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Hipotecas, el Supremo y las teorías de la conspiración
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José Antonio Zarzalejos

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Hipotecas, el Supremo y las teorías de la conspiración

Para unos, la sección de la Sala Tercera que ha dictado el fallo ha hecho 'populismo judicial' contra los bancos; para otros, la reacción de su presidente está 'guiada' por intereses opacos

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En el peor momento de todos los posibles ha surgido una seria crisis en el Tribunal Supremo. Una de las secciones (la segunda) de las siete que componen la Sala Tercera, la más numerosa en magistrados del alto tribunal, dictó el pasado día 16 una sentencia según la cual “se modifica su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y su reglamento, concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta la suma correspondiente”.

El entrecomillado anterior es el resumen del fallo que ha elaborado y difundido el gabinete de prensa del Consejo General del Poder Judicial, y describe a la perfección la naturaleza del problema que se ha planteado. Ayer se supo que, además de esta sentencia, dos más, ya deliberadas y no publicadas, insisten en el mismo criterio de desplazar el pago fiscal en hipotecas a las entidades bancarias. Serían, pues, no una sino tres sentencias en el mismo sentido.

Foto: ¿Por qué ha cambiado de opinión el Supremo respecto a los gastos hipotecarios? (iStock)

El presidente de la sala, Luis Díez-Picazo, no fue informado, al parecer, de las deliberaciones sobre la ponencia de la resolución que redactó el magistrado Jesús Cudero Blas, y tuvo noticia de la sentencia cuando esta estaba ya firmada y era de conocimiento público, aunque él suscribiese el auto de admisión del recurso de casación. Las consecuencias de la resolución no se hicieron esperar: los bancos se desplomaron en el mercado bursátil y cundió el desconcierto sobre cómo proceder por parte de las entidades financieras y los particulares solicitantes de hipotecas.

Díez-Picazo, ante el giro jurisprudencial copernicano y ante las consecuencias económicas de la aplicación de la sentencia, sin que, según su entorno más inmediato, mediara presión alguna externa, y no se sabe si tras consultarlo o no con el presidente del Supremo, tomó una decisión inhabitual pero legal, según la Ley Orgánica del Poder Judicial: avocó al pleno de la sala (31 magistrados) el conocimiento del primer caso que sobre el mismo asunto deba resolverse y dejó sin efecto los señalamientos previstos para debate y fallo de otros iguales pendientes de sentencia. De tal manera que será la sala en su totalidad la que con un nuevo fallo en asunto en el que se ventile la misma cuestión restablezca la jurisprudencia que la sentencia del 16 de octubre pasado alteraba o, por el contrario, confirme el nuevo criterio de las tres últimas ya dictadas. En el primer caso, las entidades bancarias tendrían que asumir nuevos costes en la concesión de hipotecas y someterse a un gran número de reclamaciones por un importe en todo caso muy alto (dependería de la fecha de retroactividad), y en el segundo, las cosas volverían a la situación anterior al 16 de octubre.

Foto: La compra de casa se complica: las hipotecas del futuro serán más caras (Foto: Corbis).

Un caso de esta naturaleza y los dos más que se conocieron ayer debieron debatirse en el pleno, y constituye una falta de coordinación muy seria que no haya sido así. ¿Desconocían los magistrados la trascendencia de su sentencia? Cuesta creerlo. Y a muchísimos ciudadanos también les está costando creer que no hayan intervenido 'poderes fácticos' en la reacción del presidente de la sala al intervenir de manera fulminante convocando el pleno y avocando para su conocimiento casos pendientes que confirmarán o no la polémica resolución del 16 de octubre. De ahí que el Supremo en su conjunto, y su Sala Tercera en particular, se haya sumido en una crisis de credibilidad en la opinión pública y publicada y se haya apoderado de los agentes en el mercado una inseguridad jurídica incompatible con un Estado de derecho solvente.

Las teorías de la conspiración ya culebrean: para unos, la sección tercera que ha dictado el fallo ha actuado con “populismo judicial” contra las entidades bancarias; para otros, la reacción del presidente de la sala está guiada por intereses opacos. Lo más probable es que la sentencia y la decisión de Díez-Picazo, muy cuestionado por las asociaciones judiciales, respondan a un serio problema de coordinación interna, sin descartar que convivan en una sala tan numerosa de magistrados criterios jurídicos enfrentados, algunos de ellos imbuidos de las tesis del uso alternativo del derecho (es decir, la aplicación de las normas en función de interpretaciones de oportunidad y contexto social).

Foto: Ilustración: RAÚL ARIAS

El debate en el plenario con 31 magistrados que se celebrará el 5 de noviembre y sobre tema tan delicado, y que afecta de modo extraordinario a los particulares y a los bancos, puede ser una batalla jurídica (y algo más que jurídica) verdaderamente histórica y, según algunos expertos, se configurará una discusión “asamblearia”. Ayer, tras la inexplicable e intrusiva reunión del presidente y vicepresidente del Supremo con el presidente de la Sala Tercera y los seis magistrados de su sección segunda, nadie se atrevía a augurar el resultado del pleno de noviembre y cómo de divididos en esta cuestión estarán los magistrados.

Pero mientras esto ocurre, hay que constatar no solo la crisis de credibilidad que se ha instalado en la opinión pública y publicada, sino también la necesidad de revisar el funcionamiento de una sala tan numerosa y de arrojar toda la luz sobre lo que ha sucedido para que las teorías conspirativas no prosperen (ni la del 'populismo judicial', ni la de la 'longa manu' de los bancos) y no cunda la desconfianza en el órgano que culmina nuestra pirámide jurisdiccional. Si sucediera, sería un desastre más en esta progresiva desinstitucionalización del Estado.

En el peor momento de todos los posibles ha surgido una seria crisis en el Tribunal Supremo. Una de las secciones (la segunda) de las siete que componen la Sala Tercera, la más numerosa en magistrados del alto tribunal, dictó el pasado día 16 una sentencia según la cual “se modifica su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y su reglamento, concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta la suma correspondiente”.

Gastos hipoteca Tribunal Supremo