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El euro, ¿solo en tanto que se someta a Alemania?
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Ignacio Molina

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El euro, ¿solo en tanto que se someta a Alemania?

La sentencia del Tribunal Constitucional alemán cuestionando que el BCE esté actuando conforme a derecho con sus compras de deuda pública llega en el peor momento posible para la UE

Foto: La canciller de Alemania, Angela Merkel. (Reuters)
La canciller de Alemania, Angela Merkel. (Reuters)

La sentencia del Tribunal Constitucional Federal alemán cuestionando que el BCE esté actuando conforme a derecho con sus compras de deuda pública llega en el peor momento posible para la UE: al mismo tiempo que la crisis del coronavirus tensiona de nuevo la relación entre Estados acreedores y deudores. Entre 2010 y 2012, ya se vivieron momentos de altísima tirantez en la eurozona que solo comenzaron a templarse cuando Mario Draghi llegó a Fráncfort con su ‘whatever it takes’ y que permanecían en relativa calma desde hace cinco años, cuando se evitó la ruptura con Grecia y comenzó la compra de bonos soberanos que justo ahora se pone en duda.

Las consecuencias prácticas están por ver, aunque puede que en el corto plazo esto no arruine ni el programa iniciado en 2015 (PSPP) ni el que se lanzó en marzo pasado (PEPP). Los jueces de Karlsruhe, que es la apacible ciudad donde tiene su sede el tribunal alemán, libran desde hace décadas una batalla con otros jueces vecinos, los de la no menos apacible Luxemburgo, que alberga el tribunal de la UE. Pero en esta lucha se suelen evitar los impactos sobre la decisión concreta que se juzga, de modo que más bien se lanzan disparos de advertencia que marcan el terreno, y mucho, de cara al futuro.

Foto: Reunión del Constitucional alemán en junio de 2016. (Reuters)

Este martes volvieron a mezclar la cal con la arena, como vienen haciendo desde los años setenta, cuando Alemania aún no era el 'hegemón' regional que es ahora. Entonces lanzaron la jurisprudencia 'Solange' por la que ciertamente se aceptaba la primacía del derecho de la UE pero solo "en tanto que" este respetase el orden constitucional alemán. Algo aparentemente impecable, y que en aquel momento ayudó a que en Luxemburgo se tomasen más en serio la protección de los derechos fundamentales, pero que esconde una implacable “competencia sobre la competencia”; es decir, sobre quién tiene la última palabra a la hora de definir los avances de la integración. En suma, sobre quién tiene el poder.

Ya durante la ratificación del Tratado de Maastricht, en 1993, y del de Lisboa, en 2008, el tribunal alemán había mostrado su descontento sobre el modo en que la UE iba ampliando competencias y señalado límites más o menos explícitos a nuevas transferencias de soberanía. Pero fue a partir de que el BCE pasase al activismo, gracias a la genialidad de su presidente italiano, cuando las andanadas se hicieron cada vez más ruidosas. Una paradójica ironía, pues un banco central por completo independiente se había considerado hasta ese momento la clara impronta del espíritu constitucional alemán en el diseño de la moneda común. Y, sin embargo, cuando la independencia pasó a desempeñarse de un modo inesperado, cambió el guion y entonces ya dejó de ser tan sagrada. Quienes se oponen desde Alemania a una política monetaria solo controlada por el BCE y a un control de la legalidad solo realizado por el Tribunal de Justicia Europeo son una minoría política (giran en torno a la populista AfD y a sectores de la bávara CSU o del liberal FDP) pero tienen un poderosísimo aliado en los egos de Karlsruhe.

Sabemos que construir una unión económica y monetaria verdaderamente supranacional es difícil y todavía está claramente mediada por los Estados miembros. Pero sin independencia real del BCE para desarrollar su mandato y sin garantía efectiva de la primacía del derecho europeo por parte de un tribunal común a los Veintisiete, no será sostenible ni la moneda ni el proceso de integración en su conjunto. Si las instituciones de la UE determinan que la supervivencia del euro (ámbito sobre el que obviamente tienen la competencia) exige acciones extraordinarias, es muy problemático que su adopción o implementación se condicione al visto bueno de instancias puramente nacionales como es un tribunal constitucional.

placeholder Sede del BCE en Fráncfort. (EFE)
Sede del BCE en Fráncfort. (EFE)

'A priori' parece difícil de objetar el argumento defendido por los jueces alemanes de que la UE no puede vaciar las democracias nacionales y que ellos son quienes vigilarán que eso no ocurra, pero el problema es que solo unas pocas de esas democracias (las que están en posición acreedora y, singularmente, Alemania) están en condiciones de establecer esos controles y conseguir que sus gobiernos y parlamentos se conviertan en los 'policy-makers' que supervisan, condicionan o vetan los avances de la integración. Mientras, en el caso de los deudores, sus gobiernos y parlamentos deben aceptar sumisamente un poco digno papel de meros 'policy-takers'.

Un Estado miembro puede abandonar el euro (en principio, dejando la UE) pero no puede condicionar mientras tanto de forma individual, y en cierto modo ventajista, la gestión colectiva. De hecho, esta es la idea que subyacía en la fuerte crítica realizada por los demás Estados miembros, y señaladamente Alemania, a la pretensión griega de someter a referéndum la austeridad fiscal negociada con sus socios a cambio del rescate. Y, de forma paralela, explica la marginación del Reino Unido —también promovida por Alemania— en la elaboración del Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza, que por vez primera rompió con la idea de unanimidad para la reforma de los tratados.

Foto: Angela Merkel conversa con Stephan Harbath, miembro del Tribunal Constitucional Federal. (EFE) Opinión

En consecuencia, si un Estado en posición deudora no puede frustrar la gestión del euro acordada por el conjunto de los miembros y las instituciones comunes, y si un Estado fuera de la moneda no puede bloquear los avances que se estimen necesarios para que sobreviva, de igual modo debe concluirse que un Estado acreedor —que además desea preservar la eurozona y es el más poderoso— no puede apelar a su orden constitucional para vetar 'de facto' una medida imprescindible para salvar la UEM.

Y no puede por razones jurídico-políticas más sólidas que las expresadas en la sentencia de este martes. Primero, porque fue conforme al orden constitucional alemán que en su día (en 1993) se transfirieron poderes para crear el BCE y mucho antes (en 1957) el Tribunal de Luxemburgo. Pero, sobre todo, porque ni el euro ni el mercado interior ni ninguna otra competencia exclusiva de la UE pueden someterse a una insoportable cláusula 'en tanto que' satisfaga la interpretación que hace un solo Estado miembro. Si no se permitiría a un miembro más débil pero sí al más fuerte, la sentencia de ayer deviene entonces una expresión del poder desnudo, de lo contrario al derecho sobre el que se fundaron hace ahora 70 años la Unión y la propia República Federal de Alemania.

La sentencia del Tribunal Constitucional Federal alemán cuestionando que el BCE esté actuando conforme a derecho con sus compras de deuda pública llega en el peor momento posible para la UE: al mismo tiempo que la crisis del coronavirus tensiona de nuevo la relación entre Estados acreedores y deudores. Entre 2010 y 2012, ya se vivieron momentos de altísima tirantez en la eurozona que solo comenzaron a templarse cuando Mario Draghi llegó a Fráncfort con su ‘whatever it takes’ y que permanecían en relativa calma desde hace cinco años, cuando se evitó la ruptura con Grecia y comenzó la compra de bonos soberanos que justo ahora se pone en duda.

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