La futura prohibición de los internamientos involuntarios de personas con discapacidad
Una ley prohibirá los ingresos en residencias de personas con discapacidad y limitará a los casos de riesgo vital los ingresos psiquiátricos por enfermedad mental. Sin dotación presupuestaria, nos enfrentamos a un grave problema social
Una persona en silla de ruedas, a 16 de julio de 2025. (EP/Eduardo Parra)
Por fin ha finalizado el año judicial que, en sus últimos coletazos, ha sido especialmente movido. La agenda judicial ha eclipsado la agenda política y, por primera vez en los siete años de Gobierno de Sánchez, el Ejecutivo ha dejado de tener el control sobre las materias de las que se habla. Esta falta de liderazgo en el relato ha llevado a que ciertas noticias hayan pasado desapercibidas, cuando, en circunstancias normales, el Gobierno habría sacado pecho del impulso de iniciativas legislativas como del Consejo de Ministros del 15 de julio, sobre la reforma de la ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Poco se sabe de la propuesta, más allá de la nota de prensa emitida por el gobierno y de algunas noticias aparecidas en La Vanguardia o medios locales y organizaciones relacionadas con el sector, como Plena Inclusión, CERMI o Autismo España, que la han acogido positivamente.
Con la discapacidad pasa como con la infancia o con los colectivos vulnerables, que es difícil estar en desacuerdo con las leyes que tratan de mejorar la vida de estas personas. Al mismo tiempo, la emotividad y el análisis epidérmico de la situación impiden profundizar en lo que verdaderamente se necesita para lograr los objetivos de inclusión tan pregonados en la Agenda 2030. El discurso público está plagado de tópicos y de lugares comunes en los que la mínima discrepancia es interpretada como falta de sensibilidad. Incluso a los padres de personas con discapacidad se les dice qué tienen que sentir y cómo tienen que tratar a sus hijos. Eso sí: a la hora de promover el respiro familiar, la atención individualizada de la persona con discapacidad o el cuidado del cuidador, la familia está sola.
El tercer sector se ha mostrado tan favorable como cauto con la propuesta. No será la primera vez en la que se promete que las reformas legales supondrán un cambio sustancial en la vida de las personas con discapacidad para luego darse de bruces contra el muro de la infradotación presupuestaria.
Un gobierno que lleva sin presentar unos Presupuestos Generales del Estado desde que en noviembre de 2022 se aprobaran en el Congreso (de los Diputados) los de 2023 y que ya va por dos prórrogas, poco puede innovar. Para poder acometer reformas sociales tendría que desvestir un muñeco para vestir este y son muchos los agujeros por los que se marcha el dinero público como para priorizar algo que, tras los golpes de pecho y las carreras solidarias, honestamente, solo importa a quien lo sufre, en las propias carnes o en las de sus familiares.
La reforma, sobre el papel, parece bastante positiva. No obstante, de la nota del gobierno y de las noticias aparecidas en prensa, hay una NOVEDAD preocupante: la introducción del artículo 13 bis de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia que prohíbe expresamente los internamientos involuntarios por razón de discapacidad, excepto en urgencias vitales que pongan en peligro la vida del paciente o de terceros. En este último caso, excepcionalmente, se seguirá lo establecido en la ley de Enjuiciamiento Civil (internamiento forzoso), pero dejando constancia escrita del motivo, las alternativas exploradas y la información proporcionada al paciente. Se justifica la reforma en el hecho de que España ha sido reprendida por la ONU por vulnerar los derechos de las personas con discapacidad permitiendo los internamientos involuntarios.
Mi experiencia en materia de internamientos psiquiátricos es lo suficientemente extensa -tanto en primera como en segunda instancia- como para afirmar que este proceso quizá sea uno de los procedimientos judiciales con mayores garantías que existen en nuestra legislación. Por eso, es faltar a la verdad deslizar la idea de que los internamientos involuntarios que se realizan en este país son arbitrarios, excesivos e inadecuados. Al contrario. Quienes tratamos de forma cotidiana con la enfermedad mental sabemos que desde la pandemia se han disparado las consultas por trastorno psíquico y el servicio público de salud mental no da más de sí. Con primeras citas en consulta a más de seis meses, el psiquiatra de urgencias es, a menudo, el primer médico que atiende brotes psicóticos o suministra medicamentos de rescate en quienes, por falta de atención, han visto convertido un episodio depresivo en una depresión más profunda o en un intento autolítico. Los hospitales públicos administran con cuentagotas cada cama, hasta el punto de que, en ocasiones, se ven obligados a dar altas antes de tiempo para atender casos más graves.
