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Bankia, atraco perfecto a todos los contribuyentes
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Carlos Sánchez

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Bankia, atraco perfecto a todos los contribuyentes

La decisión de Bankia la pagarán todos los contribuyentes. El Estado ha renunciado a seguir pleiteando, lo que abre una peligrosa vía judicial para futuros contenciosos

Foto: Un fotograma de 'Atraco perfecto' (1956, Stanley Kubrick)
Un fotograma de 'Atraco perfecto' (1956, Stanley Kubrick)

Al final va a tener razón la exministra Carmen Calvo cuando dijo aquello -ella lo niega- de que el dinero público no es de nadie. Desde luego, no parece ser del actual Gobierno en funciones ni de los directivos de Bankia ni, por supuesto, del ministro de Economía, Luis de Guindos, responsable del funcionamiento del FROB y de sus sociedades participadas. Y menos aún de nueve de los magistrados de la Sala Civil del Supremo.

[Lea aquí: 'Iberdrola lleva a juicio al Estado por las pérdidas en la salida a bolsa de Bankia']

Es verdaderamente singular que un Ejecutivo de transición pueda renunciar a seguir pleiteando contrato a contrato -¿o es que todos los accionistas de Bankia tenían el mismo conocimiento financiero?- para salvar lo que se pueda del dinero de los contribuyentes. La factura rondará los 1.500 millones de euros.

La sorpresa es todavía mayor si se tiene en cuenta que la ronda del fiasco de Bankia la paga exclusivamente el Estado y no el resto de los corresponsables de la operación, lo cual dejará con cara de tontos a millones de ciudadanos que pagan sus impuestos.

Sobre todo quienes hayan leído un reciente dictamen del Consejo de Estado -encargado de hacer informes para el consumo exclusivo del Gobierno-, que ha exonerado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), al Banco de España, al propio FROB y al Ministerio de Economía de cualquier responsabilidad patrimonial en la salida a bolsa de Bankia. Ahora pueden entenderse las prisas de Economía y de Bankia por dar carpetazo al asunto. O la negativa a crear en su día una comisión de investigación en el Parlamento sobre todo lo que sucedió en la salida a bolsa. Siempre es mejor encontrar un chivo expiatorio al que echar la culpa.

Es singular que un Ejecutivo de transición pueda renunciar a seguir pleiteando contrato a contrato para salvar lo que se pueda del dinero del contribuyente

Es verdad, como sostiene el Consejo de Estado, que el Banco de España determinó que todas las entidades que se iban a integrar en el Sistema de Protección Institucional (SIP) que dio lugar a Bankia “tenían un carácter sólido”. Pero no es menos cierto, sugiere el dictamen, que los perjuicios causados por la salida a bolsa “se hubieran producido, siempre y en todo caso, en el escenario alternativo de liquidación mercantil". Es decir, de haberse producido el concurso de acreedores. Su conclusión es clara: no hay "responsabilidad concurrente y solidaria" de ninguna de esas entidades por los daños causados a los accionistas de Bankia.

No estará de más recordar, además, que en las páginas 321 y 322 del célebre folleto de salida a bolsa y bajo el epígrafe 'Personas responsables' de su veracidad se cita al exconsejero delegado de Bankia Francisco Verdú, pero también a las entidades coordinadoras globales y directoras. A saber: Deustche Bank, JP Morgan, Merril Lynch, el banco suizo UBS, además de las entidades para inversores cualificados: Barclays, BNP Paribas y Santander.

Declaración de parte

Estamos ante el mismo folleto -con un lenguaje un tanto enrevesado- que dice (sic) que todos y cada uno de los firmantes declaran “que han efectuado las comprobaciones que, razonablemente, según criterios de mercado comúnmente aceptados, han sido necesarios para contrastar que la información contenida en la presente Nota sobre las Acciones relativa a los términos y condiciones de la Oferta y los Derechos y obligaciones de las acciones objeto de la Oferta no es falsa, ni se omiten datos relevantes requeridos por la legislación aplicable”. Caben dos posibilidades: o el Estado es muy generoso y apechuga con el coste de la ruinosa fiesta (menos mal que en el caso de las autopistas de peaje está peleando como gato panza arriba) o, por el contrario, estudia una demanda civil contra esas entidades que dieron por buenas las cuentas.

Merece la pena, en este sentido, traer a colación un reciente artículo de Manuel Conthe en el que se recuerdan algunas inexactitudes de las recientes sentencias del Supremo y de varias audiencias provinciales, y que pese a su incongruencia han sido dadas sin más por buenas. Probablemente, porque el Estado, en este asunto, ha pleiteado arrastrando los pies, hasta el punto de que Bankia ya había anunciado mucho antes de la sentencia que había provisionado un fallo en contra.

O el Estado es muy generoso y apechuga con el coste de la ruinosa fiesta o estudia una demanda civil contra esas entidades que dieron por buenas las cuentas

Conthe enumera las siguientes 'inexactitudes' de sus señorías.

- Afirman que el Banco de Valencia era filial de Bankia, cuando colgaba de BFA y su crisis no afectó directamente a Bankia.

- No analizan en absoluto la reformulación de las cuentas de 2011 llevada a cabo en mayo de 2012, ni aluden, si siquiera remotamente, a que una parte sustancial de esa reformulación se debió a los problemas que creó en el balance de la matriz BFA el bajo precio al que en julio de 2011 se colocaron las acciones de Bankia, muy inferior a su valor contable (-70%).

- Omiten que la sanción del ICAC a Deloitte -recurrida- se debió a supuestos conflictos de interés por trabajos complementarios al de auditoría ...¡solicitados por los supervisores!

