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Aún hay jueces en España, incluso en Cataluña
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Francesc de Carreras

La funesta manía de escribir

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Aún hay jueces en España, incluso en Cataluña

El poder judicial es la garantía última del Estado de derecho. Y este poder judicial funciona bien en España, ejerce sus competencias mucho mejor que los demás poderes

Foto: Manifestación en Barcelona por la inmersión lingüística. (EFE/Enric Fontcuberta)
Manifestación en Barcelona por la inmersión lingüística. (EFE/Enric Fontcuberta)
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Con pocas horas de diferencia, ha podido comprobarse esta misma semana la importancia de la división de poderes, que básicamente consiste en el control político o jurídico entre los mismos. Hablamos del cese de la directora del CNI y del auto judicial que acaba con la política de inmersión lingüística en Cataluña. Como sabemos desde fines del siglo XVIII, en las democracias parlamentarias se gobierna mediante un sistema de pesos y contrapesos, de 'checks and balances', para evitar el predominio de un poder sobre otro, como sucedía en las monarquías absolutas con el supremo poder del rey.

En nuestras democracias, las mayorías parlamentarias salidas de unas elecciones no pueden aplastar a las minorías, deben respetarlas y contar con su opinión, dialogar con ellas; se ha de posibilitar que en el futuro puedan convertirse en mayorías. Así están configuradas las democracias parlamentarias al contrario de las populistas.

El problema institucional de España, al menos desde la moción de censura de 2018, reside en que los controles políticos han dejado de funcionar, es decir, la incoherente mayoría del Congreso que arropa al Gobierno impone sus decisiones sin diálogo con los demás partidos y gobierna sustancialmente por decreto-ley, sin darse las condiciones que la Constitución prescribe para utilizar este tipo de normas.

Foto: La ministra de Defensa, Margarita Robles. (EFE/Emilio Naranjo)

La Constitución, en esta y otras cuestiones, se ve constantemente desbordada. Pero, si los controles entre Parlamento y Gobierno han dejado de funcionar, hay otro poder que, por fortuna, aún actúa de forma constitucionalmente satisfactoria y, en casos límites, salva el sistema: es el poder judicial, es decir, los jueces y magistrados que actúan solo atenidos a la ley, al ordenamiento jurídico, con independencia de las razones partidistas de oportunidad y conveniencia.

Quizás es un triste consuelo que ello sea así. Los jueces tienen poderes limitados y son órganos pasivos. Pero, en muchos casos, si alguien legitimado les plantea sus demandas, sirven de salvavidas al que agarrarse cuando el navío, dirigido por los órganos políticos del Estado, se está yendo a pique al desviarse de sus finalidades constitucionales. El poder judicial es la garantía última del Estado de derecho. Y este poder judicial funciona bien en España, ejerce sus competencias mucho mejor que los demás poderes.

Empezábamos con una referencia al contraste entre dos casos sucedidos esta misma semana. El primero es el escándalo en torno al cese de la directora del CNI, un caso que sería anecdótico, una decisión política más, si no fuera porque responde, como todos sabemos, a una exigencia de los partidos contrarios a nuestro sistema constitucional. ERC, con 13 escaños, impone su criterio a pesar de que la decisión desmoraliza a los funcionarios de un órgano clave y desprestigia nuestros servicios de seguridad, sobre todo a nivel internacional. Así, poco a poco, se van erosionando los pilares de nuestro Estado, así se desborda una vez más el ámbito de la Constitución.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

Pero nos queda otro caso cuyo protagonista es el poder judicial. Me refiero al auto de la sala 5.ª del Tribunal de Justicia de Cataluña que obliga a acabar con la mal llamada "inmersión lingüística", un asunto que, a pesar de las muchas sentencias pronunciadas en su contra, los poderes legislativo y ejecutivo de la Generalitat se han negado a cumplir.

Finalmente, creo que esta anómala situación se ha resuelto en el taxativo auto. El asunto viene de lejos y la jurisprudencia ha sido constante: en la escuela, en todos sus grados, tanto el catalán como el castellano deben ser lenguas vehiculares; es decir, deben ser lenguas de uso habitual para el aprendizaje de las diversas asignaturas y para las comunicaciones internas y externas de la escuela. La proporción entre una y otra puede variar de acuerdo con la situación sociolingüística de la zona en que se encuentra. En zonas donde predomine socialmente el catalán, debería enseñarse más castellano y, en las zonas contrarias, a la inversa. Pero ambas tendencias deben aplicarse con prudencia, cordialidad y sensatez.

