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11-M: seguimos queriendo saber (y VIII)
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Cristina Falkenberg

El Valor del Derecho

Por
Cristina Falkenberg

11-M: seguimos queriendo saber (y VIII)

Desde que la idea criminal surge en la mente de una persona hasta que se consuma, el delito pasa por varias fases, a saber: ideación, actos

Desde que la idea criminal surge en la mente de una persona hasta que se consuma, el delito pasa por varias fases, a saber: ideación, actos preparatorios, tentativa y consumación. Es el llamado iter criminis, y aunque todo él integre el crimen, no todo él es punible. Así, hasta que no se exteriorice la intención delictiva, no hay puesta en riesgo del bien jurídico protegido por la norma, razón por la cual puede que uno “peque de pensamiento”, pero lo cierto es que queda sin castigo.

Cosa distinta es “pecar de palabra, obra u omisión” y entre que termine la ideación y se llegue a la tentativa -que como vimos la semana pasada consiste en la realización de todos los actos conducentes a la consumación, a la que sin embargo no se llega-, encontramos los llamados actos preparatorios. Son la proposición, la conspiración y la provocación y apología.

Proposición, conspiración y provocación…

El artículo 17.2 del Código Penal dispone que “la proposición existe cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a ejecutarlo”. La jurisprudencia entiende punible la proposición cuando la invitación concreta y persuasiva a delinquir, sea aceptada por otro.

El 17.1 define la conspiración como la situación en que “dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo”. En el caso del 11-M parece sin embargo que estemos bastante más allá de los meros actos preparatorios: no sólo se llegó a la consumación de unos horrendos delitos terroristas, sino que cada día parece más evidente que incluso pudieron darse una serie de tipos autónomos que se basan en la existencia de un delito previo: por ejemplo, el encubrimiento, o determinados delitos contra la Administración de Justicia que ya vimos y en los cuales abundaremos en el futuro. Por lo tanto hablar de conspiración y su derivado "conspiranoia" sólo refleja un profundo desconocimiento de lo que se está diciendo. La conspiración, la ejecución inacabada del tipo… ya hubiera sido deseable.

La provocación existe cuando directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, que facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a la perpetración de un delito”, dice el artículo 18.1. Es el caso de quienes amparados en una tradición religioso-militar promuevan la guerra contra el infiel, por el mero hecho de serlo. Es provocación y el Código Penal está para aplicarse. Cuando la provocación culmina en la perpetración del delito, se castiga como inducción, una forma de autoría como vimos.

Finalmente es apología “la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor” - aunque sólo se castigue “si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa [a delinquir]”.

En el caso del 11-M, ¿pudo haber quien sólo conspirase, quien sólo propusiese a otros delinquir, dejando en sus manos la ejecución material de los atentados? ¿Pudo haber un encargo de ejecución a profesionales, por ejemplo con entrenamiento y experiencia militar, indicándoles cuáles eran los objetivos y los métodos, proveyéndoles incluso de algunos suministros básicos? Pues muy probablemente sí: ese conocimiento profundo de la mentalidad patria, del funcionamiento de los entresijos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de nuestra Administración de Justicia no parecía al alcance de cualquier extranjero, como piensan Lucas y Libertador, y desde luego la elección de fechas, la coordinación informativa y manifestatoria no parecieron, desde luego, fruto de cualquier improvisación espontánea, como lo ve Patriotadehojalata.

Yendo a más, es que la precisión con que se hicieron estallar los trenes, parados -¿cómo podría nadie saber que saltando un despertador a una precisa hora no iba a estar el tren en marcha a toda velocidad entre dos estaciones?-, siembra una posible duda acerca de que se usasen teléfonos móviles… ¿llenos de pistas? Pasmaoconloquenopasa duda.

Se da la curiosa circunstancia de que esta semana Suárez Trashorras ha expresado su deseo de prestar declaración ante el Juez, en este caso Eloy Velasco, que ha decidido reabrir una de las líneas de investigación, algo que Nomeolvides y Blanc Violeta entenderán fundamental. Empero cada vez es más dudoso que se utilizase Goma2 ECO, como piensa Agarcia. Supuesto que las muestras analizadas durante la pericial fueran verdaderas, parece desde luego estalló algo que no era Goma2 ECO, y desde luego sin metralla que como apunta Guerrero, es insuficiente y absurda de colocar en lugar cerrado. Por las declaraciones de la policía, los cortes limpios que dejaron las explosiones en los trenes, sugieren el uso de explosivo militar, cuya detonación se produce a velocidad superior al sonido. ¿Pudo colocarse durante la noche como viene sugiriendo Santísima Trinidad? Pues sí. Sin embargo, de los centenares de fotos que se tomaron por la Policía, ninguna está en el sumario aunque hoy el Instructor del Olmo está querellado por prevaricación.

Sólo cuando lo diga la Ley… pero siempre que la Ley lo diga

Si la semana pasada veíamos que el artículo 15 del Código Penal decía que eran “punibles el delito consumado y la tentativa de delito”, los artículos 17.3 y 18.2 establecen sin embargo que los actos preparatorios sólo se castigarán cuando expresamente lo establezca la ley, pues consisten precisamente en hacer algo menos que el delito. Se castigan los actos preparatorios del homicidio, asesinato y lesiones dolosas y todos los delitos de terrorismo que vimos (del 571 al 578) y los atentados contra los agentes de la autoridad; el robo, extorsión, estafa y apropiación indebida; la receptación y el blanqueo de capitales; el tráfico de drogas y la asociación ilícita; además de todos los delitos de rebelión, sedición, traición, delitos contra la Corona y delitos contra la comunidad internacional (genocidio, delitos de lesa humanidad…) Está además el tipo específico del artículo 510 que dispone que “Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza…”.

Somos muchos los que queremos saber quién hizo el 11-M: desde los actos preparatorios, pasando por la consumación así como todo el folclore mediático e investigador que rodeó un caso con demasiados errores y lagunas como para ser mera casualidad, y cuya sentencia, en lo fáctico se desmorona. Así lo piensan Cid Campeador, BF2, Jotaele, Infowarrior, Gato, Elphin, Zerena, Chax, Sabijondo, Josvazq, Wilder, Antonius Block, Dakar, Nomerindo, Autofocus, Jarrilla, Orobón, PJCyM, FIGSR, Cuquiña, Sonia, Sadartak, Menipo, La_fusta, Anabasis, Ringo, Aristip, Talleyrand, Lord Palmerston, Sinacritu, Wendy, Jl72, Zazozú, Doble_cero, Satiricón, Kj26, Piscis 53, Elsilenciodeloscorderos y tantos, tantos otros… incluso Gurb, que acaba proponiendo más preguntas que respuestas tiene.

Seguiremos, volveremos sobre el 11-M para pedir que se depure hasta la última responsabilidad. Como ciudadanos no podemos dejar que haya quien para influir en el discurrir político de un país, sea válido matar a 200 y herir a 1857 conciudadanos nuestros, las víctimas, con quienes hemos estado desde el principio y estaremos hasta el final.

Desde que la idea criminal surge en la mente de una persona hasta que se consuma, el delito pasa por varias fases, a saber: ideación, actos preparatorios, tentativa y consumación. Es el llamado iter criminis, y aunque todo él integre el crimen, no todo él es punible. Así, hasta que no se exteriorice la intención delictiva, no hay puesta en riesgo del bien jurídico protegido por la norma, razón por la cual puede que uno “peque de pensamiento”, pero lo cierto es que queda sin castigo.