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El proyecto de ley de 'startups': ¿una gran oportunidad para el emprendimiento digital?
Algunas claves para entender las futuras medidas incentivadoras del ecosistema de las empresas emergentes de base tecnológica
Como se ha recogido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) aprobado por el Gobierno español y en su componente 13 "Impulso a la PYME" y la Política Palanca V) "Modernización y digitalización del tejido industrial y de la PYME e impulso a España, nación emprendedora" de dicho plan, la futura ley de 'startups' entrará en vigor a finales de 2022.
Dicha ley busca que la transformación digital sea inclusiva y sostenible e impulsar un modelo productivo basado en la investigación, el desarrollo y la innovación y que, por ello, pueda ofrecer productos y servicios diferenciados que faciliten o mejoren procesos sociales, económicos, medioambientales o culturales. El nuevo marco normativo pretende facilitar el desarrollo en España de un ecosistema de empresas emergentes en torno a algunos centros urbanos que actúen como polo de atracción de talento, capital y emprendedores y debe ser uno de los motores de la recuperación y modernización de la economía española en el horizonte de 2030. La norma se recoge en la Agenda España Digital 2025 y pretende fomentar la creación y crecimiento de empresas emergentes de base tecnológica con un tratamiento diferenciado respecto a empresas con modelo de negocios convencionales. Esta ley se verá complementada con las medidas previstas en la futura Ley de Creación y Crecimiento Empresarial dirigida a mejorar la calidad formativa y el clima de negocios, favoreciendo la eficiencia y la productividad a lo largo de todo el ciclo de creación, el crecimiento y restructuración empresarial.
La norma define a una 'startup' como una empresa de nueva creación o de menos de cinco años (siete años para empresas vinculadas al sector de la biotecnología, la energía, los sectores industriales u otros sectores estratégicos que hayan diseñado tecnología propia íntegramente en España). La 'startup' debe tener volumen de negocio anual inferior a los cinco millones de euros, poseer carácter innovador y que no cotice en el mercado ni haya recibido beneficios. Las principales ventajas jurídicas y económicas de las empresas emergentes digitales serán, entre otras, las siguientes:
- La reducción del impuesto de sociedades durante sus primeros cuatro años de existencia de hasta el 15%.
- Las empresas emergentes se podrán constituir en España por un euro y por medios telemáticos.
- Los aranceles son gratuitos respecto a notarios y registradores en el proceso de constitución de una sociedad limitada.
- La base máxima de deducción por inversión en 'startups' será de 60.000 a 100.000 euros anuales y el tipo de deducción será del 50%.
- Los inversores no residentes solo tendrán que presentar el número de identificación fiscal (NIF).
- Se elimina durante de tres años la doble cotización a la Seguridad Social en el caso de pluriactividad para emprendedores que trabajen de forma simultánea para otra compañía.
- Se incentiva la atracción de talento extranjero/emprendedores, expatriados y teletrabajadores internacionales o nómadas digitales que lleguen, residan y trabajen en España, que disfrutarán de un visado especial durante cinco años y podrán acogerse a un régimen tributario especial tributando en el impuesto de la renta de no residentes durante 11 años. Además, con la finalidad de repatriar talento, se reducen los requisitos para acceder a este régimen fiscal pasando de 10 a cinco años el requisito de no residencia previa en España.
- Se eleva la excepción fiscal sobre las 'stock options' de los 12.000 a los 50.000 euros anuales y permite retrasar la tributación hasta el momento en el que se hagan líquidas.
- Se permitirá aplazar la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes, en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, sin intereses de demora y hasta por un año y medio cada uno.
En resumen, se trata de medidas muy positivas que contribuirán a impulsar el ecosistema emprendedor en España, actualmente en auge, y que puede arrastrar también decisiones de inversión y de traslado de residencia a España de emprendedores y de teletrabajadores de muy alta cualificación.
*Carlos de la Torre García. Abogado Of counsel Área Laboral Baker McKenzie. Inspector de trabajo (en excedencia). Consejero Académico de Fide. Codirector de los foros de Fide: 'Actualidad Laboral' y 'ESG: Aspectos ambientales, sociales y de gobernanza en las organizaciones'.
Como se ha recogido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) aprobado por el Gobierno español y en su componente 13 "Impulso a la PYME" y la Política Palanca V) "Modernización y digitalización del tejido industrial y de la PYME e impulso a España, nación emprendedora" de dicho plan, la futura ley de 'startups' entrará en vigor a finales de 2022.