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La controversia jurídica del Supremo no afectará a la actividad inmobiliaria
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La controversia jurídica del Supremo no afectará a la actividad inmobiliaria

La caída que han venido experimentando las acciones de la promotora en las últimas semanas no está justificada ni se corresponde con el valor actual de la compañía

Foto: Fachada del Tribunal Supremo en Madrid. (EFE)
Fachada del Tribunal Supremo en Madrid. (EFE)

La decisión del Tribunal Supremo a raíz de la liquidación del impuesto hipotecario ha creado una controversia jurídica, en el momento actual de presiones bajistas generalizadas en los mercados que están afectando a la bolsa española y, por extensión, a la cotización de las acciones de las compañías inmobiliarias. Por todo ello y ante las solicitudes de información recibidas de numerosos inversores, conviene dejar claras algunas cuestiones.

Para empezar, dicha controversia, que previsiblemente resolverá el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el 5 de noviembre, no está afectando en absoluto a la actividad de Quabit Inmobiliaria, ni desde el punto de vista de la concesión de préstamos promotores ni en la firma de hipotecas de clientes, que en la mayoría de los casos se realiza mediante subrogación en los préstamos promotores de cada una de las promociones residenciales (quedando así exentos del pago del impuesto de actos jurídicos documentados).

Sin efectos adversos para las inmobiliarias

No se advierte, por tanto, ningún efecto material adverso para nuestro patrimonio por este cambio jurisprudencial, ya que podríamos tener en su caso una posición procesal activa en eventuales reclamaciones de las cantidades satisfechas en concepto del impuesto de actos jurídicos documentados. En todo caso, no se ha adoptado decisión alguna respecto de la posibilidad de iniciar reclamaciones.

De hecho, consideramos que esta va a ser una oportunidad para favorecer que las entidades bancarias concedan financiación de préstamo promotor debido a que el AJD lo paga la inmobiliaria y el comprador final queda exento. Lo que esto hará será incentivar la subrogación de los compradores en la hipoteca de la entidad que ha financiado la promoción. De esta forma, para asegurarse más clientes finales a largo plazo, la entidad financiera seguramente incentive la concesión de préstamos promotores.

Esta va a ser una oportunidad para favorecer que las entidades bancarias concedan financiación de préstamo promotor

Por tanto, no consideramos justificada la caída que ha venido experimentando la acción en las últimas semanas, dado que no se corresponde con el valor actual ni con los fundamentales de Quabit. Estamos trabajando intensamente y con absoluta normalidad, dando cumplimiento a los hitos operativos marcados en el Plan Estratégico de Negocio 2017-2022.

De hecho, Quabit ha cerrado el primer semestre de este año reforzando la visibilidad del plan con la adquisición de nuevos suelos, cumpliendo rigurosamente los objetivos de preventas, lanzando nuevos proyectos residenciales e iniciando las obras de construcción de varias de sus promociones. En esa línea continúa trabajando, y nada altera las previsiones de entregas de viviendas y resultados operativos establecidos en el plan de crecimiento y expansión.

*Félix Abánades es el presidente de Quabit.

La decisión del Tribunal Supremo a raíz de la liquidación del impuesto hipotecario ha creado una controversia jurídica, en el momento actual de presiones bajistas generalizadas en los mercados que están afectando a la bolsa española y, por extensión, a la cotización de las acciones de las compañías inmobiliarias. Por todo ello y ante las solicitudes de información recibidas de numerosos inversores, conviene dejar claras algunas cuestiones.

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