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Sigue la puja por la regulación de los criptoactivos
2020 y 2021 serán recordados igualmente por la frenética actividad de entidades públicas y privadas hacia una normalización y/o integración de los criptoactivos en las finanzas internacionales e individuales
Los criptoactivos y los proveedores de servicios relacionados siguen en el punto de mira de reguladores e inversores. Las subidas y bajadas de cotización de las criptomonedas ganan o pierden volatilidad al ritmo de los nuevos requisitos de cumplimiento, proyectos de normativa y/o alertas regulatorias emitidas por las autoridades financieras, ya sea a nivel producto (criptoactivos y sus derivados) o con respecto a los prestadores de servicios relacionados con estos activos.
2020 y 2021 serán recordados no solo por la pandemia, también por la frenética actividad de entidades públicas y privadas hacia una normalización y/o integración de los criptoactivos en las finanzas internacionales e individuales.
La evolución de muchos países en la puja por la regulación y/o control de los criptoactivos no deja nadie indiferente. Solo prohibir y/o alertar ya no es una opción. Pero, desde luego, no es fácil poner el cinturón adecuado a un fenómeno con una tecnología descentralizada de vocación global.
El pasado 11 de junio, El Salvador se ha convertido en el primer país en adoptar al bitcoin como moneda de curso legal. China avanza sus pruebas piloto del 'yuan digital', y el Banco Central Europeo sigue sus estudios sobre la viabilidad y riesgos del llamado euro digital (un tipo de CBDC, del inglés Central Bank Digital Currencies). En esta misma línea, de acuerdo con un informe del Banco de Pagos Internacionales de Basilea de 2020 denominado 'Impending arrival. A sequel to the Survey on Central Bank Digital Currency', más de un 80% de las instituciones consultadas trabajaban en proyectos relacionados con estas CBDC.
A nivel español, el pasado 4 de junio de 2021, se publicó la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Socialista a la Mesa del Congreso de los Diputados para el impulso de un grupo de estudios sobre la implantación de un euro digital como moneda pública digital, para su debate en pleno. Textualmente, la proposición no de ley dice: “El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar en colaboración con el Banco de España la creación de un Grupo de Estudios para evaluar la posible implantación de un euro digital como moneda pública digital (CBDC) que permita ofrecer una mayor estabilidad financiera tanto a la economía española como al conjunto de la eurozona, y recupere el carácter del dinero como bien público y bajo control democrático”.
En Europa la implementación de la 5ª Directiva de Blanqueo de Capitales (la 5 AMLD) ha supuesto la inclusión de los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria 'cryptoexchanges') y los proveedores de custodia de monederos electrónicos en el ámbito de aplicación ('custodian wallet providers') como sujetos obligados en materia de PBC. Además, también se pasa a exigir que dichos proveedores estén registrados ante una autoridad.
Alguna forma de registro de dichos proveedores se ha tenido que implementar en todos los Estados miembros teniendo en cuenta la implementación de la 5 AMLD. No obstante, como se trata de una directiva de mínimos, existen ciertas diferencias en la forma de implementación del registro en los distintos países (e.g. en algunos países se exige únicamente el cumplimiento con normativa de blanqueo y en otros, se exigen otros requisitos prudenciales para dicho registro y una supervisión más amplia a dichos proveedores).
A la espera de la armonización regulatoria prometida a través del Reglamento MiCA (Markets in Crypto-Asset Regulation), algunos países han aprovechado para dar un paso al frente en sus regímenes nacionales. Francia y Alemania son dos jurisdicciones que ya regulan un régimen de autorización y supervisión más amplio para este tipo de proveedores. En concreto, el pasado 28 de junio, la autoridad alemana BaFin anunciaba el otorgamiento de la primera licencia de custodia de criptoactivos a Coinbase, y vaticinaba que otras licencias están en fase de análisis y deberán ser otorgadas los próximos meses.
A nivel europeo, es interesante destacar también la posición de Suiza, que ha aprobado la llamada DLT Act, que modifica algunas leyes federales, incluyendo cambios importantes en su normativa de mercado de valores para permitir el registro de valores en blockchain. Se crea una nueva categoría de valores: los 'ledger-based securities'. La segunda parte de la reforma suiza entrará en vigor en agosto de 2021, destacando la creación de las llamadas DLT Trading Facilities, un nuevo tipo de infraestructura de mercado para la negociación de intereses de compra y venta sobre criptoactivos.
Con relación a la publicidad sobre criptoactivos, España no es la única que se está planteando su regulación (a través de la circular de la CNMV cuyo borrador está abierto a consulta pública hasta finales de agosto). En Reino Unido, el HM Treasury también ha consultado sobre la conveniencia de regular la promoción financiera relacionada con criptoactivos.
En materia contable, muchos países todavía no han emitido una adaptación a su normativa que regule expresamente la contabilización de criptoactivos, aunque en muchos casos, existen criterios interpretativos (como en España por el ICAC) que tienden a calificar dichos activos como "activos intangibles". Al contrario de la tendencia, en Francia, la ANC (autoridad de estándares contables francesa) ha incluido en sus estándares normas contables específicas sobre emisores y suscriptores de 'tokens' desde diciembre de 2018.
Más rápido o más lento, simpatizantes u opositores, los proyectos de regulación y/o aclaración de cómo integrar la normativa existente al sector 'cripto' vienen para quedarse…
*Paula De Biase, socia responsable del Departamento de Regulación Financiera en Baker Mckenzie España y miembro del Steering Commitee FSR de la firma.
Los criptoactivos y los proveedores de servicios relacionados siguen en el punto de mira de reguladores e inversores. Las subidas y bajadas de cotización de las criptomonedas ganan o pierden volatilidad al ritmo de los nuevos requisitos de cumplimiento, proyectos de normativa y/o alertas regulatorias emitidas por las autoridades financieras, ya sea a nivel producto (criptoactivos y sus derivados) o con respecto a los prestadores de servicios relacionados con estos activos.