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Consideraciones al hilo de la reforma laboral 2022: aún queda mucho camino por recorrer
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Consideraciones al hilo de la reforma laboral 2022: aún queda mucho camino por recorrer

Como hemos apuntado en numerosas ocasiones, los problemas del mercado de trabajo español hay que buscarlos más en el lado de la demanda y de los mecanismos de ajuste que en el de la oferta

Foto: La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. (EFE Zipi)
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. (EFE Zipi)

Con cifras de los tres primeros meses de 2022, podríamos afirmar que la reciente reforma laboral habría tenido éxito en el objetivo de estabilizar la contratación. En efecto en estos meses iniciales de su vigencia se ha incrementado de forma significativa la proporción de contratos indefinidos sobre el total de los realizados, con respecto al mismo perdido del año 2021. Particularmente, se observa un descenso importante de los contratos temporales por obra o servicio (que desaparece como figura contractual a partir del 1 de abril) y aumentan los contratos indefinidos, de forma significativa los fijos discontinuos.

Sin duda, el periodo no es muy reducido como para obtener conclusiones definitivas y lo que se observa es el inicio de un efecto desplazamiento desde la figura que desaparece (contrato por obra o servicio) hacia fórmulas indefinidas u otras temporales (contrato eventual por circunstancias de la producción). La información que tenemos es muy parcial aún como para sacar conclusiones mínimamente solventes que avalen una eficacia destacada de esta reforma laboral (en el logro de sus objetivos). Porque, al mismo tiempo que se registra una ligera disminución en el volumen relativo de la temporalidad, la rotación global de la mano de obra (altas+bajas en la afiliación a la Seguridad Social, sobre total de afiliados) sigue su ascenso.

Un dato para retener para futuras reformas laborales en busca de unas mejores condiciones de trabajo

Y es importante tener en consideración este dato porque la inestabilidad en el empleo, característica, en parte, del deterioro de la calidad de este, no se ancla ya, solamente, en los contratos temporales y, o a tiempo parcial (contratos no deseados) sino que también se ensancha hacia el ámbito de la contratación indefinida. Un dato para retener para futuras reformas laborales en busca de unas mejores condiciones de trabajo.

En materia de flexibilidad externa, los logros habrían de medirse más en términos de rotación del mercado de trabajo, que en tasa de temporalidad. Mientras persista como preeminente la estrategia de ajuste salarial -prevalente en el tejido empresarial español- las disminuciones en la rotación por temporalidad formal se trasladan a mayor rotación en otras formas contractuales, que a estas alturas no suponen aumentos de costes sustanciales para la empresa. Esto es lo que ha ocurrido en los últimos años y seguirá ocurriendo, aún contando con un cierto éxito de la reforma en términos de descenso de la temporalidad. En última instancia, caminamos hacia un modelo a modo de "contrato único", que no resuelve los problemas económicos de la intensa rotación laboral, sino que tan solo los transforma de modo formal, pero no efectivo.

Los objetivos de la reforma laboral de 2022

Porque convendría interpretar lo que suponen los objetivos de la reforma laboral de 2022 en todas sus dimensiones, a la hora de hacer una valoración rigurosa de la eficacia con la que se va desenvolviendo en el tiempo. Y es que, en la misma subyace el objetivo de reducir algunos de los interpretados como "excesos" de flexibilidad en el mercado de trabajo español que se consideran, por parte del ejecutivo de coalición de izquierdas, derivados de la reforma de 2012 (o anteriores). Conviene entonces considerar que se ha legislado en sentido contrario a esta, aunque de forma parcial. Básicamente, en materia de flexibilidad externa, particularmente en lo que hace referencia a la causalidad justificativa de los contratos temporales, restringiendo los requisitos para su utilización.

Asimismo, se han modificado algunos elementos regulatorios relacionados con la flexibilidad interna, buscando trasladar los ajustes cíclicos o estructurales-sectoriales vía despido por la suspensión temporal de contratos o la reducción de jornada, con financiación con cargo al erario. Y, finalmente, se pone algún limite respecto a lo promulgado en la reforma del 2012, a la flexibilidad salarial, modificando algunos aspectos de la normativa que regula los convenios colectivos.

