Laissez faire
Por
El impuesto a la banca también lo pagará usted
Los bancos pueden restringir su oferta de crédito en España con extraordinaria facilidad, puesto que no están económicamente compelidos a prestarlo
En su carrera por disparar la presión fiscal dentro de España, el Gobierno de Pedro Sánchez ha prometido aumentar la tributación sobre la banca por la vía de establecer un recargo del 8% en el impuesto sobre sociedades de las entidades de crédito, de modo que su tipo nominal se elevará hasta el 38% sobre las ganancias generadas dentro de nuestro país. Castigar a la banca con mayores impuestos parece algo de sentido común: ella ha sido la causante de la presente crisis económica y ella ha sido la receptora de ingentes fondos que terminarán pagando los contribuyentes. ¿Cómo no exigirle, pues, que se responsabilice mínimamente de los quebrantos que nos ha ocasionado durante los últimos años?
Las premisas del argumento no son erróneas: es verdad que la banca —junto con el banco central— es la responsable última del ciclo de auge y depresión que hemos vivido durante los últimos 15 años y también es verdad que el rescate de las entidades financieras fue un expolio del contribuyente envuelto en corrupción institucional. Sin embargo, el impuesto sobre la banca probablemente sirva de muy poco para resarcir a la sociedad española: especialmente porque una parte importante de ese tributo acabará siendo costeada por los clientes de la banca y no por sus accionistas.
Como ya hemos explicado en otras ocasiones, la figura del sujeto pasivo de un impuesto (quien está obligado legalmente a pagarlo) no suele coincidir con la del contribuyente efectivo (quien termina soportando el coste económico de ese impuesto). Los agentes económicos poseen cierta capacidad para repercutir la mordida fiscal sobre otros agentes económicos: capacidad que, en esencia, depende de su poder de negociación relativo. Los consumidores pueden repercutir sus impuestos a los vendedores cuando les es posible prescindir de comprar su producto tan pronto como el precio se encarezca mínimamente (alta elasticidad de demanda): posibilidad que depende de cuán prioritario sea el producto dentro de sus escalas de utilidad y de la existencia de sustitutivos cercanos. A su vez, los productores pueden repercutir sus impuestos a los compradores cuando son capaces de restringir la oferta de un producto tan pronto como su precio se reduzca mínimamente (alta elasticidad de oferta): algo que depende de su facilidad para variar su nivel de producción sin sufrir quebrantos económicos.
Los consumidores pueden repercutir sus impuestos a los vendedores cuando les es posible prescindir de comprar su producto si se encarece
Los bancos son intermediarios de crédito, es decir, son simultáneamente compradores y vendedores de crédito: su actividad consiste en ofertar crédito a un grupo de familias y empresas por la vía de demandar crédito (vía depósitos o bonos) a otro grupo de familias y empresas. Así las cosas, ¿cuán elástica es la oferta bancaria de crédito a las familias y empresas españolas? Los bancos pueden restringir su oferta de crédito en España con extraordinaria facilidad, puesto que no están económicamente compelidos a prestarlo y porque, dada su elevada internacionalización, les es fácil incrementarlo en otros mercados distintos al español; distinto es el caso de las familias y empresas españolas, cuyo canal cuasi exclusivo de financiación es una banca española organizada en régimen de oligopolio (la libertad de entrada está absolutamente restringida). O dicho de otra forma, las entidades financieras nacionales pueden permitirse el lujo de incrementar los tipos de interés a los que ofertan su crédito para así contrarrestar parte de la subida del impuesto sobre sociedades español: si, como resultado de esa subida, familias y empresas españolas demandan menos crédito, bastará con que la banca lo ofrezca en mayor medida en otros mercados donde no se vea penalizada por ese mayor tributo.
A su vez, ¿cuán elástica es la demanda bancaria de la financiación que ofrecen familias y empresas españolas? Bastante elástica, especialmente en un contexto de exceso de liquidez global promovido por los bancos centrales; distinto es el caso de las familias y empresas españolas, cuya reserva última de liquidez —cuasi en exclusiva— son los pasivos bancarios. O dicho de otra manera, las entidades financieras españolas pueden permitirse el lujo de reducir los tipos de interés de sus depósitos (esto es, incrementar las comisiones a sus clientes) para así contrarrestar parte de la subida del impuesto sobre sociedades sin que las familias y empresas españolas cuenten con demasiado margen para dejar de pasar por las horcas caudinas de esos depósitos bancarios.
El canal cuasi exclusivo de financiación de las familias y empresas españolas es una banca organizada en régimen de oligopolio
Esto es, al menos, lo que nos sugiere la teoría económica acerca de las consecuencias de incrementar la tributación sobre los bancos. Pero ¿qué nos dice la evidencia empírica? Demirgüç-Kunt y Huizinga (2001), usando datos de 80 países durante el periodo 1988-1995, concluyeron que el impuesto sobre sociedades de la banca es plenamente transferido a sus clientes; a su vez, Albertazzi y Gambacorta (2010), tomando datos de los países industrializados entre 1981 y 2003, determinaron que los bancos pueden traspasar esencialmente a sus deudores —vía tipos de interés más altos sobre los préstamos— hasta el 90% del coste del impuesto sobre sociedades; por su parte, Chiorazzo y Milani (2011), valiéndose de los datos de 15 países europeos durante la etapa 1990-2005, también descubrieron que las entidades de crédito eran capaces de traspasar hasta el 80% de las subidas de sociedades a sus deudores (nuevamente, vía mayores tipos de interés). Además, estos dos últimos 'papers' también ponen de relieve que las subidas tributarias reducen el nivel de provisiones que adoptan los bancos (pues tratan de compensar la menor rentabilidad sobre sus activos con un mayor nivel de apalancamiento: esto es, tratan de mantener el ROE a pesar de la caída del ROA con una reducción de su capitalización), lo cual vuelve a los bancos todavía más frágiles e incrementa la probabilidad de su rescate futuro a costa del fisco.
En definitiva, es verdad que la banca es uno de los sectores más privilegiados desde un punto de vista regulatorio. También es verdad que jamás deberíamos haberla rescatado con el dinero de los contribuyentes. Pero el impuesto sobre la banca es una mala idea: no porque vayan a pagarlo sus accionistas sino porque, sobre todo, lo va a pagar usted.
En su carrera por disparar la presión fiscal dentro de España, el Gobierno de Pedro Sánchez ha prometido aumentar la tributación sobre la banca por la vía de establecer un recargo del 8% en el impuesto sobre sociedades de las entidades de crédito, de modo que su tipo nominal se elevará hasta el 38% sobre las ganancias generadas dentro de nuestro país. Castigar a la banca con mayores impuestos parece algo de sentido común: ella ha sido la causante de la presente crisis económica y ella ha sido la receptora de ingentes fondos que terminarán pagando los contribuyentes. ¿Cómo no exigirle, pues, que se responsabilice mínimamente de los quebrantos que nos ha ocasionado durante los últimos años?