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El Rey, Sánchez y el fraudulento 'gratis total' de Iglesias
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José Antonio Zarzalejos

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El Rey, Sánchez y el fraudulento 'gratis total' de Iglesias

La entrega gratis de los votos de UP a Sánchez, comunicada al Rey, implicaría una emboscada política que el candidato socialista tendría legítimo derecho a evitar

Foto: Felipe VI y el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, en la entrada del Palacio de Marivent donde celebraron el tradicional despacho de verano. (EFE)
Felipe VI y el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, en la entrada del Palacio de Marivent donde celebraron el tradicional despacho de verano. (EFE)

Según la interpretación más pacífica del artículo 99.4 de la Constitución, el Rey, con el refrendo de la presidenta del Congreso, está obligado a celebrar “sucesivas” rondas de consultas con los representantes de los grupos parlamentarios una vez que la investidura de Pedro Sánchez resultó fallida el pasado mes de julio. El jefe del Estado debe recibir noticia directa —no por los medios de comunicación ni de manera oficiosa— de si hay un candidato con posibilidades de ser investido, o por el contrario, constatar que ninguno dispone de mayoría suficiente —ni en segunda vuelta— para acceder a la presidencia del Gobierno.

Ningún avance en las negociaciones entre PSOE y UP a dos semanas de que se cumplan todos los plazos

Debería ser inmediata la convocatoria de Felipe VI a los representantes de los grupos parlamentarios, porque la legislatura se extingue el próximo día 23 a las 24:00 horas. Si el Rey comprueba que ningún candidato dispone de posibilidades de ser investido, su Casa emitirá una nota que será pública a través de la presidenta de las Cortes y se procedería como establece el artículo 99.5 de la Carta Magna: “Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del [en este caso, de la] presidente del Congreso”.

Este nuevo trámite de consultas es, por lo tanto, obligado, aunque se sepa de antemano que el Rey no podrá encargar la investidura a ningún candidato

Este nuevo trámite de consultas (la Constitución se refiere a “sucesivas”) es, por lo tanto, obligado, inevitable, aunque se sepa de antemano que el Rey no podrá encargar la investidura a ningún candidato. Es en el marco de estas consultas en el que podría darse la hipótesis que tanto se maneja: que Pablo Iglesias comunique a Felipe VI que los 42 votos de Unidas Podemos apoyarían la investidura de Pedro Sánchez aunque no haya mediado acuerdo con el PSOE (ni de coalición, ni de cooperación, ni de gobernanza, ni de legislatura ni de investidura). Los votos morados, sumados a los del PSOE y, seguramente, a los del PNV, el PRC y otros más, permitirían al Rey ofrecer a Sánchez la candidatura a una nueva investidura.

No obstante, ni la Constitución ni ninguna otra ley establecen que el candidato deba aceptar obligatoriamente la encomienda del jefe del Estado. Así lo entendió Mariano Rajoy en enero de 2016. El anterior presidente del Gobierno, en aquel entonces en funciones, adujo ante el Rey que “no estaba en condiciones” de asumir la misión que le encomendaba porque, dijo, “no solo no tengo una mayoría a favor sino que tengo una mayoría absoluta en contra”. La situación de Sánchez en septiembre de 2019 no sería exactamente la de Rajoy de hace casi cuatro años, pero en ningún lugar está escrito que no pudiera exponer al jefe del Estado razones de naturaleza no cuantitativa para rehusar el 'gratis total' de Pablo Iglesias.

Foto: Carmen Calvo, el pasado 5 de septiembre a su llegada a la reunión en el Congreso. (EFE)

¿Es verosímil que Unidas Podemos haya urdido y ejecute luego ante el Rey esta estratagema? Es verosímil pero no probable y, en términos políticos, sería una jugada de difícil tipificación porque trataría de investir a Sanchez para someterlo de inmediato a un acoso implacable al que se sumarían, seguramente, Ciudadanos y el PP. El nuevo presidente del Gobierno, además, debería soportar esta situación hasta el mes de abril de 2020, ya que el artículo 115 de la Constitución establece que “no procederá nueva disolución [de las Cortes] antes de que transcurra un año desde la anterior”.

Si a Pablo Iglesias y a sus colaboradores se les ocurriera optar en estos términos por el 'gratis total' para ganar el pulso al secretario general del PSOE, no cabría albergar duda alguna de que se estaría forzando el sentido de la ley constitucional y utilizando al jefe del Estado, al tiempo que una lógica y entendible negativa de Sánchez abriría una crisis institucional de consecuencias muy graves. La negación de la política auténtica —de prosperar esta añagaza— se habría consumado hasta niveles de indignidad cívica. Por ello, para mantener la ya amoratada integridad del sistema, debe producirse un acuerdo, o convocarse elecciones. Y advertir que el jefe del Estado no puede ser utilizado en la batalla partidista forzándole a comportarse como una pieza en una estrategia de máxima hostilidad al ahora presidente en funciones.

Una lógica y entendible negativa de Sánchez abriría una crisis institucional de consecuencias graves

Esperemos, pues, que esta hipótesis de la gratuidad del apoyo de Unidas Podemos no se haga realidad. Pero si, por desventura, los estrategas morados creen que así podrían consumar su plan, Sánchez estaría en su legítimo derecho a no convertirse —por la dignidad de la magistratura que conlleva la jefatura del Gobierno de España— en su víctima. Y quizás el jefe del Estado, esgrimiendo su competencia para moderar y arbitrar “el funcionamiento regular de las instituciones” (artículo 56.1 de la Constitución), podría eludir una oferta a Sánchez fraguada en la intencionalidad de una emboscada política. O sea, en un propósito taimado y fraudulento.

Según la interpretación más pacífica del artículo 99.4 de la Constitución, el Rey, con el refrendo de la presidenta del Congreso, está obligado a celebrar “sucesivas” rondas de consultas con los representantes de los grupos parlamentarios una vez que la investidura de Pedro Sánchez resultó fallida el pasado mes de julio. El jefe del Estado debe recibir noticia directa —no por los medios de comunicación ni de manera oficiosa— de si hay un candidato con posibilidades de ser investido, o por el contrario, constatar que ninguno dispone de mayoría suficiente —ni en segunda vuelta— para acceder a la presidencia del Gobierno.

Pedro Sánchez Rey Felipe VI