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El jurado de José Bretón
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Javier Caraballo

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El jurado de José Bretón

Si alguien quisiera ridiculizar frívolamente a la Justicia española, sólo tendría que detenerse un momento en algunos de los detalles del caso que ha comenzado a

Si alguien quisiera ridiculizar frívolamente a la Justicia española, sólo tendría que detenerse un momento en algunos de los detalles del caso que ha comenzado a juzgarse en Córdoba contra ese tipo de mirada fría, perdida, obnubilada, que se llama José Bretón y al que toda España conoce porque está acusado de matar a sus dos hijos pequeños para vengarse de su exmujer. Pues eso, quién iba a decir que un tipo así, sobre el que pesa la sospecha de haber matado a sus hijos con la mayor crueldad, ha sido recientemente juzgado y absuelto de malos tratos a su hijo pequeño. Cualquiera pensará lo mismo: pero, vamos a ver, ¿cómo diablos se juzga por ‘malos tratos’ a alguien acusado de dormir a sus hijos, matarlos, incinerar sus cadáveres y que luego, con toda frialdad, es capaz de simular, compungido, ante la Policía que sus hijos se habían perdido en un parque mientras jugaban? ¿Y qué pasa si ahora lo condenan, que en su historia penal aparecerá que es culpable de haber matado a sus hijos pero inocente de haberlos maltratado? ¿No es sencillamente ridículo?

Pues sí, pero eso es lo que ha ocurrido, y ver a Bretón sentado en el banquillo hace dos meses, mientras se discutía si le pegó o no una bofetada a su hijo, era, por lo menos, un espectáculo chocante. Pero así de garantista y procedimental es la Justicia, en general; y así de enrevesada es la Justicia española, en particular. A Bretón lo denunciaron por darle un bofetón a su hijo en un centro comercial y la denuncia siguió su curso normal, con independencia de que más tarde llegara la desaparición y presunta muerte de sus hijos.

Es curioso pero, por lo general, cuando se suscitan este tipo de controversias relativas a los procedimientos y las garantías judiciales, en España se suele descalificar cruelmente a la Justicia por los excesivos tecnicismos, y, sin embargo, ante casos como el presente de José Bretón se recela igualmente de la Justicia por lo contrario, por encomendarle a un jurado la misión de juzgar un caso tan complejo sin los conocimientos más elementales sobre Derecho penal. 

Parece como si la vista oral que se celebra en Córdoba lo que tuviera que enjuiciar, antes que nada, es la independencia del jurado y el criterio mismo de esas personas para emitir un veredicto

Desde luego, en lo de la inexperiencia hay poco que objetar porque, por ejemplo, si a cualquiera de los miembros del jurado, o a nosotros mismos, se nos preguntara si consideramos que los hechos que se le imputan a Bretón, de ser probados, lo convertirían en un asesino, estoy convencido de que la inmensa mayoría asentiría. ¿Cómo no va a ser condenado por asesinato un tipo que secuestra, mata e incinera a sus dos hijos pequeños? Pues no. No es así porque lo ocurrido, lo que presuntamente ha ocurrido, no reúne los requisitos penales que delimitan el asesinato, y que deben incluir, según el Código Penal, que las muertes se hayan realizado con alevosía, por precio, recompensa o promesa o con ensañamiento. Distintos expertos sostienen que, descartados los dos últimos supuestos, y sin un relato preciso de cómo pudieron ocurrir las muertes, será difícil probar la alevosía, con lo que estaríamos ante un supuesto de asesinato. Para más enredo, la propia Ley del Jurado precisa entre las competencias de un jurado popular el homicidio, de forma genérica, en los que incluye algunos tipos de asesinato, pero no todos, por ejemplo en los que puedan concurrir otros delitos como la violación, como ya se vio en el caso de Marta del Castillo.

Desde las diferencias entre asesinato y homicidio, elementales en Derecho Penal, hasta la compleja comprensión de las atribuciones de un jurado o el propio procedimiento que se sigue para la “determinación del objeto del veredicto” (cualquier interesado que repase el artículo 52 de la Ley Orgánica 5/1995 se sorprenderá), es normal que el jurado haya estado rodeado de polémica en España desde que se aprobó la ley correspondiente, en cumplimiento de un mandato expreso de la Constitución Española, artículo 125: “Los ciudadanos podrán participar en la administración de Justicia mediante la institución del Jurado”. Pero una cosa es que, a la vista de la experiencia adquirida, sea conveniente que en España se analice qué ha funcionado y qué se debe modificar de la Ley del Jurado aprobada, y otra cuestión muy distinta es que se descalifique por completo al jurado. Y eso es lo que, por lo que se ve, está ocurriendo en este caso.

Es que, si se paran a oír, parece como si la vista oral que se celebra en Córdoba lo que tuviera que enjuiciar, antes que nada, es la independencia del jurado y el criterio mismo de esas personas para emitir un veredicto. “Sobre todo, en un caso tan mediático, tan contaminado, como el de José Bretón”, como se suele añadir siempre para, a continuación, recordar lo ocurrido con el juicio de Rocío Wanninkhof, con el veredicto de culpabilidad que emitió un jurado popular hasta que se demostró el inmenso error cometido cuando apareció el verdadero culpable en la investigación de otro crimen distinto. 

El caso Wanninkhof fue una atrocidad, ciertamente, pero no fue el jurado el único ni el principal culpable de aquella atrocidad. El jurado, en aquel caso, fue el último eslabón, el eslabón más débil, incluso, de una cadena de errores brutales que comenzó por los investigadores policiales, siguió con los medios de comunicación y acabó con la sociedad. El caso Wanninkhof fue un linchamiento social para culpar a una mujer; el caso Wanninkhof, en fin, fue una vergüenza policial, judicial, periodística y social que, tanto tiempo después, aún no se ha reconocido así. Ni siquiera, incluso, parece en muchas ocasiones que se haya aprendido lección alguna de todo aquello, y que los agitadores de juicios paralelos siguen desatados. 

Aun así, el caso Bretón nada tiene que ver con lo ocurrido entonces. Se puede y se debe revisar la ley del jurado y se puede y se deben denunciar los juicios paralelos y las condenas anticipadas, pero no mezclemos dos procesos judiciales que nada tienen que ver. Desconfiar del jurado del caso Bretón es otro juicio paralelo. Y ya nos vale.

Si alguien quisiera ridiculizar frívolamente a la Justicia española, sólo tendría que detenerse un momento en algunos de los detalles del caso que ha comenzado a juzgarse en Córdoba contra ese tipo de mirada fría, perdida, obnubilada, que se llama José Bretón y al que toda España conoce porque está acusado de matar a sus dos hijos pequeños para vengarse de su exmujer. Pues eso, quién iba a decir que un tipo así, sobre el que pesa la sospecha de haber matado a sus hijos con la mayor crueldad, ha sido recientemente juzgado y absuelto de malos tratos a su hijo pequeño. Cualquiera pensará lo mismo: pero, vamos a ver, ¿cómo diablos se juzga por ‘malos tratos’ a alguien acusado de dormir a sus hijos, matarlos, incinerar sus cadáveres y que luego, con toda frialdad, es capaz de simular, compungido, ante la Policía que sus hijos se habían perdido en un parque mientras jugaban? ¿Y qué pasa si ahora lo condenan, que en su historia penal aparecerá que es culpable de haber matado a sus hijos pero inocente de haberlos maltratado? ¿No es sencillamente ridículo?

José Bretón