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El telonero del TJUE se mete donde no lo llaman
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Antonio Casado

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El telonero del TJUE se mete donde no lo llaman

El abogado general responde a lo que se le pregunta (terrorismo y uso indebido de fondos UE) y a lo que no se le pregunta ("interés general" o interés político de parte) sobre la ley de amnistía

Foto: El presidente de JxCat, Carles Puigdemont. (EFE/David Borrat)
El presidente de JxCat, Carles Puigdemont. (EFE/David Borrat)
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A setas o a roles. Dean Spielmann está a las dos cosas y eso genera muchos malentendidos. No le tocaba colar su opinión sobre si la amnistía era o no era "autoamnistía". Ni calificar de "interés general" la controvertida decisión del Gobierno de Sánchez "en un contexto de reconciliación política y social", cuando el contexto real fue de abierta confrontación política y social en torno a la ley de amnistía.

Aun así, aunque haya desbordado los perfiles de lo planteado en dos cuestiones prejudiciales concretas (terrorismo y afectación de fondos europeos), quienes creemos en el imperio de la ley, como una viga maestra del llamado mundo civilizado, respetamos el dictamen (dictamen, que no sentencia) del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la aplicación de la Ley de Amnistía que Sánchez canjeó en su día -y eso no es opinable- por su continuidad en la Moncloa.

En democracia la discrepancia casa con el acatamiento. Se discute, pero se acata lo que dice ahora el telonero del TJUE, del mismo modo que luego se acatará y se dará por buena la sentencia definitiva del Tribunal de Luxemburgo.

Más pliegues tiene la interpretación del dictamen de Spielmann en clave nacional. En un simple vistazo general a las reacciones políticas y mediáticas nos sorprenderá la tendencia a desbordar las dos cuestiones que realmente se ventilaban en la respuesta del abogado general a dos cuestiones prejudiciales concretas presentadas por dos instancias judiciales concretas

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Las instancias son la Audiencia Nacional (terrorismo y nada más que sobre terrorismo) y el Tribunal de Cuentas (supuesto perjuicio de los intereses financieros de la UE en los gastos del referéndum del 1 de octubre en Cataluña).

Sin embargo, abundan las interpretaciones sobre asuntos de fondo que no se tocan, o se tocan solo tangencialmente, en respuesta a las dos cuestiones prejudiciales. Dos de cuatro, porque están pendientes otras dos, la del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y la de un Juzgado de Vilanova y la Geltrú (estas sí, sobre la adecuación de la ley al Derecho europeo).

Foto: puigdemont-tjue-rebajar-plazo-dirimir-amnistia

El dictamen del telonero es claro. Por una parte, que amnistiar a los grupos CDR no contradice la directiva antiterrorista de la UE. Y por otra, que no hay razón para negársela a los afectados (Puigdemont y otros treinta y dos ex altos cargos del Govern) por supuesta malversación de fondos europeos. No hubo tal, pero de los españoles no habla. Y que en ninguno de los dos casos se contraviene la primacía del derecho comunitario.

Lo extraño -por no decir otra cosa- es inferir de eso que a Carles Puigdemont se le podrá aplicar la amnistía, en contra del criterio del Tribunal Supremo que se la niega por haber cometido un delito de malversación (uno de los supuestos no amnistiables por la ley).

Se habla de que el prófugo de Waterloo ahora está más cerca de ser amnistiado. No es verdad. Si a Puigdemont no se la ha aplicado la ley es por un supuesto de "enriquecimiento patrimonial" con dinero de todos los españoles (sala de apelaciones del Tribunal Supremo, junio de 2025) en vez de haberse rascado su propio bolsillo.

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Repito: si se le ha negado la amnistía hasta ahora no es por uso indebido de dineros europeos en los gastos del referéndum (entre 3 y 4 millones de euros), que además es cuestión prejudicial pendiente (la presentada por el TSJC), sino por uso indebido de dinero procedente de partidas presupuestarias públicas españolas. Y de eso no dice nada el abogado general de la UE.

A setas o a roles. Dean Spielmann está a las dos cosas y eso genera muchos malentendidos. No le tocaba colar su opinión sobre si la amnistía era o no era "autoamnistía". Ni calificar de "interés general" la controvertida decisión del Gobierno de Sánchez "en un contexto de reconciliación política y social", cuando el contexto real fue de abierta confrontación política y social en torno a la ley de amnistía.

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