Es noticia
El Tratado de Libre Comercio entre la UE y EEUU: dudas en la forma y en el fondo
  1. Economía
  2. Tribuna
Susi Dennison

Tribuna

Por

El Tratado de Libre Comercio entre la UE y EEUU: dudas en la forma y en el fondo

Hace más de un año ya escribíamos sobre la posibilidad de que Estados Unidos y la Unión Europea suscribieran el mayor tratado de libre comercio jamás

Hace más de un año ya escribíamos sobre la posibilidad de que Estados Unidos y la Unión Europea suscribieran el mayor tratado de libre comercio jamás firmado.

Desde el comienzo de las negociaciones se esperó que las grandes dificultades para alcanzar un acuerdo no fueran por las diferencias en las posiciones de EEUU y la UE, sino por las reticencias internas dentro de cada uno de los bloques: de un lado el rechazo de amplísimos sectores sociales en la UE a entender que se trata de acuerdo positivo que merece ser firmado; del lado americano, el gran problema era el hastío que las indecisiones europeas iban a provocar.

Estas previsibles disputas internas en la UE no se han hecho esperar. Se han planteado ya encendidas críticas tanto a los efectos negativos que este tratado tendría como a su proceso de negociación.

Hay numerosos estudios sobre los efectos positivos (y de los negativos) de este tratado para la economía y el empleo en España. No tenemos intención especular con las consecuencias macroeconómicas del acuerdo, sino mirar un poco más de cerca el proceso de negociación, desde una perspectiva española, en el fondo y en la forma.

Quejas en la forma

La forma en la que se están llevando a cabo las negociaciones está siendo duramente criticada, por el secretismo de todo el proceso. Además, la información y la documentación que la Comisión Europea (la institución responsable de las negociaciones) facilita sobre estas negociaciones “secretas” es muy limitada y exclusivamente en lengua inglesa. Todos los documentos se expresan en la compleja narrativa de la OMC de forma que es prácticamente imposible que consumidores y empresas españolas (sobre todo pymes) lleguen a comprender el impacto del tratado para ellos.

Esta crítica, aunque sea totalmente legitima, sólo es parcialmente cierta. Es cierto que todos los documentos oficiales están en inglés y utilizan una terminología compleja, pero no puede ser de otra manera. Tanto la materia, como el proceso para el acuerdo son de gran complejidad por los numerosos agentes que intervienen. Necesariamente tienen que referirse a términos técnicos, definidos y conocidos previamente por las dos partes. Si no fuera así, la negociación llevaría años y el borrador de acuerdo que se alcanzara sería demasiado extenso y de imposible aplicación. También tiene sentido que esté todo en inglés, una lengua ampliamente usada y bien conocida por todos los implicados en la negociación.

Los consumidores y las pymes españolas tienen representación en numerosas organizaciones europeas: agrarias, profesionales, sanitarias, vinícolas, etc. Muchas de ellas participan en las sesiones de información que los miembros de la delegación negociadora de la EU convocan periódicamente.

Sin embargo, es cierto que los documentos publicados no aportan ninguna información útil para saber el alcance real del tratado en los muchísimos ámbitos que cubre. Se han celebrado, hasta ahora, siete rondas de negociación (periodos de varios días en los que se reúnen las delegaciones de Estados Unidos y la UE para avanzar en algunos o todos los ámbitos).

Lamentablemente, los documentos publicados después de cada ronda son virtualmente inútiles. Sólo contienen generalidades, declaraciones programáticas y una narración cronológica sobre quién se reunió con quién perfectamente prescindible.

Ante esta manifiesta falta de información, la Comisión Europea se ha visto obligada a publicar el en octubre de 2014 el mandato original recibido del Consejo de la UE para la negociación. Este documento es igualmente inútil. Además de contener generalidades sin interés, ha sido publicado totalmente a destiempo, puesto que ya se había filtrado hacía meses. No obstante, pone en evidencia la laxitud del mandato que ha recibido la Comisión Europea y la falta de criterios fiables sobre qué tipo de acuerdo podemos esperar.

Todo esto hace que la única información disponible sea la facilitada oralmente por los negociadores. Esta información es inexacta, no vincula a los negociadores e impide que cualquiera alejado de Bruselas realice su propio análisis crítico. Poco importa que la Comisión se ocupe en publicar numerosos llamamientos a través de internet dirigidos a los grupos con interés si no pone información sólida, completa y vinculante a disposición de los ciudadanos de los Estados. Si, como dicen, este secretismo busca evitar desvelar la estrategia negociadora a los americanos, debería haberse valorado el elevadísimo coste de perder la confianza de la opinión pública europea en un acuerdo, ya de suyo, bastante controvertido.

Quejas en el fondo

La falta de documentación oficial analítica del proceso de negociación hace difícil prever cuál puede ser el alcance definitivo del acuerdo.

