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Los fiscales y Trapero: leal, rebelde o agente doble
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José Antonio Zarzalejos

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Los fiscales y Trapero: leal, rebelde o agente doble

¿Estaban los Mossos, al mismo tiempo, con el orden constitucional aconsejando que se desconvocase el referéndum y permitiéndolo?

Foto: Josep Lluís Trapero, a su llegada al Supremo. (EFE)
Josep Lluís Trapero, a su llegada al Supremo. (EFE)

“En la forma y con las aportaciones que se relatarán, los acusados dirigieron, promovieron y/o participaron activamente en la ejecución de una estrategia —a la que denominaron 'procés'— perfectamente planificada, concertada y organizada para fracturar el orden constitucional con el fin de conseguir la independencia de la comunidad autónoma de Cataluña como nuevo Estado con forma de república, segregándola del Reino de España”.

El párrafo anterior constituye el arranque de las conclusiones definitivas de los cuatro fiscales (Madrigal, Zaragoza, Moreno y Cadena) sobre las que emitirán su informe oral, hoy, en la Sala Segunda del Supremo. Consideran que ese plan se fraguó en una convergencia de actuaciones de las instituciones del autogobierno catalán (Parlamento y Gobierno), de los partidos independentistas y de las entidades sociales soberanistas (ANC, ÒC y Asociación de Municipios para la Independencia-AMI). Y por ello acusan, entre otros, del delito de rebelión a nueve de los 12 procesados, dirigentes políticos y sociales de los hechos de septiembre y octubre de 2017 en Cataluña.

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Para lograr sus objetivos se contemplaron —dicen los fiscales— todos los medios, incluida la violencia, “valiéndose para ello de la fuerza intimidatoria que representaban, por una parte la actuación tumultuaria desplegada con las grandes movilizaciones ciudadanas (…)” y “por otra parte, el uso de los Mossos d'Esquadra como cuerpo policial armado e integrado por unos 17.000 efectivos (…) que llegado el caso, podrían proteger coactivamente sus objetivos criminales, sustrayéndose al cumplimiento de su genuina función de guardar y preservar el orden constitucional”.

Queda, pues, claro que la Fiscalía entiende que el 'alzamiento violento' que requiere el tipo penal de la rebelión se consumó a través de los tumultos organizados por las asociaciones soberanistas y por la intimidación de los Mossos, que no habrían cumplido con su obligación. Y surge aquí una cierta perplejidad que quizás hoy se aclare en el informe oral.

La Fiscalía entiende que el 'alzamiento violento' que requiere el tipo penal de la rebelión se consumó a través de los tumultos organizados

Porque en las mismas conclusiones definitivas, los fiscales recuerdan (páginas 40 y siguientes) las reuniones de los días 26 y 28 de septiembre de 2017 en las que Josep Lluís Trapero, primero, y luego en compañía de los también mandos Ferran López y Juan Carlos Molinero, a los que se sumaron el comisario Quevedo y Castellví, en las que, ante Puigdemont, Junqueras y Forn, advirtieron de posibles “situaciones violentas” de manera que la “seguridad solo se podía garantizar mediante la suspensión de la votación del 1-O. Es decir: los mandos operativos de la policía autónoma pidieron la desconvocatoria del referéndum “para evitar que se produjeran choques y enfrentamientos con las fuerzas del orden”. El presidente de la Generalitat se negó y advirtió de que “si el 1 de octubre había violencia, declararía la independencia”.

En esta causa no se juzga a Trapero ni a ninguno de los mandos de los Mossos (el 'exmajor' está acusado de rebelión en otro procedimiento), pero cabría suponer que en esos episodios no se comportó como un rebelde sino como leal a la legalidad vigente. Hasta el punto de que, según declaró en la testifical, Trapero tenía un plan de detención del Gobierno catalán que planteó al Tribunal Superior de Cataluña. Sin embargo, los fiscales consideran que los Mossos “antepusieron las directrices políticas al cumplimiento de la ley y del mandato judicial”. Y que se produjo ante sus propias narices una “insurrección patente, manifiesta y exteriorizada contra el orden público…”.

Este es uno de los meollos de la cuestión: ¿Fue Trapero rebelde, leal o agente doble?, ¿estaban los Mossos, al mismo tiempo, con el orden constitucional aconsejando que se desconvocase el referéndum y permitiéndolo con un comportamiento que los fiscales califican de “meramente formal o aparente” (página 107 de las conclusiones definitivas), asumiendo “pautas dilatorias y tolerantes”, siendo las parejas policiales el 1-O en los centros de votación “absolutamente pasivas” (página 110 de las conclusiones), de tal manera que “el dispositivo de los Mossos fue determinante para celebrar el referéndum, pues lejos de cumplir con el mandato judicial al que venían inexcusablemente obligados por imperativo legal, optaron por sujetarse a las directrices de los responsables políticos de la Generalitat, poniendo a disposición de los mismos y de sus ilegales propósitos secesionistas todo el poder coactivo que representaba un cuerpo policial armado y muy numeroso en efectivos” (página 111 de las conclusiones)?

El tribunal deberá determinar si el 'exmajor' fue fiel a la legalidad, rebelde a ella o jugó a dos barajas

Esta es una de las interrogantes interpretativas que el tribunal sentenciador deberá dilucidar, y también cómo es posible conciliar penalmente la actuación de advertencia y cautela de los Mossos los días 25, 26 y 28 de septiembre con la dejación de funciones en los posteriores y, en particular, el 1-O. Porque si la sala llega a la conclusión de que, efectivamente, los policías autónomos fueron una fuerza coactiva —en coordinación con las acciones “tumultuarias” organizadas por las entidades soberanistas, todo ello bajo la dirección política y social de los acusados—, habrá delito de rebeldía, agravado, quizás, con una presunta malversación.

En definitiva: el tribunal deberá determinar si el 'exmajor' Trapero fue fiel a la legalidad, rebelde a ella o jugó a dos barajas. De lo que deduzcan de su testifical y del comportamiento de los Mossos pende, en una medida muy apreciable, el calado sancionador de la sentencia.

“En la forma y con las aportaciones que se relatarán, los acusados dirigieron, promovieron y/o participaron activamente en la ejecución de una estrategia —a la que denominaron 'procés'— perfectamente planificada, concertada y organizada para fracturar el orden constitucional con el fin de conseguir la independencia de la comunidad autónoma de Cataluña como nuevo Estado con forma de república, segregándola del Reino de España”.

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