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La sentencia Apple: un revés para Bruselas, pero su estrategia no queda invalidada
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Alfonso Lamadrid

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La sentencia Apple: un revés para Bruselas, pero su estrategia no queda invalidada

Esta sentencia —frente a la que cabría interponer un recurso de casación ante el TJUE— demuestra, entre otras cosas, que el sistema europeo de revisión jurisdiccional funciona adecuadamente

Foto: Foto: Reuters.
Foto: Reuters.

El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado este miércoles la decisión de la Comisión que declaró, en 2016, que Apple había recibido ayudas de Estado ilegales por importe de unos 13.000 millones de euros.

La sentencia Apple se refiere solamente a uno de los asuntos en los que la Comisión ha utilizado las normas de ayudas de Estado para combatir la planificación fiscal agresiva articulada a través de 'tax rulings'. En septiembre de 2019, el Tribunal General ya tuvo ocasión de pronunciarse acerca de otras dos decisiones similares, confirmando una relativa a Fiat y anulando otra relativa a Starbucks. Todas estas sentencias no pueden leerse de forma aislada y, en su conjunto, ofrecen varias lecturas.

Desde un punto de vista político y de imagen, la sentencia —y los titulares que ya está generando— supone un importante revés para la Comisión, que en gran medida había cimentado su popularidad en esta y otras decisiones relativas, en gran medida, a gigantes estadounidenses. Al mismo tiempo, lo cierto es que la sentencia no cuestiona necesariamente la estrategia global de la Comisión.

Foto: Fotografía de archivo con fecha del 4 de octubre de 2017 que muestra a la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager.

En efecto, desde el punto de vista estrictamente jurídico, la sentencia Apple no invalida el enfoque general aplicado por la Comisión en estos casos. El tribunal confirma que, en principio, las normas de ayudas de Estado pueden utilizarse para cuestionar 'tax rulings'. Esta sentencia y sus predecesoras permiten a la Comisión invocar el 'arm’s length principle' (y la interpretación del mismo acuñada por los expertos de la OCDE), al analizar la posible existencia de ventajas económicas derivadas de acuerdos con las autoridades fiscales en materia de precios de transferencia.

El tribunal, no obstante, enfatiza que la carga de probar la existencia de una ventaja económica recae sobre la Comisión, y que esta no puede recurrir a presunciones o atajos, sin atender en detalle a la realidad económica de cada situación concreta. La sentencia Apple, en particular, reprocha a la Comisión no haber examinado en detalle las actividades realizadas por las filiales irlandesas de Apple ni, por tanto, si los beneficios atribuidos a dichas filiales se correspondían con el valor de tales actividades.

Foto: La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen. (Reuters)

La sentencia Apple se incardina dentro de una tendencia, en materia de competencia y ayudas de Estado, en que los tribunales de la Unión vienen exigiendo a la Comisión mayor rigor y profundidad en cuestiones en las que la carga de la prueba recae sobre la institución. Esta tendencia se ha manifestado ya en la anulación de diversas decisiones de ayudas de Estado relativas a España (en relación, por ejemplo, con la televisión digital terrestre y con diversos clubes de fútbol), y podría tener continuidad, en un futuro próximo, en otras importantes sentencias que también afectan a nuestro país.

Esta sentencia —frente a la que cabría interponer un recurso de casación ante el TJUE— demuestra, por último, que el sistema europeo de revisión jurisdiccional funciona adecuadamente, con independencia de la identidad y nacionalidad de los recurrentes, y de los importes e intereses económicos en juego.

El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado este miércoles la decisión de la Comisión que declaró, en 2016, que Apple había recibido ayudas de Estado ilegales por importe de unos 13.000 millones de euros.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)