Emulando humildemente al ilustre jurista y catedrático italiano, pretendo que se reconozca el papel de los fiscales en el engranaje democrático de la administración de justicia, eliminando el ruido que ensordece y vilipendia su función
El fiscal general, Álvaro García Ortiz. (EFE/ J.J. Guillén)
Las 20.00 horas de un domingo. La fiscal M. se presenta con la policía judicial en una residencia de personas mayores de su destacamento para llevar a cabo una inspección sorpresa: le han transmitido quejas de familiares de algunos de los internos. Al llegar, se encuentra el panorama que esperaba: personas atadas a las sillas, insulina almacenada en una nevera que no enfría, suciedad y alimentos caducados. La fiscal ordena a la Guardia Civil levantar atestado. Va a emprender acciones penales e instar a la Consejería de Asuntos Sociales el cierre de la residencia. También han llamado al SAMUR para que examine a los ancianos, algunos de los cuales son trasladados al hospital.
El fiscal R. recibe la visita de una mujer que le dice que no puede controlar a su padre. Vive solo desde que enviudó y no permite a nadie entrar en la casa, ni siquiera a la trabajadora social del Ayuntamiento. Está asustada porque su padre es diabético y cree que no se alimenta correctamente. Fue diagnosticado de deterioro cognitivo hace tres años, pero no acude a las revisiones. Tiene miedo de que se deje abierto el gas o de que coja alguna infección, ya que tiene la casa llena de basura. El fiscal presenta una demanda urgente de adopción de medidas judiciales de apoyo, con una medida cautelar de internamiento urgente en residencia.
Redada en un local de copas de un barrio de la periferia que se salda con ocho detenidos y otros dos más en otra ciudad por un presunto delito de trata de seres humanos. Las víctimas están siendo atendidas en el hospital. Es importante que declaren de forma segura, que sean protegidas sus identidades y que no tengan que volver a hacerlo más adelante. La fiscal S., de la Unidad de Trata de Personas y Extranjería, ha solicitado a la jueza de instrucción encargada del caso que se preconstituya prueba con la declaración de las víctimas, dándoles el estatuto de testigo protegido. También ha oficiado a los servicios sociales para que les procuren un alojamiento seguro, ropa y alimentos.
Guardia de un juzgado de periferia de gran ciudad. El fiscal de guardia asiste a las declaraciones de los detenidos por una pelea y les interroga. El médico forense ha elaborado un informe inicial en el que consta que la puñalada recibida por uno de los heridos iba dirigida al pecho, pero la víctima consiguió cambiar la trayectoria del golpe y fue herida en la cara interior del brazo. Tanto el juez como el fiscal ven una posible tentativa de homicidio. El fiscal pide en comparecencia prisión provisional para el autor de la puñalada como medida cautelar. No hay acusación popular ni particular, por lo que, si no lo pide, el juez no puede acordar ninguna medida privativa de libertad.
Juzgado de violencia sobre la mujer. Un detenido es investigado por agresión a su pareja en presencia de los hijos menores. En el atestado policial que acompaña a la detención, los agentes intervinientes hicieron constar que los niños estaban sucios y malnutridos. El más pequeño llevaba un pañal que no había sido cambiado en días y tenía la piel en carne viva. Tras la declaración de testigos, víctima y victimario, la fiscal C. solicita la adopción de una orden de alejamiento para la mujer, así como medidas de protección específicas para menores, instando la retirada cautelar de la guarda y custodia a los padres y la entrega de los menores en acogida de la abuela materna. Ha puesto en conocimiento de la comunidad autónoma la situación para que inicie expediente de desamparo.
Todos estos casos son reales, aunque con algunas licencias literarias que impiden la identificación de las personas implicadas. Los fiscales Antonio Ruiz-Risueño Riera y Juan Hernández Villalba se refieren al Ministerio Fiscal en la contraportada del libro "What the F.A.Q. es un fiscal?", editado por Aranzadi: «No es un órgano fácil de definir. A veces se parece a un ornitorrinco, un mamífero que pone huevos, es venenoso, tiene pico de pato, cola de castor y patas de nutria». La figura del fiscal ha sido tradicionalmente muy desconocida para el gran público, aunque el juicio al Fiscal General del Estado haya hecho tristemente famosa esta institución. Este juicio la ha fracturado mortalmente; sus integrantes están enfrentados y polarizados. Los fiscales "de trinchera", los que arrastran la toga de juzgado en juzgado y de guardia en guardia, se muestran entre indignados, enfadados y avergonzados. Mientras el país debate dividido sobre el juicio al Fiscal General, ellos siguen sosteniendo cada día la dignidad de la justicia en silencio y sin medios.
