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Los muertos (físicos o mercantiles) no pagan impuestos
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Carlos Sánchez

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Los muertos (físicos o mercantiles) no pagan impuestos

En España, miles de ciudadanos (personas físicas y jurídicas) se van al otro barrio (ya sea por muerte natural o mercantil) sin pagar al Fisco todas sus deudas

Foto: Zona de espera de una de las oficinas de la Agencia Tributaria. (EFE)
Zona de espera de una de las oficinas de la Agencia Tributaria. (EFE)

Se equivocó Benjamin Franklin cuando dijo que en este mundo sólo había dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos. En España, miles de ciudadanos (personas físicas y jurídicas) se van al otro barrio (ya sea por muerte natural o mercantil) sin pagar al Fisco todas sus deudas.

No se trata de una cifra pequeña. Según la información que cada año envía España a la Comisión Europea, en 2015 la merma de ingresos por “recaudación incierta”, según la jerga contable de Hacienda, ascendió a 4.889 millones de euros, lo que supone un incremento del 13,5% respecto del año anterior.

La cifra, como se ve, es muy importante (casi cinco décimas del PIB), pero ha ido decreciendo en los últimos años a medida que se ha ido consolidando la recuperación. En 2009, en plena recesión económica, los ajustes por recaudación incierta se elevaron a nada menos que 9.351 millones de euros en el conjunto de las administraciones públicas, lo que da idea del problema desde el punto de vista de la recaudación. Es decir, el año de la Gran Recesión la presión fiscal total cayó un 0,87% del PIB. No porque bajaran los tipos impositivos, sino por los muchos impuestos que difícilmente se cobrarán.

En términos contables, los ajustes por recaudación incierta suponen, como es lógico, una minoración de los ingresos (en el lenguaje presupuestario los recursos) de los que disponen las Administraciones Públicas. Por lo tanto, aumentan el déficit público, ya que, según la metodología de Eurostat, las probabilidades de cobrar las deudas son remotas.

Su evolución –hacia arriba o hacia abajo- tiene mucho que ver con la coyuntura económica. En los años de crisis, lógicamente, los fallidos crecen con fuerza, pero en los años de recuperación se reducen de forma significativa.

Los ajustes por recaudación incierta no significan, sin embargo, que la Administración renuncie a recaudar las deudas. Si al final lo consigue, esos ingresos se contabilizan en el momento del cobro, pero las probabilidades son bajas. De ahí que Eurostat obligue a minorar cada año los ingresos previstos.

El Reglamento de la UE establece que, con el fin de evitar el efecto sobre el déficit público de aquellos ingresos que se han devengado durante el ejercicio y que se consideran de dudoso cobro, se realizará un ajuste por recaudación incierta de impuestos y cotizaciones sociales, a partir de un modelo econométrico elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y validado por Eurostat.

La casuística que explica estas situaciones es muy variada. Puede ser porque el contribuyente (físico o jurídico) haya desaparecido o haya sido declarado insolvente por los tribunales, lo que le exime del pago de tributos si no disponen de bienes. Igualmente, porque Hacienda considere que tiene perdida la vía legal y renuncie a pleitear en los recursos planteados antes los tribunales .

¿Qué quiere decir esto? Pues ni más ni menos que buena parte de la morosidad publicada ayer por Hacienda (4.768 contribuyentes y 15.700 millones de deuda) nunca se cobrará.

En unos casos, porque los herederos (en caso de fallecimiento del titular) no pueden hacer frente a las deudas. Y en otros porque se trata de sociedades quebradas cuyos activos no son suficientes para hacer frente a las deudas.

De hecho, muchas de ellas, están en concurso de acreedores después de que el valor a precios de mercado de sus activos haya caído de froma abrupta. Entre otras cosas, porque la mayoría de los contribuyentes estaba vinculado a actividades inmobiliarias y de construcción o su industria auxiliar. Y en este caso, la mortandad ha sido brutal.

Se equivocó Benjamin Franklin cuando dijo que en este mundo sólo había dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos. En España, miles de ciudadanos (personas físicas y jurídicas) se van al otro barrio (ya sea por muerte natural o mercantil) sin pagar al Fisco todas sus deudas.

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