Es noticia
Aclaraciones a dos sentencias del Tribunal Supremo
  1. Economía
  2. Tribuna
Tribuna EC13

Tribuna

Por

Aclaraciones a dos sentencias del Tribunal Supremo

Nada queda por regularizar ni con Hacienda, ni con “la Caixa” ni con los directivos, pues no ha habido ningún perjuicio ni para el erario público ni para el patrimonio de la entidad

Foto: Detalle de la fachada del Tribunal Supremo. (EFE)
Detalle de la fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

El Tribunal Supremo ha dictado recientemente diferentes sentencias sobre la fiscalidad aplicable a las retribuciones percibidas por los directivos de “la Caixa” por su pertenencia a consejos de administración de sociedades participadas durante los años 2004 a 2011.

En su día, la Inspección de Hacienda propuso regularizar las declaraciones del IVA y del Impuesto sobre Sociedades de “la Caixa” incorporando en las bases imponibles el importe de esas retribuciones percibidas en el período por los consejeros y declaradas en su IRPF. La Inspección se basaba en lo que disponía la LORCA (Ley de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros): el ejercicio del cargo de director general y de presidente requerían dedicación exclusiva y los ingresos que obtuvieran por la asistencia a consejos de administración de filiales debían cederse a la entidad por cuya cuenta realizaban dicha actividad o representación.

Inspección levantó actas aplicando su criterio y "la Caixa" recurrió a los tribunales en defensa del suyo

“la Caixa” había aplicado la LORCA con otra interpretación: dado que los consejeros de las filiales estaban nombrados a título personal y las retribuciones –así como las retenciones fiscales- se les imputaban, “la Caixa” procedió a descontarles el importe de las retribuciones percibidas por la pertenencia a los consejos de sus filiales.

La Inspección levantó actas a “la Caixa” aplicando su criterio (sin sanción, por entender que había una diferencia de criterio razonable) y la entidad recurrió a los tribunales en defensa del suyo.

Finalmente, el pleito ha sido resuelto por el Tribunal Supremo, aunque con dos interpretaciones diferentes. Una sentencia de TS de 18 de mayo de 2020 (sobre el IVA) confirmó la interpretación de “la Caixa” y otra sentencia de 18 de junio (sobre el Impuesto de Sociedades) confirmó la interpretación de la Inspección. Nada queda por regularizar ni con Hacienda, ni con “la Caixa” ni con los directivos, pues no ha habido ningún perjuicio ni para el erario público ni para el patrimonio de la entidad.

*Javier Paso. Abogado de CriteriaCaixa.

El Tribunal Supremo ha dictado recientemente diferentes sentencias sobre la fiscalidad aplicable a las retribuciones percibidas por los directivos de “la Caixa” por su pertenencia a consejos de administración de sociedades participadas durante los años 2004 a 2011.

Tribunal Supremo Fiscalidad