- Parecen confundir la reformulación en 2012 de las cuentas del ejercicio global 2011 con la veracidad de las cuentas trimestrales de Bankia a 31 de marzo de 2011, base del folleto de emisión.

- No mencionan el capítulo de riesgos del folleto.

Por si esto no fuera poco, esas sentencias ignoran de forma clamorosa que en España hubo una doble recesión a partir de 2011, como reflejan, precisamente, los datos oficiales. En 2010, el año inmediatamente anterior a la salida a bolsa de Bankia, el PIB avanzó poco, es verdad (los célebres brotes verdes de Salgado), pero lo cierto es que la economía creció un 0,2%.

El cambio de tendencia se produjo a partir del primer trimestre de 2011, cuando ya la economía retrocedió en términos trimestrales un 0,4%, lo que parecía indicar -y así ocurrió- que España se encaminaba a una nueva recesión. No es baladí ese trimestre porque es, precisamente, sobre el que se formularon las cuentas de Bankia.

Con sólo leer la prensa

¿Qué ocurrió en el segundo trimestre de 2011, inmediatamente antes de la salida a bolsa de Bankia? Pues ni más ni menos que, como estaba previsto, España entró de nuevo en recesión. Por lo tanto, quienes compraron acciones de la entidad en julio de ese año 2011 conocían o debían conocer con sólo leer la prensa que España se enfrentaba a una nueva crisis económica, como así sucedió. Para los olvidadizos hay que recordar que por esas fechas la prima de riesgo se situaba en 321 puntos básicos, lo que indica que no parecía el mejor momento para invertir, sobre todo cuando se trataba de los pequeños ahorros de los particulares.

No es comprensible que nadie se diera por enterado de que Bankia salió a cotizar con un descuento sobre el valor en libros del ¡70%! Se daban duros a 4 pesetas

Es más, todas las sentencias judiciales sobre el caso Bankia parecen olvidar que la naturaleza de la crisis económica española era fundamentalmente de carácter inmobiliario, y, por lo tanto, la entidad iba a sufrir, y mucho. Pese a ello, muchos inversores compraron acciones (la entidad salió a bolsa el 20 de julio) asumiendo el correspondiente riesgo. No es comprensible que nadie se diera por enterado de que Bankia salió a cotizar con un descuento sobre el valor en libros del ¡70%!. Han leído bien. Es decir, se regalaban duros a cuatros pesetas y nadie sospechaba nada, cuando Caixabank, que salió a cotizar por esas fechas, lo hizo con un descuento del 20%.

Esa doble recesión en que cayó la economía española, de hecho, explica los palos de ciego que dio el nuevo ministro de Economía a la hora de enfrentarse a la crisis del sistema financiero con sucesivos decretos Guindos.

Lo que al principio se consideró un problema de provisiones, al final fue también de solvencia (capital), como reconoció el ministro al 'Financial Times'. Esto explica que Bankia sucumbiera, ya que su exposición al ladrillo (por las cajas levantinas y la vieja Caja Madrid) era muy superior al resto del sector (salvo excepciones).

Su crisis, por lo tanto, no tenía que ver con el folleto (al menos de forma determinante), sino con el hecho de que las nuevas exigencias de las autoridades (más provisiones y más capital) hacían inviable la entidad , lo que explica que tuviera que ser nacionalizada, lo cual era independiente de la calidad de la información suministrada en la OPS (oferta pública de suscripción). Otra cosa distinta es que todo el proceso de fusiones en frío (las famosas SIP) de las cajas fuera un despropósito.

Bankia hubiera quebrado aunque el folleto hubiera estado niquelado (que no lo estaba). Lo dice con propiedad Conthe: las sentencias ignoran que los decretos Guindos de 2012 fueron aprobados muchos meses después de la salida a bolsa de Bankia y de la confección del folleto, y “exigieron a las entidades de crédito unas cuantiosas provisiones adicionales que fueron las que provocaron la quiebra de Bankia”.

Botín y Atutxa

Todo es tan surrealista que el Estado, incluso, ha dado buena el resarcimiento a los accionistas con una sola sentencia del Supremo, lo cual es algo más que discutible. Parece evidente que esa misma sala, con otros magistrados, puede decidir en un futuro justo lo contrario. Y entonces, si eso ocurre, ¿quién le reclamará el dinero a los accionistas de Bankia? O es que las sentencias del propio Tribunal Supremo sobre el caso Botín y el caso Atutxa no son discrepantes. Será por dinero, han debido pensar en Bankia y en Economía.

No acaba ahí el despropósito de la sentencia ahora reconocida sin rechistar más allá de pleitear de cara a la galería. En ese fallo, se asume de forma inexplicable un cierto automatismo entre la reformulación de unas cuentas anuales y su nulidad. Es decir, que si una empresa las revisa, aunque sea en profundidad, no sirven, lo cual abre un peligroso precedente.

Se olvida que esa excepcionalidad (por causas sobrevenidas) la contempla el artículo 38 del Código de Comercio, que sostiene que “si los riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la aprobación de las cuentas anuales y afectaran de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentas anuales deberán ser reformuladas”. Por lo tanto, lo extraordinario no es la reformulación, sino la respuesta de las autoridades, judiciales, políticas y bancarias, a un problema que tiene que ver con la crisis bancaria (no con el folleto). La doctrina Carmen Calvo, definitivamente, se ha impuesto.

Al final va a tener razón la exministra Carmen Calvo cuando dijo aquello -ella lo niega- de que el dinero público no es de nadie. Desde luego, no parece ser del actual Gobierno en funciones ni de los directivos de Bankia ni, por supuesto, del ministro de Economía, Luis de Guindos, responsable del funcionamiento del FROB y de sus sociedades participadas. Y menos aún de nueve de los magistrados de la Sala Civil del Supremo.

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