Foto: Un obrero trabaja en un edificio en construcción. (EFE/Kai Försterling)

Pero, sin embargo, y a sensu contrario, son varios los contenidos de la reforma de 2012 que se mantienen vigentes en los mismos términos que ésta los materializó. Conviene destacar aquellos que hacen referencia a prerrogativas empresariales, que vienen siendo básicas en un modo de gestión de los negocios que enfatiza la moderación salarial como objetivo prioritario. Se trata, por ejemplo, de la regulación del descuelgue empresarial de lo pactado en los convenios (de todo ámbito) o la aplicación del principio de "modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ante determinadas circunstancias económicas, tecnológicas o de producción, de la empresa", que se mantienen vigentes en el Estatuto de los Trabajadores modificado en 2012. Puede que la ausencia de modificaciones en torno a estos mecanismos facilitara la presencia de las organizaciones empresariales en el Acuerdo que sirvió de preámbulo a la reforma de 2022.

Los desajustes históricos siguen presentes

Conviene asimismo considerar que persiste aún una buena parte de los desajustes históricos del mercado de trabajo español, como pueden ser las elevadas tasas de desempleo, en general, en contraste con las cifras habituales en los países europeos, o la de los más jóvenes, así como la larga duración de los periodos de desempleo, sobre todo en la población activa de más edad o el mismatch ocupacional, entre otros, cuestiones sobre las que los contenidos de la reforma no parece vayan a incidir en demasía.

La evolución reciente del mercado de trabajo muestra los profundos cambios que se están produciendo en el mismo y que se manifiestan en la proliferación de dichas formas atípicas de empleo. Las relaciones laborales se alejan de lo que, hasta hace unos años, se consideraba el estándar. Entre las formas atípicas de empleo se suelen considerar el empleo temporal, el trabajo a tiempo parcial, el trabajo temporal por medio de agencias o terceros, el empleo por cuenta propia económicamente dependiente, el trabajo a domicilio o el teletrabajo, el empleo en plataformas digitales y otras variedades de prestación laboral inestable y de muy baja cualificación. Aunque se está legislando en torno a estas nuevas tendencias, no parece que ello indique que se vayan a producir cambios sustanciales en el comportamiento de los agentes sociales, en pos de una mayor eficiencia del mercado laboral español, medida en términos de mayor productividad del trabajo.

Pero el logro de una mayor eficiencia en el mercado de trabajo habría de llevar a elevar el nivel de productividad del trabajo

Sin duda, alcanzar un elevado grado de eficacia en la aplicación de esta reforma significaría lograr cierta reducción de la tasa de temporalidad en el mercado laboral, al tiempo que se produciría un efecto desplazamiento de los despidos colectivos por suspensiones de contrato o reducciones de jornadas en las fases contractivas y, en paralelo, todo ello derivaría en un mayor protagonismo de la negociación colectiva sectorial que limitará la moderación salarial registrada en años anteriores.

Pero el logro de una mayor eficiencia en el mercado de trabajo habría de llevar a elevar, con el apoyo de las medidas de esta reforma y otras en diversos ámbitos de la actividad económica, el nivel de productividad del trabajo. El pasado no ofrece expectativas halagüeñas en este terreno.

A este respecto conviene apuntar que el valor añadido por hora de trabajo creció entre 2012 y 2016, tras la reforma anterior, a niveles semejantes a la media de la zona euro, pero con posterioridad se registra un estancamiento destacado en esta variable. Todo parece indicar que los incrementos registrados en la fase depresiva del ciclo están vinculados al ajuste intenso en la demanda de trabajo, en tanto que no se observan efectos positivos sobre la marcha de esta variable a expensas de un uso más intensivo del factor trabajo. Evolución de la productividad, por tanto, que estaría en relación con la volatilidad del empleo característica del ciclo económico español y mucho menos con los resultados de las reformas laborales llevadas a cabo.