La semana pasada dediqué mi columna a analizar cómo la desinformación está enturbiando el juicio a Álvaro García Ortiz, intentando desgranar cuáles son los delitos que se le imputan y en qué indicios se ha basado el auto de apertura del juicio oral para sentar en el banquillo a la más alta autoridad de la fiscalía. Hoy, sin embargo, quiero partir una lanza por los 2.808 fiscales españoles ("fiscalas" en su mayoría, un 66 %).
En 1935, Piero Calamandrei escribió el ensayo "Elogio de los jueces escrito por un abogado". En él reflexiona sobre la figura del juez, el ejercicio de la justicia y las complejas relaciones entre jueces y abogados. Emulando humildemente al ilustre jurista y catedrático italiano, pretendo que se reconozca el papel de los fiscales en el engranaje democrático de la administración de justicia, eliminando el ruido que ensordece y vilipendia su función.
Para ser fiscal es necesario aprobar la oposición a judicaturas, puesto que jueces y fiscales compartimos temario y prueba de acceso. Solo cuando se ha superado el último examen de oposición hay que decidir si acceder a la Escuela Judicial o al Centro de Estudios Jurídicos para ser juez o fiscal. Tenemos el mismo sueldo y el mismo régimen de incompatibilidades. De hecho, todos somos "señorías" y llevamos en las togas escudos y puñetas similares. Esta equiparación no es baladí: el Ministerio Fiscal se encuentra previsto en el Título VI de la Constitución, que regula "El Poder Judicial", en su artículo 124, y aunque no es parte de este poder, su función consiste en promover la acción de la Justicia y velar por la legalidad y la independencia de los tribunales.
La función más conocida del Ministerio Público es la de formular acusación pública en nombre del Estado contra quienes supuestamente han cometido un delito. Si no hay acusación del fiscal y no hay acusación particular y/o popular, el juez está obligado a archivar el caso. En los delitos cometidos por menores de 18 y mayores de 14, el fiscal actúa como instructor para presentar al juez de menores el caso ya investigado para su enjuiciamiento.
Además de ejercer la acusación pública, la Constitución y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal les atribuyen funciones de defensa de la legalidad en todo tipo de procesos, como una garantía adicional a la acción de los jueces y del resto de operadores jurídicos. El fiscal es parte, puede recurrir la decisión del juez, proponer prueba, instar acciones y, en definitiva, actuar con autonomía en el proceso. También tiene encomendada la función de garantizar la independencia judicial, velando porque ningún poder externo interfiera en el normal ejercicio de la jurisdicción. Y quizá la función más desconocida sea la de su intervención en defensa de los derechos de los colectivos más vulnerables, como menores, personas con discapacidad o víctimas de determinados delitos.
En mis más de dos décadas trabajando codo con codo con fiscales, puedo decir que, al igual que los jueces, hay fiscales malos, buenos y muy buenos. Yo he tenido la gran suerte de contar con profesionales rigurosos, que se dejan la piel en su trabajo. La mayoría desearía que el Fiscal General del Estado, del que dependen jerárquicamente, fuera elegido de forma más transparente y desvinculada del ejecutivo y que se dotara de mayor autonomía e independencia a la institución y que el Consejo Fiscal –elegido en parte por los fiscales– tuviera mayor control sobre el Fiscal General. Como ciudadanos, están tan preocupados como el resto con el juicio a García Ortiz. Mientras, siguen ahí, en las guardias, en los juzgados, en las residencias ejerciendo un papel constitucional. Mantengamos nuestra confianza en la Fiscalía. Que las peleas de poder de unos pocos no enturbie el trabajo de la mayoría.
Las 20.00 horas de un domingo. La fiscal M. se presenta con la policía judicial en una residencia de personas mayores de su destacamento para llevar a cabo una inspección sorpresa: le han transmitido quejas de familiares de algunos de los internos. Al llegar, se encuentra el panorama que esperaba: personas atadas a las sillas, insulina almacenada en una nevera que no enfría, suciedad y alimentos caducados. La fiscal ordena a la Guardia Civil levantar atestado. Va a emprender acciones penales e instar a la Consejería de Asuntos Sociales el cierre de la residencia. También han llamado al SAMUR para que examine a los ancianos, algunos de los cuales son trasladados al hospital.