En definitiva, se trata de utilizar ambas lenguas como se utilizan en la sociedad catalana. Deben reflejar el bilingüismo social realmente existente. Aprender y usar lenguas no es nada difícil en la infancia y adolescencia, es algo natural. Esta doctrina se reflejó en una extensa sentencia del Tribunal Constitucional en 1994, que interpretaba, dando algunos rodeos innecesarios, la clara redacción del art. 3 de la Constitución. En sentencias posteriores, esta posición tuvo siempre continuidad.

Foto: Aula de un instituto. (EFE)

El problema era que estas sentencias no se cumplían en la legislación catalana, aún menos en la práctica, los gobiernos nacionalistas, incluido los tripartitos presididos por los socialistas Maragall y Montilla, no podían admitir el bilingüismo: Cataluña es una nación, una nación debe tener una sola lengua y menos aún debe enseñar la lengua del enemigo. El castellano, por tanto, debía ser tratado como lengua extranjera, como el inglés. Así ha sido hasta ahora. Se le ha denominado, sin razón, política de inmersión lingüística, que es otra cosa distinta. Consiste en que la lengua vehicular en la escuela, la de aprendizaje y de comunicación interna y externa, debe ser solo el catalán. ¿Por razones pedagógicas? No. Por razones políticas, para construir una nación separada de España, para que se perciba el castellano como una lengua foránea e impropia.

Desde hace como mínimo una decena de años, algunos valientes padres, agrupados últimamente en la asociación denominada Asamblea para la Escuela Bilingüe (AEB) —que se presentará en Madrid el próximo día 19, invitada por la Fundación Carlos de Amberes—, lucharon tenazmente en solitario para que los tribunales les dieran la razón al exigir el bilingüismo en la escuela. ¡Bilingüismo! No escuela en que se hablara solo en castellano. Escuela en que se hablara con naturalidad una y otra, como en la sociedad catalana.

Pues bien, conforme a la jurisprudencia previa, los tribunales les dieron la razón, la Generalitat incumplió las sentencias sistemáticamente y el Estado se inhibió del problema, excepto con la ley Wert, modificada en este punto por la nefasta ley Celaá, hoy vigente. Naturalmente, para la aprobación de esta última se necesitaba el apoyo de ERC. Pero una sentencia posterior del TSJC dictó un criterio general que estaban obligados a cumplir las administraciones catalana y estatal: en sustancia, decía que, en las escuelas, "tanto catalán como castellano" debían ser lenguas de uso en un porcentaje "mínimo" del 25%.

Foto: La portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez. (EFE/Naranjo)

El auto publicado el día 9 de este mes, en procedimiento de ejecución forzosa, exige que en un plazo de 15 días la Consejería de Educación de la Generalitat dicte las instrucciones necesarias a las escuelas para que se cumpla dicha sentencia, establezca los controles que garanticen este cumplimiento y también requiere al Estado que la Alta Inspección Educativa —órgano de su competencia— cumpla con sus funciones para que esta nueva regulación sea efectiva.

Naturalmente, los nacionalistas y Podemos han protestado diciendo que tal normativa no se va a cumplir, el PSC se ha puesto de perfil, como es habitual. Pero ahora todos saben que incumplir una sentencia tiene sus riesgos; sin ir más lejos, el expresidente Torra ha sido inhabilitado y multado, por segunda vez, en una cuestión de entidad mucho menor. Vamos a ver si la respuesta es el conflicto o el apaciguamiento. En todo caso, en contra de la inhibición de los políticos en cumplir la Constitución y las leyes, los jueces han sido coherentes con su reiterada jurisprudencia. Sin olvidar que la iniciativa ha sido de unos padres indignados y pacíficos, así como de unas instituciones de la sociedad civil que han utilizado el cauce judicial para reivindicar sus derechos. Aún hay jueces en España, incluso en Cataluña.

Con pocas horas de diferencia, ha podido comprobarse esta misma semana la importancia de la división de poderes, que básicamente consiste en el control político o jurídico entre los mismos. Hablamos del cese de la directora del CNI y del auto judicial que acaba con la política de inmersión lingüística en Cataluña. Como sabemos desde fines del siglo XVIII, en las democracias parlamentarias se gobierna mediante un sistema de pesos y contrapesos, de 'checks and balances', para evitar el predominio de un poder sobre otro, como sucedía en las monarquías absolutas con el supremo poder del rey.

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