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Un IRPF confiscatorio
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Juan Ramón Rallo

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Un IRPF confiscatorio

De acuerdo con la ministra de Hacienda, la subida impositiva conllevará un recargo medio de 4.400 euros para los afectados, lo que dispararía el tipo medio hasta el 42,7%. ¿Termina aquí la sangría?

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE)
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE)

El tipo marginal máximo del IRPF se ubica en España en el 45%. En algunas comunidades autónomas, donde se han establecido tipos marginales máximos agravados, llega a alcanzar el 48%. Pese a ello, el Gobierno socialista planea instituir un tramo tributario adicional para las rentas superiores a 150.000 euros, con el propósito de colocar el tipo marginal máximo en el 49% (y, en algunas regiones, en el 52%). Los promotores de esta confiscatoria iniciativa tratan de quitarle continuamente hierro al asunto recordándonos que 'tipo marginal' no es igual a 'tipo medio', es decir, que el 49% —o 52%— solo sería abonado sobre aquella parte de los ingresos personales que excediera los 150.000 euros, pero no sobre el total de la renta.

Sucede que, conforme los ingresos personales aumentan, el tipo medio va acercándose peligrosamente al tipo marginal, de modo que, en última instancia, sí termina siendo cierto que el Estado se apropia de la mitad de todo lo que un ciudadano ingresa. Basta con que acudamos a la estadística de declarantes del IRPF en el año 2016. Durante ese ejercicio, 91.082 contribuyentes declararon ingresos superiores a 150.000 euros dentro de sus bases imponibles generales: un total de 21.197 millones de euros, o una media de 233.000 euros por contribuyente. De ellos, 88.031 devengaron la obligación de pagar 8.402 millones de euros en concepto de cuota íntegra general: esto es, una media de 95.450 euros por contribuyente. Es decir, el tipo medio correspondiente a la base imponible general ya se ubica alrededor del 41%.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (d), y el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias (i), durante el encuentro que mantuvieron la pasada semana en Moncloa. (EFE)

De acuerdo con la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, la subida impositiva conllevará un recargo medio de 4.400 euros para los contribuyentes afectados, lo que dispararía el tipo medio hasta el 42,7%. ¿Termina aquí la sangría? Evidentemente no. Recordemos que aquellos contribuyentes de rentas altas que sean trabajadores (casi el 90% de los afectados) tendrán que cotizar a la Seguridad Social por su base máxima: una mordida adicional de 3.300 euros directamente abonada por el trabajador y de 13.500 sufragada por el empresario a su nombre. Con ello, ya nos vamos a un tipo medio sobre el valor añadido generado por el contribuyente del 47,5% (en concreto, su salario antes de cotizaciones sociales será de unos 246.000 euros y, de él, entregará más de 116.650 al Estado vía IRPF y cotizaciones sociales).

En definitiva, la tributación directa sobre las rentas del trabajo ya ronda en muchos casos el 50% de los ingresos generados por el contribuyente (y estoy dejando de lado la influencia adicional que desempeñan otras figuras fiscales, como la imposición indirecta o la fiscalidad patrimonial). Semejante rejonazo resulta difícilmente justificable desde cualquier prisma moderadamente razonable: por un lado, parece obvio que el valor de los servicios estatales que estos contribuyentes reciben —o van a recibir— del Estado es muy inferior a una contribución anual media de casi 117.000 euros; por otro, tampoco cabe justificar tan desproporcionadas cifras de exacción fiscal apelando a una especie de 'solidaridad' forzosa de la que obligatoriamente habrían de hacer gala las rentas altas, pues ninguna acepción de solidaridad requiere desprenderse de la mitad de la riqueza que uno genera a lo largo de su vida. Además, una cuña fiscal tan agresiva como esta desincentiva profundamente la oferta de servicios laborales de esos profesionales altamente cualificados, reduciendo consecuentemente el valor añadido que generan para la sociedad.

Semejante rejonazo resulta difícilmente justificable desde cualquier prisma moderadamente razonable

Por supuesto, no es descartable que algunos —o muchos— de esos contribuyentes con altas rentas no estén generando ningún valor añadido para el resto de ciudadanos, sino más bien rapiñándolo. No son pocos los acaudalados que han construido sus fortunas sobre los cimientos del parasitismo: restricciones de la competencia, concesiones o contratos públicos, subvenciones, etc. Pero la forma de combatir ese 'enriquecimiento injusto' no es aumentando los impuestos a las rentas altas en general, sino poniendo fin a esas estructuras que posibilitan semejante enriquecimiento injusto: esto es, fomentando la competencia en sectores oligopolizados, acabando con las subvenciones y minimizando (o, al menos, introduciendo transparencia y concurrencia) los contratos públicos.

En otras palabras, quienes respeten mínimamente los derechos individuales de cualquier persona para desarrollar pacíficamente su vida en cooperación con el resto —es decir, quienes consideren que las personas no son siervas del Estado— tienen muy complicado justificar la sustracción —sin una contrapartida ni lejanamente equitativa al monto arrebatado— de la mitad del valor añadido generado por estos contribuyentes. Que no vayamos a ser personalmente afectados por el sablazo tributario que planean PSOE y Podemos al alimón no significa que no debamos protestar decididamente contra él: al contrario, es moralmente imperativo hacerlo.

El tipo marginal máximo del IRPF se ubica en España en el 45%. En algunas comunidades autónomas, donde se han establecido tipos marginales máximos agravados, llega a alcanzar el 48%. Pese a ello, el Gobierno socialista planea instituir un tramo tributario adicional para las rentas superiores a 150.000 euros, con el propósito de colocar el tipo marginal máximo en el 49% (y, en algunas regiones, en el 52%). Los promotores de esta confiscatoria iniciativa tratan de quitarle continuamente hierro al asunto recordándonos que 'tipo marginal' no es igual a 'tipo medio', es decir, que el 49% —o 52%— solo sería abonado sobre aquella parte de los ingresos personales que excediera los 150.000 euros, pero no sobre el total de la renta.

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