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El abusón de clase y el Estado

El Ingreso Mínimo Vital es una norma populista que, por las prisas y por la falta de conocimiento o interés, se convierte en impopular

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Hace poco, un diario publicó un artículo según el cual la Seguridad Social exige a una madre de dos hijos de 3 y 5 años la devolución de más de 5.000 euros que, según el organismo, cobró de más en concepto de Ingreso Mínimo Vital.

A menudo, la vida nos regala con esa retranca que hace que la propia terminología deje en ‘pelotas’ a quien hace y ejecuta algunas normas. Vital… ¿en serio? ¿El nombre lo han puesto de cachondeo? ¿Se quieren reír de nosotros?

Cuando se publicó la norma, lo advertí. Habían construido una norma con muchos problemas. Porque como también ya he avisado, quieren elaborar una norma populista que, por las prisas y por la falta de conocimiento o interés, se convierte en impopular. No en vano son numerosas las páginas del BOE que han ido rectificando numerosos errores contenidos en la norma.

La ‘barbaridad’ del Ingreso Mínimo Vital

Y poco a poco vamos comprobando las barbaridades de la norma. Se calcula la renta según los ingresos que se conocen en el momento de la concesión, esto es, los del año anterior o los de dos años más atrás. Sin embargo, al señalar su redacción que los ingresos a tener en cuenta son los del ejercicio en el que se concede el IMV, hay que esperar un año, o año y medio, para conocer los ingresos reales.

Recordemos que el término que se emplea es el de Ingreso Mínimo Vital, esto es, necesario para vivir. Por tanto, no se le concede a potentados que disponen de medios para vivir, pagar una vivienda y ahorrar después de unas vacaciones, sean o no modestas. Lo que significa que quien lo recibe vive con lo justo. Un euro menos no es una bolsa de pipas, es una barra de pan menos.

En consecuencia, cuando meses después de pagar una renta determinada a un perceptor del IMV, la Seguridad Social le dice que tiene que devolver dinero, ¿de dónde creen que lo va a sacar? Ah, se lo tiene que quitar de la boca a sus dos hijas. No quiero parecer demagógico, pero ya me dirán ustedes. Resulta también que una de las razones por las que le reducen los ingresos es que el padre estaba empadronado en la casa. Separados o no, el hecho administrativo de estar empadronado lleva a la Seguridad Social a afirmar que se encuentra dentro de la unidad de convivencia otra persona (el padre) que obtiene unos ingresos que deben tenerse en cuenta.

Cuando la Seguridad Social le dice que tiene que devolver dinero, ¿de dónde creen que lo saca?

Miren, no sé si se han hecho o no trampas, ni quiero saberlo. Lo único que sé es que no se puede jugar con el pan de la gente. Si desde el principio se hubiera tenido en cuenta todas las circunstancias y hubiera sido el importe calculado un importe en firme, igual no se le hubieran dado a esta madre el importe aprobado, pero lo que es seguro que ahora no estaría en un problema vital.

Y esto solo hubiera ocurrido con las solicitudes del IMV, pues sería un mal menor. Pero es que ocurre día tras día, porque no se pregunta a quien sabe. Cuando en 2021 se aprobó el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, manifesté que se generarían muchos problemas. Llevamos meses comprobándolo.

Un ejemplo. Cuando un empresario de un modesto negocio vio cómo sus ingresos se reducían a cero como consecuencia del confinamiento y la posterior imposibilidad de trabajar, se encontró con que si mantenía su sueldo debía pagar los seguros sociales y practicar las retenciones correspondientes de IRPF. Muchos de ellos decidieron quitarse el sueldo en tanto recuperaban el nivel de actividad.

El Real Decreto-ley antes citado puso en marcha determinadas ayudas directas para tratar de corregir los efectos de un obligado parón de actividad. Y, naturalmente, estos empresarios también pidieron sus ayudas. Pero en la de autónomos se recoge lo siguiente:

Los destinatarios de las medidas previstas en los Títulos I, II y III asumen asimismo los siguientes compromisos:
(...)
No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde aplicación de alguna de las medidas.

Ya se pueden imaginar que los citados empresarios, que también tenían que comer, en cuanto los ingresos empezaron a recuperarse, decidieron volver a ponerse su sueldo. En muchos casos, por debajo del que tenían antes de la pandemia. En otros, el mismo. Y ha llegado el momento en el que la Administración les está pidiendo devolver las subvenciones por contravenir la Disposición adicional cuarta.

Muchos pagan las decisiones de otros

Y está pasando con otras ayudas… y todo porque no les bastaba con saber que el negocio se había desplomado y que las ayudas iban a sostener este, sin más condiciones, igual que no se nos dejó elegir a los ciudadanos si queríamos o no trabajar, arriesgando nuestras propias vidas. Ahora muchos están pagando las decisiones de otros.

El Estado es como el abusón de clase, a ver quién le lleva la contraria…

Lo he dicho muchas veces. La norma que se negocie con los agentes sociales, la aplicación con los colaboradores sociales. Mejor nos iría. Pero el Estado es como el abusón de clase, a ver quién le lleva la contraria…

*Fernando Jesús Santiago Ollero es presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos.

Hace poco, un diario publicó un artículo según el cual la Seguridad Social exige a una madre de dos hijos de 3 y 5 años la devolución de más de 5.000 euros que, según el organismo, cobró de más en concepto de Ingreso Mínimo Vital.

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