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Los perjudicados por las novedades de la próxima campaña de la renta
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Los perjudicados por las novedades de la próxima campaña de la renta

Tras dos duros años de crisis económica, nos encontramos con un IRPF que poco ayuda a suavizar la situación. Se ha perdido la ocasión de colaborar con los que más han sufrido

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Las novedades para la campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2021 presentan, como cuestión más destacada, la disminución de la cuantía de la reducción de la base imponible por aportaciones individuales a los planes de previsión social, en beneficio de las aportaciones empresariales, que se ven incrementadas. Una vez más, los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas y los autónomos, así como los contribuyentes que no desarrollan actividades económicas, que son los que normalmente no cuentan con este tipo de aportaciones, se ven perjudicados por una norma redactada sin pensar más que en las grandes empresas.

Tras dos duros años como consecuencia de la crisis económica, nos encontramos con un IRPF que poco ayuda a suavizar la situación. Creo que se ha perdido una gran ocasión de colaborar con los que más han sufrido el impacto de la crisis, como podría haber sido dejar exentas las ayudas directas, por ejemplo. No obstante, prima más cuadrar el presupuesto.

A pesar del fuerte incremento de los precios en 2021, el Gobierno no ha actualizado las cuantías de reducciones, deducciones, mínimos personales y familiares, límites personales para declarar, etc., adaptando los importes a la evolución de la inflación.

"A pesar del fuerte incremento de los precios en 2021, el Gobierno no ha actualizado las cuantías de reducciones, deducciones..."

Otro de los elementos que tienen un impacto directo en esta nueva campaña son las catástrofes naturales, Filomena y el volcán de La Palma, cuyas ayudas quedan exentas en la declaración. También las obras para mejorar la eficiencia energética de las viviendas reciben un trato especial en el IRPF 21.

Por último, cabe destacar también el nuevo plazo para deducir como morosos saldos impagados en arrendamientos de viviendas y locales, en determinadas circunstancias, que pasa de los seis a los tres meses. En el caso de renunciar al régimen de estimación objetiva, en 2022 se podrá volver a este régimen siempre que se continúen cumpliendo los límites establecidos por la norma y se revoque la renuncia.

A continuación, resumo las principales novedades en la campaña de 2021.

Exenciones

Se dejan exentas las ayudas por las catástrofes naturales (Filomena y el volcán de La Palma), dejando pasar una gran ocasión para facilitar la vida de pymes y autónomos, al no excluirse las ayudas directas del IRPF.

Quedan exentas también ayudas recibidas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios y los rendimientos de tripulantes de buques canarios.

Rendimientos del capital inmobiliario

Es una de las pocas medidas que afectan positivamente a los contribuyentes, al reducir los plazos para poder deducir impagos de los ingresos obtenidos y aún no cobrados, y considerar gastos deducibles las reducciones en los arrendamientos efectuadas durante los meses de enero, febrero y marzo de 2021.

A partir de ahora se incluyen como gastos deducibles para la determinación del rendimiento neto:

- Los saldos impagados con más de tres meses (antes eran seis meses) de arrendamientos tendrán consideración de dudoso cobro y se podrán deducir de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario.

- En determinados casos, se considerarán gastos deducibles las rebajas de los arrendamientos de locales (siempre que no se sea gran tenedor) realizada durante los meses de enero, febrero y marzo de 2021.

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Foto: Freepik.

- Para calcular el importe de la amortización en bienes adquiridos a título gratuito por herencia o donación, se considerará valor de adquisición el valor del bien adquirido a efecto del impuesto de sucesiones y donaciones (y no únicamente el importe del impuesto satisfecho), más gastos y tributos pagados y las inversiones y mejoras que en su caso se hubieran realizado.

La reducción del 60% por el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda se aplicará sobre el rendimiento neto positivo declarado por el contribuyente en su declaración-liquidación o autodeclaración, no sobre el valor calculado en un posible proceso de comprobación.

Rendimientos del capital mobiliario

Se adaptan los 'Unit Linked' (contratos de seguros de vida en los que el tomador asume el riesgo de la inversión) a las últimas modificaciones normativas aplicables a las entidades aseguradoras.

Rendimientos de actividades económicas

En cuanto al régimen de estimación directa, se podrán deducir las pérdidas por insolvencia del deudor cuando hayan transcurrido, a la fecha del devengo del impuesto, tres meses (y no seis) desde el vencimiento de la deuda.

Sobre el régimen por estimación objetiva:

- Si el contribuyente renuncia a este régimen, podrá acogerse al mismo en 2022 siempre que revoque la renuncia y cumpla los requisitos establecidos.

- Se mantienen los límites excluyentes para acogerse a este régimen que estaban vigentes para el período 2016-2020.

- Se mantienen las cuantías de los signos, índices o módulos del ejercicio anterior.

Ganancias y pérdidas patrimoniales

Se prevé que, en el caso de adquisiciones lucrativas por causa de muerte derivadas de contratos o pactos sucesorios con efectos de presente (medida que solo afecta a determinados territorios con Derecho Civil propio o foral), el beneficiario de estos que transmita antes del transcurso de cinco años desde la celebración del pacto sucesorio o del fallecimiento del causante, si fuera anterior, los bienes adquiridos, se subrogará en la posición de este, respecto al valor y fecha de adquisición de aquellos, cuando el valor fuera inferior al previsto en el párrafo anterior.

"Se reduce de 2.500 a 1.000 euros el límite máximo por aportaciones a sistemas de previsión social de los que sea partícipe el cónyuge"

El régimen transitorio establece que solo será aplicable a las transmisiones de bienes efectuadas con posterioridad al 11 de julio de 2021 que hubieran sido adquiridos de forma lucrativa por causa de muerte en virtud de contratos o pactos sucesorios con efectos de presente.

