

Para Tönnies, las comunidades sí son divisibles; podría terminar encuadrando la nación dentro de la categoría de comunidad, pero no incluiría al Estado

Como hemos dicho, Centeno incluye la nación y los estados dentro de la categoría de 'comunidad' de Tönnies, sosteniendo a renglón seguido que las comunidades son indivisibles. El error aquí es doble: por un lado, para Tönnies las comunidades sí son divisibles; por otro, Tönnies podría terminar encuadrando la nación dentro de la categoría de comunidad, pero desde luego no incluiría al Estado en ella.

Primero, Tönnies considera que las comunidades pueden romperse. Un ejemplo paradigmático de comunidad para el sociólogo alemán es el matrimonio, y es evidente que el matrimonio puede romperse mediante el divorcio. Otro caso prominente de comunidad es la religión, la cual obviamente puede hallarse expuesta a 'herejías' (nuevas corrientes religiosas segregadas del tronco principal). Lo que Tönnies afirma no es que las comunidades no puedan disolverse, sino que, una vez se rompe una determinada comunidad, esta ya no puede existir por separado en cada una de las partes que la componían: en el momento de su disolución, la antigua comunidad desaparece y es sustituida por otra cosa (ya sean otras comunidades o nuevas asociaciones). Tan es así que Tönnies específicamente sostiene que las comunidades políticas de mayor tamaño están inclinadas a subdividirse (¡a secesionarse!) en comunidades políticas de menor tamaño hasta llegar a la ciudad-Estado:

Cualquier comunidad política se estructura en una región que está compuesta por muchas provincias, aldeas y ciudades, o puede dividirse en una confederación de tales regiones. Cada una de estas regiones menores, si está firmemente asentada en su territorio y es capaz de defenderse a sí misma, está destinada a convertirse en una comunidad política por su propio derecho. Si lo consigue —y no está compuesta por otras comunidades políticas de un tamaño aún menor—, nos ofrecerá la más perfecta y profunda expresión de una comunidad política (…) En este sentido, la ciudad que controla una cierta región es la encarnación de la idea de comunidad política. Como la 'polis' de la civilización helenística, la ciudad puede que sea la única forma auténtica de comunidad política, que participa en la formación de cualquier comunidad política superior solo como miembro de una confederación.

Es decir, para Tönnies (autor al que me remite Centeno), la ciudad “es la única forma auténtica de comunidad política”, de manera que España solo sería —en el mejor de los casos— una confederación de comunidades políticas (locales). O dicho de otra forma, sería una mancomunidad política inclinada a disgregarse.

Tönnies sostiene que las comunidades políticas de mayor tamaño están inclinadas a subdividirse (¡a secesionarse!) en comunidades de menor tamaño

Y digo “en el mejor de los casos” porque, en realidad, Tönnies no consideraría al actual Estado español un ejemplo de comunidad política, sino más bien de asociación política. Las comunidades políticas se rigen esencialmente por la costumbre (por la moral tradicional), mientras que las asociaciones políticas se rigen por la ley positiva y el cálculo político. Veamos cómo describe Tönnies a los estados modernos, no regidos por la tradición sino por los acuerdos constitucionales ('el contrato social') que los engendraron:

El Estado es sobre todo la más universal de las asociaciones 'Gesellschaft': existe y ha sido creado con el propósito de proteger la libertad y la propiedad de sus gobernados, y por tanto representa y hace cumplir la ley natural basada en la validez de los contratos. Es, por tanto, una persona ficticia o artificial, como cualquier otra asociación creada por el hombre.

El Estado español —como cualquier otro Estado moderno— no sería para Tönnies un caso de comunidad, sino de asociación. Y, por consiguiente, incluso en los propios términos de Centeno, sí podría romperse en varias partes por decisión de sus miembros.

El Estado español no sería para Tönnies un caso de comunidad, sino de asociación. Y, por consiguiente, en los términos de Centeno, sí podría romperse

Distinto es el caso de la nación española —entendida como lo hace Tönnies, esto es, como comunión lingüística, histórica, cultural o religiosa de los españoles—, a la que el sociólogo alemán sí incluiría en la categoría de comunidad: “El uso general de un lenguaje compartido, unido a la posibilidad de entenderse mutuamente, une los corazones humanos. También existe una conciencia común, simbolizada en sus superiores manifestaciones como una costumbre y unas creencias compartidas, que penetran a todos los miembros del pueblo y de la nación, y que simbolizan la unidad y la paz en su vida”. Pero bajo esta laxa definición de nación, la nación española comprendería también gran parte de Hispanoamérica, poniendo de relieve que la 'unidad nacional' sería compatible con multiplicidad de estados independientes (es decir, que la nación no se rompería aunque el Estado español sí lo hiciera).

