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¿Qué 'rentabilidad razonable' cabe esperar?

La Ley del Sector Eléctrico impone que la tasa de retribución aplicable a la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables se fije por medio de una ley

Foto: La ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera. (EFE)
La ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera. (EFE)

La tormenta política que ha supuesto el triunfo de la moción de censura contra Mariano Rajoy y la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno de España el pasado 1 de junio tendrá un impacto indudable en la política energética de los próximos meses y, de modo especial, en el desarrollo de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.

Además de la previsible tramitación de medidas específicas relacionadas con el fomento del autoconsumo (proposición de ley de medidas para el fomento del autoconsumo eléctrico), se espera que el nuevo Gobierno acelere la tramitación de la Ley de Transición Energética y Cambio Climático que, de manera previsible, resultará en incentivos para el desarrollo de las energías renovables con el fin de transitar hacia la descarbonización de la producción de energía y, de este modo, poder cumplir con los compromisos asumidos en el Acuerdo de París y con los objetivos de política energética de la Unión Europea. En este contexto, no pueden descartarse medidas destinadas a facilitar el cierre de centrales de carbón y, en menor medida, la posible no extensión de la vida útil de las centrales nucleares. Obviamente, el impacto de las medidas en los precios finales de la energía y la necesidad de configurar mayorías parlamentarias suficientes para emprender algunas reformas van a marcar el ritmo de los cambios y de la nueva política energética.

Foto: Foto: Reuters. Opinión

Se espera, también, que la nueva Ley de Transición Energética y Cambio Climático tome en consideración algunas de las conclusiones del informe de la comisión de expertos en transición energética nombrada por el anterior ministro de Energía. Entre esas conclusiones podría encontrarse la modificación del esquema actual de retribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos por medio de un sobrecargo que se impondría sobre todas las fuentes de energía. No hay que descartar, pues, impuestos finalistas u otras medidas presupuestarias que graven tecnologías contaminantes o combustibles fósiles con la pretensión de favorecer esa transición energética. Sin embargo, decimos que estas medidas enfrentarán las dificultades de conformar mayorías parlamentarias suficientes.

En este contexto no ha quedado al margen del debate público la revisión de los parámetros retributivos de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos. La polémica suscitada por las manifestaciones del anterior ministro de Energía, Álvaro Nadal, sobre la revisión a la baja de la tasa de rentabilidad razonable encendió las alarmas del sector. Los temores se vieron confirmados con la publicación de un informe de Goldman Sachs que acogía las tesis del anterior ministro y que se tradujo en caídas muy significativas en la cotización de las principales eléctricas en los mercados de valores.

Foto:  (Montaje: Enrique Villarino)

La cuestión no es baladí, puesto que, de acuerdo con la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, los parámetros retributivos pueden ser objeto de revisión cada sexenio (periodo regulatorio) para tomar en cuenta el ciclo económico, la demanda de electricidad y la rentabilidad adecuada de la actividad de producción a partir de fuentes renovables. Sin embargo, no hay obligación alguna de realizar tal revisión, lo que significa que los parámetros retributivos vigentes en el periodo regulatorio de que se trate, si no han sido objeto de revisión, se aplicarán durante el sexenio inmediato siguiente. Y así hasta que se produzca la revisión que puede afectar a todos o tan solo a algunos de los parámetros retributivos.

Sin embargo, la Ley del Sector Eléctrico impone que la tasa de retribución aplicable a la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables se fije por medio de una ley, por lo que un Gobierno —como el resultante de la moción de censura— con un exiguo apoyo parlamentario (84 diputados de 350) necesitaría aglutinar apoyos suficientes en otros partidos, dejarse con casi total seguridad algunos 'pelos en la gatera' y embarcarse en una negociación de mercado persa que podría no solo desgastarlo de manera innecesaria sino, incluso, no prosperar.

Foto: Pedro Sánchez, junto con Mariano Rajoy, en el Congreso de los Diputados. (Reuters)

El Decreto 413/2014, que desarrolla la Ley del Sector Eléctrico en lo relativo a la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos, establece que la tasa de rentabilidad razonable se calculará sobre la base del rendimiento medio de las obligaciones del Estado a 10 años en el mercado secundario en los 24 meses previos al mes de mayo del año anterior a que comience el nuevo periodo regulatorio (esto es, mayo de 2019) incrementado con un diferencial.

A estos efectos, antes del 1 de enero del último año del periodo regulatorio de que se trate (a estos efectos, el 1 de enero de 2019), el ministro de Energía (ahora la ministra de Transición Energética) propondrá al Consejo de Ministros un anteproyecto de ley, que contendrá el valor del referido diferencial, para su tramitación y aprobación en el Congreso, sin perjuicio de que el resto de los parámetros retributivos pueda ser objeto de revisión antes del final de cada periodo regulatorio (esto es, 31 de diciembre de 2019). Solo si no se produce la revisión de tales parámetros retributivos (ni la tramitación de la ley que establezca el valor del diferencial para el cálculo de la tasa de rentabilidad razonable) podrá afirmarse que los parámetros retributivos actuales extenderán su vigencia durante el próximo periodo retributivo.

Foto: La ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, a su llegada al Palacio de la Moncloa. (EFE)

Sin embargo, aunque lo más probable es que el nuevo Gobierno opte por no hacer nada y operar de manera que los actuales parámetros retributivos se apliquen también en el próximo sexenio, nada de echar campanas al vuelo aún, puesto que:

a) De acuerdo con la Ley del Sector Eléctrico, solo en el supuesto de que no se haya realizado la revisión el 31 de diciembre de 2019 se producirá la extensión de la vigencia de los actuales parámetros retributivos.

b) No obstante lo que establece el Decreto 413/2014 en el sentido de que la ministra de Transición Energética debe remitir el anteproyecto de ley al Consejo de Ministros no más tarde del 1 de enero de 2019, el Gobierno tiene plena capacidad para publicar un nuevo decreto que derogue el Decreto 413/2014 total o parcialmente (y que cumpla con la Ley 24/2013) y que disponga que el valor del diferencial para calcular la tasa de rentabilidad razonable pueda fijarse en cualquier momento anterior al final del periodo regulatorio de que se trate (y deshacerse, por tanto, del corsé del 1 de enero).

c) Los demás parámetros puede revisarlos el Gobierno en cualquier momento antes del final del periodo regulatorio de que se trate (en este caso, 31 de diciembre de 2019) por medio, es un ejemplo, del llamado 'decreto de tarifas'.

Y tampoco hay que excluir que este Gobierno, como han hecho todos los que lo han precedido, sucumba a la tentación de aprobar un decreto-ley que modifique los límites temporales (inclusive la duración de los periodos regulatorios).

Sobre cómo protegerse frente a esta circunstancia, ya les diré algo si vuelven a invitarme a esta tribuna.

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*Hermenegildo Altozano. Socio de Bird & Bird. Miembro del consejo académico de Fide.

La tormenta política que ha supuesto el triunfo de la moción de censura contra Mariano Rajoy y la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno de España el pasado 1 de junio tendrá un impacto indudable en la política energética de los próximos meses y, de modo especial, en el desarrollo de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.