Las cuestiones más controvertidas hasta ahora parecen ser las relativas a seguridad alimentaria, el riesgo de privatización de los servicios básicos (sanidad o educación) o la regulación de los derechos de propiedad industrial e intelectual (y, concretamente, los medicamentos).

En estos ámbitos hay aspectos positivos, negativos y muchas (demasiadas incógnitas).

Seguridad de los alimentos. Una de las diferencias más importantes entre Estados Unidos y la UE es la seguridad de los alimentos. El ejemplo más accesible para la opinión pública es el consumo de carne tratada con hormonas. La importación de esta carne está prohibida en la UE desde 2003. La UE aplica una regla denominada “de precaución” que prohíbe la comercialización de cualquier producto salvo que se demuestre que un alimento no provoca un riesgo para la salud humana. En Estados Unidos, por el contrario, se aplica el criterio del “riesgo científico”. Esto significa que deberá probarse la existencia de un riesgo antes de prohibir la comercialización de un producto. Aunque la OMC reconoce el uso del principio de precaución empleado por la UE, Estados Unidos demandó a la UE ante la OMC hace más de una década y, como consecuencia, obtuvo la posibilidad de aplicar restricciones a la importación de productos agrícolas europeos como la carne, el chocolate o el queso roquefort.

Ahora se prevé llegar a un único estándar sobre seguridad en los alimentos según el mandato que tiene la Comisión Europea. Algunos documentos filtrados se refieren a la creación de un nuevo estándar denominado “principio de prueba” (evidence based). Este principio no tiene contenido previo, ni fija un estándar ya conocido. No puede descartarse un nuevo estándar más laxo con estos productos tratados con hormonas, que en España afectaría muy severamente a la actividad agraria, la industria alimentaria y los patrones de comportamiento de los españoles.

Ahora bien, es importante tener en cuenta que los consumidores españoles podrán estar informados sobre el origen de los productos y podrán elegir aquello que consideren mejor. Al mismo tiempo, se mejorarían a cambio las condiciones para ofrecer al mercado americano otros productos de origen español (quesos, embutidos, etc.) que hoy padecen importantes dificultades de exportación.

Protección de la propiedad industrial e intelectual. Desde la creación de la OMC, el estándar de protección de estos derechos se encuentra en los acuerdos ADPIC, que determinan qué derechos son protegibles, en qué extensión y por cuanto tiempo. El nivel de protección ADPIC siempre ha resultado insuficiente para Estados Unidos. En la negociación de TTIP, Estados Unidos parece que pretende recuperar el terreno perdido, aprovechando que la UE puede tener intereses coincidentes al respecto, bajo un nuevo estándar “ADPIC-plus” para luego extender este nuevo estándar de protección al resto del mundo.

El estándar ADPIC-plus prevé limitar las posibilidades de impugnar las patentes antes de su concesión, extender el periodo de vigencia de las patentes y limitar la accesibilidad a los datos internos de las compañías para desafiar sus propias patentes. Un acuerdo en este sentido tendría importantes consecuencias para España que de momento, no han sido suficientemente evaluadas.

La inclusión de servicios públicos en el acuerdo. Finalmente, otra de las críticas más relevantes en esta negociación se refiere a la falta de claridad sobre cómo afectaría el acuerdo a nuestros servicios públicos básicos. Concretamente, a la sanidad y la educación pública. La Comisión Europea ha insistido en que cualquier acuerdo respetará las regulaciones, incluso monopolísticas, de los servicios públicos en países como España.

Sin embargo, cuando se observan los textos de la negociación, no existe una exclusión específica de la sanidad o la educación, por lo que no se puede recluir algún tipo de acuerdo. En España, la compleja estructura de la sanidad y la educación, y las diferentes regulaciones autonómicas para la provisión de los servicios hacen que la situación, hoy, sea poco predecible. El hecho de que se vayan a respetar los monopolios absolutos (policía, administración de justicia) no excluye la posibilidad de que se diera cierto acceso a otros mercados a los operadores americanos, especialmente en industrias tan interesantes para Estados Unidos como es la salud.

Como puede observarse, aunque algunos de los aspectos del acuerdo pueden ser positivos para la economía y el empleo en España, hay demasiadas dudas sobre el contenido que tendrá el acuerdo definitivo. Esto se debe no tanto a la complejidad de la materia, como a la torpeza de las instituciones para informar e implicar, como habrían debido, a los destinatarios de la norma. Si tenemos en cuenta que ya se han concluido siete rondas negociadoras, la persistente falta de información representa ya, en sí misma, el mayor riesgo para la conclusión de ningún acuerdo y el mayor riesgo para los consumidores y las empresas españolas.

*Manuel Giménez Rasero es profesor de Derecho Internacional de la Universidad Pontificia Comillas y abogado

Hace más de un año ya escribíamos sobre la posibilidad de que Estados Unidos y la Unión Europea suscribieran el mayor tratado de libre comercio jamás firmado.

Unión Europea Organización Mundial del Comercio (OMC)
El redactor recomienda