Sea como fuere, no creo que ninguna de estas conclusiones sea del agrado de Centeno: si España fuera una mancomunidad política, Tönnies la calificaría de confederación divisible hasta la ciudad-Estado; si España fuera una asociación política, el propio Centeno reconoce que ha de poder dividirse; si España fuera meramente una comunidad nacional, la nación española podría estar contenida en múltiples estados distintos… incluyendo un Estado catalán independiente.

Salida como secesión política

Tras apelar a la autoridad de Tönnies para definir (equivocadamente) España como una comunidad política, Centeno me acusa de aplicar incorrectamente los conceptos de 'salida', 'voz' y 'lealtad', desarrollados por Albert Hirschman, al caso de las comunidades políticas. Según Centeno, las comunidades políticas no se cohesionan ni mediante salida, ni mediante voz, ni mediante lealtad, pues tales instrumentos solo valen para asociaciones voluntarias como una empresa o una ONG. Pretender aplicar estas tres categorías a las comunidades orgánicas ilustra “o bien no haber leído o bien no haber entendido a Hirschman”. O en sus propias palabras: “La ignorancia (o el sectarismo) del señor Rallo sobre este tema es tan grande que aplica estas tres opciones no a las asociaciones voluntarias, sino a las comunidades”.

La verdad es que me sorprende profundamente que Roberto Centeno me remita a conocer y a leer a Albert Hirschman (a quien él mismo elevó a la categoría de Premio Nobel en un primer borrador de su artículo) cuando el mero subtítulo del libro de Hirschman ya pone suficientemente de manifestó que Hirschman sí aplicó los mecanismos de salida, voz y lealtad a las comunidades políticas estatales: “Salida, voz y lealtad: respuestas al declive de las empresas, las organizaciones y los estados”. A menos que Centeno considere que los estados son asociaciones voluntarias —y, por tanto, divisibles mediante la secesión—, parece claro que Hirschman sí aplicó sus tres categorías a las comunidades. Debe de ser que el Sr. Centeno leyó a Hirschman pero con la insuficiente atención como para entenderlo.

¡Cómo no va a aplicar Hirschman los conceptos cuando los utiliza para explicar por qué algunas comunidades se mantienen cohesionadas!

De hecho, no hace falta quedarse en el subtítulo de la obra de Hirschman. Vayamos a las páginas que componen su libro para comprobar si el economista utilizó las categorías de salida, voz y lealtad al caso de las naciones. De acuerdo con Hirschman, la salida no suele ejercerse dentro de una nación no porque no sea posible, sino porque la lealtad tiende a cohesionar a todos sus miembros: “Las organizaciones que pueden imponer altas sanciones contra la salida de sus miembros son los grupos humanos más tradicionales, como la familia, la tribu, la comunidad religiosa y la nación, así como otras más modernas invenciones tipo la banda criminal o el partido totalitario. Si una organización puede exigir un alto precio a cambio de la salida, entonces adquiere una poderosa defensa contra una de las armas más poderosas con las que cuenta cualquiera de sus miembros: la amenaza de salida”.

¡Cómo no va a aplicar Hirschman los conceptos de salida, voz y lealtad a las comunidades cuando los utiliza justamente para explicar por qué algunas comunidades se mantienen especialmente cohesionadas incluso en presencia de conflictos internos!

Cuando la unidad de España prevalece sobre la libertad de cada español, tal vez suceda que te has vuelto más nacionalista que liberal

La cuestión para cualquier liberal, claro, debería ser la de por qué debemos exigirle un alto precio (la amenaza de “guerra”, como sugiere Centeno) a aquellas personas que simplemente desean salir de la comunidad política. No digo que, en ciertos contextos, no sea legítimo exigir un alto precio a quien quiera secesionarse del grupo (por ejemplo, en medio de una guerra es lógico que las deserciones militares estén fuertemente castigadas), pero la pregunta de fondo sigue siendo por qué exigírselo en una comunidad política que puede habilitar un procedimiento de separación política salvaguardando las libertades de cada ciudadano. Centeno, aun sin saberlo, se limita a rechazar el secesionismo apelando a la lealtad no hacia la ley (que podría reformarse) sino hacia España, “una de las unidades nacionales más antiguas del mundo”. Pero cuando la unidad de España prevalece sobre la libertad de cada español, tal vez suceda que te has vuelto más nacionalista que liberal.

La secesión dentro del liberalismo

No pretendo negar la posibilidad de defender la unidad de España desde la tradición liberal: si, por ejemplo, la ruptura de la unidad de España fuera un vehículo para esclavizar a una parte de la sociedad, entonces por razones instrumentales podría defenderse tal unidad de España. Personalmente, tengo muy serias dudas de que, en el contexto actual, la única forma de preservar la libertad de todas las partes sea persiguiendo cualquier conato de separación política: justamente, el procedimiento legal que, a mi entender, debería habilitarse para canalizar las aspiraciones secesionistas debería orientarse a garantizar en todo momento las aspiraciones y las libertades de los no secesionistas. Con todo, estoy abierto a escuchar argumentos que me convenzan de lo contrario.