¿Qué excepción plantea la ley? El riesgo vital del paciente o de terceros, lo que excluye el ingreso de enfermos mentales con escasa adherencia al tratamiento que, sin tener impulsos suicidas ni de agresividad contra familiares, van empeorando progresivamente por falta de medicación. También se excluye cualquier ingreso involuntario de personas con discapacidad psíquica (residencias asistenciales). Únicamente podrá ingresarse a quien preste válidamente su consentimiento.
Llevamos unos cuantos años observando como la ideología transforma la realidad. La física, la biología y el resto de ciencias experimentales han dejado de ser ciencia para entrar en el terreno de la opinión. Por tanto, si una ley dice que las personas con discapacidad psíquica tienen plena capacidad de obrar, eso es así, aunque la persona con discapacidad esté conectada a un respirador, postrada en una silla de ruedas y no pueda expresarse ni siquiera a través de pictogramas. Qué sabrán sus familiares, sus neurólogos o los jueces. Por eso, cuando la ley dice que se necesitará el consentimiento de estas personas, una de dos, o no se podrá ingresar en una residencia a nadie que esté afectado de una grave discapacidad, ya que no puede consentir expresamente, o se hace la ficción de que, como no se levanta y grita protestando, es que está de acuerdo.
Detrás de las reformas buenistas que niegan la discapacidad igualando verbal y conceptualmente a la persona afectada de una discapacidad psíquica con los neurotípicos subyace una gran desprotección. Tener en consideración la diferencia y tratarla para salvarla no es vulnerar los derechos de la persona con discapacidad, sino protegerla e integrarla. No hablar de la discapacidad y hacer como que no existe –e, incluso, perseguir a quien ose remarcarla– deja a la persona en una situación de extrema vulnerabilidad, donde se respeta su hipotética autonomía y voluntad dejándola a merced de un mundo hostil con la discapacidad.
En el otro lado, las familias. A diario trato con madres ancianas que viven con hijos con graves enfermedades mentales, que, pese a ser maltratadas por ellos, se niegan a denunciarles, conscientes de que, si se dicta una orden de alejamiento a su favor, el hijo quedará desprotegido, dada la escasez de recursos sociales alternativos. Acuden a mí esposas y esposos, hijos e hijas cuidadores de su cónyuge o progenitor enfermo de Alzheimer, muchos de ellos en edades en las que, más que cuidar, tienen que ser cuidados. La discapacidad es soportada por las espaldas de las familias, ante recursos sociales insuficientes, hasta que consiguen plaza en una residencia que provea el cuidado constante que necesita su ser querido. Con la reforma que pretende impulsarse, se prohibirán los ingresos asistenciales –residencias de personas con discapacidad– y se limitarán los psiquiátricos a episodios de peligro vital –ingresos hospitalarios en unidades de agudos o corta estancia–. La comisionada de Salud Mental del Ministerio de Sanidad, Belén González, asegura que hay dinero para alternativas como la hospitalización domiciliaria, casas de crisis y los pisos tutelados. Olvida que, para cualquiera de esas intervenciones, es imprescindible en muchísimos casos la utilización de la coerción física proporcionada y supervisada judicialmente ya que, al igual que alguien no quiere medicarse, no tiene por qué consentir en vivir en "casas de crisis" o en pisos tutelados. Y si no consiente, ¿qué?.
Me temo –y espero– que, como en tantas otras ocasiones, estemos ante un cambio de nombre y una operación de maquillaje sin calado. De otra forma, nos enfrentamos a un grave problema social si se cumple el proyecto de ley en sus propios términos.
Por fin ha finalizado el año judicial que, en sus últimos coletazos, ha sido especialmente movido. La agenda judicial ha eclipsado la agenda política y, por primera vez en los siete años de Gobierno de Sánchez, el Ejecutivo ha dejado de tener el control sobre las materias de las que se habla. Esta falta de liderazgo en el relato ha llevado a que ciertas noticias hayan pasado desapercibidas, cuando, en circunstancias normales, el Gobierno habría sacado pecho del impulso de iniciativas legislativas como del Consejo de Ministros del 15 de julio, sobre la reforma de la ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Poco se sabe de la propuesta, más allá de la nota de prensa emitida por el gobierno y de algunas noticias aparecidas en La Vanguardia o medios locales y organizaciones relacionadas con el sector, como Plena Inclusión, CERMI o Autismo España, que la han acogido positivamente.