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La Infanta, la Inquisición y la Agencia Tributaria: vuelve Torquemada
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Carlos Sánchez

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La Infanta, la Inquisición y la Agencia Tributaria: vuelve Torquemada

La abogada del Estado tiene razón. La defensa del erario público corresponde en exclusiva al Estado. No a la acusación particular. De lo contrario, se estaría dando carta de naturaleza a intereses espurios

Foto: La infanta Cristina, en el banquillo de los acusados. (EFE)
La infanta Cristina, en el banquillo de los acusados. (EFE)

No es fácil frenar a la marabunta cuando se empecina en seguir avanzando en modo pánico. Y menos si se trata de una infanta de España. El pueblo, legítimamente, está más que cabreado con una arquitectura institucional no solo cuarteada por tanta corrupción, sino agujereada por años de desdén en los que valía casi todo. No es de extrañar, por eso, que muchos ciudadanos hayan decidido tirar por la calle de en medio y estén dispuestos a arrojar por la ventana el agua sucia de la palangana con el niño dentro en lugar de hacer lo que 'a priori' parece más razonable, y que no es otra cosa que separar el grano de la paja. O el agua sucia de la limpia para evitar infecciones.

Esta actitud puede ser comprensible para quien no tiene nada que perder o lo ha perdido todo o casi todo en la crisis. Pero resulta insólita cuando en aras de condenar a la Infanta -cuya renuncia a los derechos dinásticos es algo más que una necesidad- se pisotea el sentido común. Y lo que es todavía peor. Muchos ciudadanos que se suponen ilustrados parecen dispuestos a aceptar leyes que cuando les afectan a ellos directamente son vilipendiadas por injustas y arbitrarias, pero que cuando se aplican sobre otros son una bendición. Una especie de ley del embudo muy típica de naciones que funcionan a base de testosterona, aunque sea intelectual.

A muchos les ha asombrado que la abogada del Estado Dolores Ripoll haya argumentado en el juicio de Palmaque el célebre eslogan 'Hacienda somos todos' sea simplemente un reclamo publicitario y no una frase con contenido jurídico. Algo que parece más que evidente aunque el juez Castrosostuviera en su día lo contrario tomando el rábano por las hojas. Pero lo que verdaderamente sorprende aún más es que la letrada que defiende a la Agencia Tributaria en el juicio haya sido criticada con dureza por reclamar (aunque sea de forma indirecta) la expulsión del juicio de la acusación popular, ejercida, como se sabe, por Manos Limpias, lo que en la práctica hubiera sido lo mismo que exculpar a la Infanta, ya que ese extraño sindicato sin sindicalistas es la única acusación.

¿Hacienda somos todos?

Lo curioso es que pocos han atendido sus argumentos -sin duda, porque no interesan-, que son demoledores desde el punto de vista jurídico. Y que pretenden garantizar que en el proceso penal se cuelen indeseables cuando se trata de asuntos relacionados con la Hacienda pública. ¿O es que cualquier ciudadano puede husmear en el patrimonio privado de un imputado simplemente con presentarse como acusación popular?

Con fines espurios

Argumenta la Abogacía del Estado que “no existe la acusación pública en materia tributaria”. Y no le falta razón. Entre otras cosas porque, de lo contrario, el Estado de derecho aceptaría que por intereses espurios cualquiera pueda personarse en un procedimiento penal en materia fiscal sin tener nada que ver con el asunto. Imaginemos que la Agencia Tributaria abre un procedimiento penal contra una empresa por fraude fiscal y su competidora, para tener acceso a información confidencial, se persona como acusación particular argumentando el sacrosanto principio de que 'Hacienda somos todos'. Parece evidente que ningún magistrado lo aceptaría. Y de hecho algunas sentencias del Tribunal Supremo han advertido de que en muchas ocasiones se ha utilizado la figura de la acusación popular -protegida por la Constitución- con fines espurios.

O imaginemos que usted tiene un problema con Hacienda y le abren un proceso por delito fiscal. ¿Le gustaría que su vecino, que no tiene ni arte ni parte en el procedimiento, pudiera formar parte de la acusación con solo presentar un aval? No parece muy razonable. En un Estado de derecho, como sostiene la abogada Ripoll, en los perjuicios contra el erario público -no otro tipo de delitos, que sí deben permanecer para la acusación popular-, el monopolio de la función acusadora corresponde en exclusiva a la Abogacía del Estado.

