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Europa y el Estado de derecho español
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Miriam González

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Europa y el Estado de derecho español

Donde Europa tiene deber de actuación (y, por tanto, hay que exigirle responsabilidad por omisión si no lo hace) es sobre las comisiones parlamentarias de investigación sobre decisiones judiciales

Foto: Didier Reynders, comisario de Justicia de la UE. (EFE/Ronald Wittek)
Didier Reynders, comisario de Justicia de la UE. (EFE/Ronald Wittek)
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En el reciente debate del Parlamento Europeo sobre el Estado de derecho, los europarlamentarios pusieron un altavoz internacional a las quejas sobre la amnistía. Pero dejaron que el representante de la Comisión, Didier Reynders, hablara solo de generalidades. A la Comisión Europea hay que exigirle que confirme con claridad el alcance de su responsabilidad sobre el cumplimiento del Estado de derecho en España.

La Comisión Europea está examinando el borrador de la ley de amnistía. Se han hecho amnistías en otros Estados miembros sin que la Unión Europea haya considerado que las amnistías vulneran sistemáticamente el principio de igualdad ante la ley del tratado. En consecuencia, lo único a determinar es si esta amnistía en particular es aceptable o no. Esa determinación no es competencia de la Unión, excepto en lo que afecte a delitos en la esfera europea, que el Gobierno español se ha cuidado de excluir del borrador. Europa puede tener su opinión (me consta que cada vez más negativa) sobre los dirigentes españoles que han planteado esta amnistía por interés electoral. Pero de ahí a que Europa tenga capacidad real de actuar sobre la amnistía a través de la Comisión va un considerable trecho.

Foto: El comisario de Justicia, Didier Reynders, en el Parlamento Europeo. (EFE/EPA/Ronald Wittek)

Donde Europa tiene deber de actuación (y, por tanto, hay que exigirle responsabilidad por omisión si no lo hace) es sobre las comisiones parlamentarias de investigación sobre decisiones judiciales. En el debate del Parlamento Europeo, al comisario Reynders se le deberían haber planteado tres preguntas:

  • ¿Puede la Comisión confirmar que aunque las comisiones parlamentarias no se incluyen en la ley de amnistía (es decir, en un acto legislativo a propuesta del Gobierno) su creación en el Parlamento a instancias del partido de Gobierno constituye una medida (que puede afectar sistemática y negativamente a la integridad de las instituciones que garantizan el Estado de derecho) en el sentido del punto 4.1 de la Comunicación de 2014 sobre "Un nuevo marco de la UE para reforzar el Estado de derecho"?
  • ¿Le ha solicitado la Comisión a España que se abstenga de iniciar el proceso de investigaciones parlamentarias de decisiones judiciales mientras la Comisión determina si esa amenaza sistémica constituye un riesgo claro de violación grave del Tratado de la Unión, teniendo en cuenta que no hacerlo constituiría una "medida irreversible" en el sentido del punto 4.2 de la Comunicación de 2014?
  • Y, por último, ¿puede la Comisión confirmar que si en un plazo razonable de tres meses la Comisión no ha finalizado esta fase del proceso, hará público el contenido de sus intercambios con el Gobierno español, puesto que la Comunicación indica explícitamente que los intercambios tendrán "en principio" carácter confidencial "a fin de posibilitar una solución rápida"? Si esa solución no es rápida, no hay base para mantener la confidencialidad de los intercambios.
Foto: Reynders y Bolaños. (EFE/Olivier Hoslet)

En el debate del Parlamento Europeo, el comisario Reynders se refirió reiteradamente al informe de la Comisión sobre el Estado de derecho en España de 2023. El informe es un documento demoledor que anualmente (desde 2022) hace un listado detallado de todo lo que no funciona en el Estado de derecho de España: desde la necesidad de renovar y revisar inmediatamente (repito, no solo renovar, sino revisar inmediatamente) el procedimiento de nombramiento de los jueces para adaptarlo a los estándares europeos hasta la necesidad de separar el mandato del fiscal general del Gobierno; la falta de eficiencia y rapidez en las investigaciones y actuaciones contra la corrupción; la eliminación de los aforamientos, o el vergonzosísimo hecho de que seguimos con una ley de protección de secretos oficiales de la dictadura, y un largo etcétera.

Los informes del Estado de derecho de Reynders no suscitan la condicionalidad de los fondos europeos. La condicionalidad es un mecanismo separado (que, por cierto, fue impulsado por la vicepresidenta Nadia Calviño cuando era directora general de Presupuestos en la Comisión Europea) y solo se aplica cuando hay una amenaza directa a los intereses financieros de la Unión. Pero si el informe del Estado de derecho de la Comisión no tiene consecuencias, ¿para qué vale? Pues ahí está la pregunta que, además de las anteriores, deberían haber hecho los europarlamentarios al comisario Reynders: ¿va a hacer el comisario algo concreto con ese informe y conseguir que haya mejoras específicas en el Estado de derecho español?, ¿o nos va a repetir una vez más las mismas cosas en el informe del año que viene? Porque está fenomenal que la Comisión Europea se dedique a hacer informes sobre el Estado de derecho. Pero esos informes tienen que servir para que las cosas cambien.

En el reciente debate del Parlamento Europeo sobre el Estado de derecho, los europarlamentarios pusieron un altavoz internacional a las quejas sobre la amnistía. Pero dejaron que el representante de la Comisión, Didier Reynders, hablara solo de generalidades. A la Comisión Europea hay que exigirle que confirme con claridad el alcance de su responsabilidad sobre el cumplimiento del Estado de derecho en España.

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