Base liquidable

La declaración de IRPF de 2021 contiene elementos negativos por omisión y también otros por acción, como la reducción de las aportaciones a fondos de previsión social que se consideran deducibles del impuesto. Para las reducciones de la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social, se reducen las aportaciones individuales de los 8.000 euros hasta los 2.000 para el año 2021. Si la aportación procede de contribuciones empresariales, el límite se incrementa en 8.000 euros adicionales.

Hay que tener presente qué pasa con los excesos de aportaciones tanto de años anteriores como el correspondiente a 2021. Se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

- Regla específica para los excesos de aportaciones a los sistemas de previsión social correspondientes a los períodos impositivos 2016 a 2020. Cuando existan cantidades pendientes de reducir (2016-2020) y coexistan aportaciones propias realizadas por el contribuyente y contribuciones empresariales, se entiende que las cantidades pendientes de reducción corresponden a contribuciones empresariales, con el límite de las contribuciones imputadas en dichos ejercicios. El exceso corresponderá a aportaciones del contribuyente.

- Exceso de aportaciones y contribuciones correspondientes al ejercicio 2021. Desde 2021, si quedan saldos pendientes de reducir la base imponible y concurran aportaciones del contribuyente y contribuciones imputadas por el promotor, la determinación de la parte del exceso que corresponde a unas y otras se realizará proporcionalmente a las aportaciones y contribuciones.

Se reduce de 2.500 a 1.000 euros anuales el límite máximo aplicable por aportaciones a sistemas de previsión social de los que sea partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente.

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Foto: Pexels.

Cálculo del Impuesto: determinación de las cuotas íntegras

Algunos cambios en los tramos impositivos estatales y también en los tipos aplicables.

Se fija un nuevo tramo estatal, a partir de 300.000 euros, con un tipo de gravamen del 24,50%.

Se modifican los tipos de gravamen del ahorro para introducir, tanto en la escala estatal como autonómica, un nuevo tramo a partir de 200.000€, con un tipo de gravamen aplicable del 13% (es decir, del 26% considerando la parte estatal y la autonómica).

En los mismos términos se modifica la escala de gravamen de la base liquidable del ahorro aplicable a contribuyentes del IRPF en el extranjero, para introducir un nuevo tramo a partir de 200.000 €, con un tipo de gravamen aplicable del 13 % (el 26% entre parte estatal y autonómica).

"Se modifica la escala de gravamen de la base liquidable del ahorro aplicable a contribuyentes del IRPF en el extranjero"

Se modifican los tipos aplicables en el régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español:

- Se eleva el tipo aplicable del 45 al 47%, (parte de la base liquidable que supere los 600.000€).

- En el caso de las rentas del artículo 25.1.f) del TRLIRN, nuevo tramo a partir de 200.000€, con un tipo de gravamen aplicable del 26%.

- Desaparece en 2021 el Régimen transitorio aplicable a trabajadores desplazados a territorio español con anterioridad a 1/01/2015.

Cálculo del Impuesto: deducciones por vivienda habitual

La modalidad de “construcción de vivienda habitual” se ha integrado junto a la “adquisición de vivienda habitual” por haber acabado el plazo de cuatro años más cuatro de prórroga en las que el contribuyente debía terminar la construcción de su vivienda habitual para tener derecho al régimen transitorio por la modalidad de construcción.

A partir de dicha fecha el derecho a la aplicación del régimen transitorio continúa respecto de las cantidades que siga satisfaciendo el contribuyente en relación con la construcción, cuando haya utilizado financiación ajena, siempre y cuando se cumplan los requisitos de terminación en plazo, ocupación y residencia efectiva y permanente.

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Fuente: Pixels.

En estos casos, los contribuyentes deben incluir todas las cantidades satisfechas en el ejercicio dentro de la “Adquisición y/o construcción de la vivienda habitual de la vivienda habitual” en el Anexo A.1 de la declaración, indicando la fecha de la escritura de adquisición o de obra nueva de la vivienda.

Deducciones de la cuota íntegra: por donativos y otras aportaciones

Una disposición adicional de la Ley de Presupuestos indica las que se consideran actividades prioritarias de mecenazgo y eleva en cinco puntos porcentuales los porcentajes y los límites de la deducción por donativos del artículo 19 de la Ley 49/2002, en relación con estas actividades.

Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas

La eficiencia energética ha tenido cabida especial en el impuesto. No obstante, mucho nos tememos que el impacto real sea escaso.

- Deducción por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración (deducción del 20%).

- Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable (deducción del 40%).

- Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial (deducción del 60%).

Estas deducciones minoran la cuota íntegra estatal, después de las deducciones previstas en los apartados 1 (Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación), 2 (Deducciones en actividades económicas), 3 (Deducciones por donativos y otras aportaciones), 4 (Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla), y 5 (Deducción Patrimonio Histórico Español) del artículo 68 de la Ley del IRPF.

*Fernando J. Santiago Ollero es presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos.

Las novedades para la campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2021 presentan, como cuestión más destacada, la disminución de la cuantía de la reducción de la base imponible por aportaciones individuales a los planes de previsión social, en beneficio de las aportaciones empresariales, que se ven incrementadas. Una vez más, los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas y los autónomos, así como los contribuyentes que no desarrollan actividades económicas, que son los que normalmente no cuentan con este tipo de aportaciones, se ven perjudicados por una norma redactada sin pensar más que en las grandes empresas.

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