Esto no es, de ninguna manera, vaciar de contenido la Constitución (el artículo 125 garantiza el acceso de los ciudadanos a la acusación popular) ni pone en solfa la ley de enjuiciamiento criminal, toda vez que la legislación ya ha dado un carácter restrictivo -o tasado- a la práctica de la acción popular, que se circunscribe al proceso penal, salvo en los casos de delitos privados, pero excluyendo de forma expresa, por ejemplo, los delitos en el ámbito de la justicia militar. ¿O es que el juez Castro entiende que el Ejército no representa a todos los españoles?

El ordenamiento jurídico, incluso, prohíbe de forma taxativa a los extranjeros ejercer la acusación particular, lo cual choca contra un mundo globalizado. ¿Por qué alguien que vive y paga impuestos en España no se va a poder personar en un procedimiento penal? ¿Es que a los extranjeros radicados fiscalmente en España no les afectan los ingresos públicos?

Uso y abuso

El abuso por parte de algunas acusaciones populares de la legitimidad que les garantiza la Constitución no es nada original. En los años ochenta, cuando comenzaron a aflorar los primeros casos de corrupción política ya en democracia, empezaron a pulular por el universo mediático verdaderos gánsteres (unos eran presuntos constructores, otros infames abogados y algunos taimados empresarios) que aprovechándose de la ausencia de jurisprudencia crearon una auténtica industria de la intimidación judicial: o pasas por caja o me querello.

El hecho de que para ejercer la acusación popular se exija una fianza es para evitar querellas temerarias, una práctica muy extendida en algunos tugurios

Esos sujetos, en muchos casos, fueron financiados por los propios partidos políticos, que para mancillar la honra del adversario financiaban la presentación de querellas con el único objetivo de tener acceso a la información y filtrarla de forma convenientea periodistas amigos capaces de matar por un falso 'scoop'. ¿O es que la declaración de la renta de Esperanza Aguirre -u otros papeles que nunca debieron salir del ámbito judicial- ha caído del cielo?

El hecho de que para ejercer la acusación popular se exija una fianza es, precisamente, para evitar querellas temerarias o intimidatorias, una práctica muy extendida en algunos tugurios ideológicos. Como sostiene una sentencia del Supremo, “la acción populares una concesión a la participación del pueblo en la Justicia; no a la participación de más poderes en la Justicia”. Es decir, que, incluso, se restringe la participación de las administraciones públicas en la acusación popular.

La abogada del Estado Ripoll lo puso negro sobre blanco en el juicio. Las acusaciones populares se mueven en demasiadas ocasiones por un motivo “partidista, corporativo o clientelar”. Nada que objetar. Lo verdaderamente lamentable es que algunas acusaciones particulares absolutamente legítimas, ahí está la lúcida actuación de UPyD en el caso Bankia, y que han ejercido la acusación por ausencia de celo de la Fiscalía, paguen el pato de quienes buscan intereses muy distintos a los que persigue la justicia.

La legislación española ha creado un monstruo a partir de una Constitución bien intencionada. Pero para que esos fines se puedan cumplir -la justicia emana del pueblo- es necesario poner límites que impidan el uso ilegítimo de esa figura. De lo contrario, algún día alguien se acordará del célebre poema de Martin Niemöller: "Primero se llevaron a los comunistas...”.

No es fácil frenar a la marabunta cuando se empecina en seguir avanzando en modo pánico. Y menos si se trata de una infanta de España. El pueblo, legítimamente, está más que cabreado con una arquitectura institucional no solo cuarteada por tanta corrupción, sino agujereada por años de desdén en los que valía casi todo. No es de extrañar, por eso, que muchos ciudadanos hayan decidido tirar por la calle de en medio y estén dispuestos a arrojar por la ventana el agua sucia de la palangana con el niño dentro en lugar de hacer lo que 'a priori' parece más razonable, y que no es otra cosa que separar el grano de la paja. O el agua sucia de la limpia para evitar infecciones.

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