Foto: El ministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá. (Efe/Miguel Osés)

La flexibilidad interna impulsada en esta reforma, que se concentra en el incentivo al uso de los ERTE´s, puede significar una contención temporal del aumento del desempleo registrado o estimado, con cargo al erario público, sin duda, de singular importancia social y económica, pero no opera de modo continuo para facilitar las transformaciones productivas necesaria en el escenario económico español, sino que en el mejor de los casos consistirá sobre todo en una contención de los efectos adversos en las recesiones de todo tipo sobre la tasa de desempleo.

En buena parte, las medidas contenidas en esta reforma, como en otras anteriores, profundizan -quizás con menor intensidad que las anteriores- en una de las características estructurales de nuestro mercado laboral, la cual es dicha volatilidad cíclica. Las reformas, con sus distintas características, inciden, fundamentalmente, en el coste del factor trabajo.

Moderación salarial y estructura productiva

Los datos ponen de manifiesto la intensificación del proceso de moderación salarial, que se apoya en una caída significativa en los incrementos salariales pactados en los convenios, tanto en los de empresa como en los de ámbito superior, que posteriormente, con la finalización de la recesión tienden a recuperarse. No es de extrañar pues, que, en estos años, la distribución funcional de la renta evolucione de modo adverso, en términos relativos, con relación a las rentas salariales. En este sentido, las mayores facilidades para el descuelgue salarial de lo pactado en los convenios, así como las prerrogativas empresariales para imponer cambios unilaterales en las condiciones de trabajo, habrían coadyuvado en esa dirección de moderación salarial. Criterios ambos, no alterados por la reforma de 2022 y, por tanto, vigentes a futuro.

Y, a este respecto, sería de interés también considerar que la dinámica salarial, al menos en el caso español, no muestra una estrecha relación con la marcha del empleo, en cantidad, aunque si afecta, como es obvio, a su calidad. Conviene tener presente, en tal sentido, que la elasticidad del empleo/desempleo respecto a los salarios, en el caso español, es muy baja. Cuando se relaciona la variación de los salarios y la variación de la tasa de desempleo (con 6 meses y un año o dos de retraso), la misma resulta ligeramente negativa, tal como indicarían los enfoques convencionales al uso, en ningún caso resulta ser significativa. Ello quiere decir que la insistencia en estrategias de negocio, de forma generalizada, que apuestan por la moderación salarial, no tienen una garantía efectiva de carácter positivo, sobre la dinámica del empleo, en tanto que una política salarial más expansiva, entre otras medidas, sí podría repercutir en el crecimiento económico, tanto desde el lado de la oferta (incentivos a la productividad), como desde el de la demanda (impulso al consumo y, por extensión, a la demanda agregada).

Para abordar esto se requieren de reformas en otros ámbitos de la estructura productiva española, que no solo en el laboral

Como hemos apuntado en numerosas ocasiones, nosotros y numerosos especialistas en materia de economía laboral, los problemas del mercado de trabajo español hay que buscarlos más en el lado de la demanda y de los mecanismos de ajuste que en el de la oferta. Y para abordar esto se requieren de reformas en otros ámbitos de la estructura productiva española, que no solo en el laboral.

Así, pues los interrogantes hacia el futuro pivotan más sobre la capacidad y posibilidad de transformación de nuestro sistema productivo que sobre las insistentes reformas del marco regulatorio laboral, que, sin minusvalorarlas, habrían de contribuir, prioritariamente, a construir un contexto adecuado para dicha transformación.

*Santos M. Ruesga y Ana I. Viñas son miembros del Grupo SET-LASE de la Universidad Autónoma de Madrid.

Con cifras de los tres primeros meses de 2022, podríamos afirmar que la reciente reforma laboral habría tenido éxito en el objetivo de estabilizar la contratación. En efecto en estos meses iniciales de su vigencia se ha incrementado de forma significativa la proporción de contratos indefinidos sobre el total de los realizados, con respecto al mismo perdido del año 2021. Particularmente, se observa un descenso importante de los contratos temporales por obra o servicio (que desaparece como figura contractual a partir del 1 de abril) y aumentan los contratos indefinidos, de forma significativa los fijos discontinuos.

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