Lo que sí me llama la atención es que Roberto Centeno se sorprenda de que un liberal defienda el derecho de secesión (especialmente de secesión individual). En alguna otra parte, Centeno incluso me ha acusado de traicionar al liberalismo y de venderme a algún tipo de oligarquía financiero-secesionista. Como digo, se me puede acusar de estar equivocado, pero no de no seguir fielmente a una importantísima tradición dentro del pensamiento liberal.

Puede que muchos estemos equivocados, pero es evidente que una parte de la tradición liberal ha defendido históricamente el derecho de separación

Por ejemplo, Ludwig von Mises, el economista más importante dentro de la Escuela Austriaca de Economía, sostenía en su libro 'Liberalismo: dentro de la tradición clásica' lo siguiente:

El derecho de autodeterminación del que hablamos no es el derecho de autodeterminación de las naciones, sino el derecho de autodeterminación de los habitantes de cualquier territorio lo suficientemente grande como para conformar una unidad administrativa independiente. Si fuera posible otorgar el derecho de autodeterminación a cada persona, debería hacerse. Esto no es posible por consideraciones técnicas, las cuales hacen necesario que una región sea gobernada por una única unidad administrativa y que, en consecuencia, restringen el derecho de autodeterminación a la mayoría de habitantes de aquellas áreas lo suficientemente extensas como para contar como unidades territoriales administrativas.

Asimismo, Murray Rothbard, uno de los mejores alumnos de Mises, se mostró favorable a una secesión extrema:

A falta de la privatización total, es evidente que nuestro modelo de sociedad puede aproximarse —y los conflictos minimizarse— a través de la secesión, el gobierno local hasta el nivel del micro-barrio, y el desarrollo de derechos contractuales de acceso a enclaves y exclaves.

Jesús Huerta de Soto, el más afamado economista español dentro de la tradición austriaca, también ha defendido en numerosas ocasiones el derecho de secesión:

Son tres los principios esenciales que han de regir la relación sana, pacífica y armoniosa entre las diferentes naciones: el principio de autodeterminación, el principio de completa libertad de comercio entre las naciones, y el principio de libertad de emigración e inmigración.

Y finalmente, fuera de la tradición austriaca, podemos mencionar a uno de los filósofos liberales más importantes de la actualidad, Chandran Kukathas, para quien el principio de secesión no es más que una manifestación de la libertad de asociación y desasociación política:

Una sociedad libre es una sociedad abierta y, por tanto, una sociedad cuyos principios fundacionales han de admitir la variabilidad de las instituciones humanas, y no unos que fijen, establezcan o impongan un determinado conjunto de instituciones dentro de un orden cerrado. Esos principios solo deberían tomar como dado la existencia de individuos y su propensión a asociarse; no necesitan y no deberían asumir la preponderancia de ninguna asociación particular o histórica de individuos. En definitiva, el principio fundamental que describe a una sociedad libre es el principio de libre asociación. El primer corolario de este principio es la libertad de desasociación. Un segundo corolario es la tolerancia mutua de asociaciones (…) Una implicación de estos principios es que la sociedad política no es más que otra de esas asociaciones: su fundamento es la disposición de sus miembros a continuar asociándose en los términos que ellos han definido.

En suma, puede que muchos liberales estemos equivocados, pero es evidente que al menos una parte de la tradición liberal ha defendido históricamente el derecho de separación política. En lugar de acusar a los demás de no haber leído, o entendido, a autores como Tönnies, Hirschman o a los principales pensadores liberales, más valdría que Centeno contara hasta 10 antes de desenfundar su pistola de fogueo intelectual. A partir de ahí, incluso podría suceder que mantuviéramos un debate educado y honesto del que él saliera victorioso. No me cierro en banda a la posibilidad de que él pudiera estar en lo cierto, pero para ello tendrá que argumentarlo y demostrarlo con rigor. Y, por desgracia, la arrogancia y los insultos son malos compañeros de las argumentaciones rigurosas.

El economista Roberto Centeno ha cargado contra mi último artículo, 'Secesión'. En él explico que, siguiendo a Albert Hirschman, existen tres formas de solucionar los conflictos internos de un grupo humano: la salida (los miembros del grupo siguen caminos separados), la voz (los miembros del grupo dialogan y llegan a un acuerdo) y la lealtad (los miembros del grupo permanecen unidos por someterse a un bien mayor, como es la unidad del grupo). Como adicionalmente argumento, la salida es el mecanismo último que ha propuesto el liberalismo para garantizar la coexistencia pacífica de los individuos: la asociación y desasociación voluntaria. De ahí, concluyo, que deba permitirse la secesión política de aquellas personas (o grupos de personas) que deseen separarse del Estado español, para lo cual deberíamos articular un procedimiento legal que garantice los derechos de todas las partes (tanto los de aquellos ciudadanos que deseen secesionarse como los de aquellos otros que no deseen hacerlo).

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