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Presos y Presupuestos (indultar y acercar)
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José Antonio Zarzalejos

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Presos y Presupuestos (indultar y acercar)

Indultos y acercamientos son iniciativas posibles y entendibles, pero en ningún caso como contraprestaciones en el debate presupuestario

Foto: El portavoz de ERC, Gabriel Rufián, pasa ante el escaño de Pedro Sánchez y de Pablo Iglesias. (EFE)
El portavoz de ERC, Gabriel Rufián, pasa ante el escaño de Pedro Sánchez y de Pablo Iglesias. (EFE)
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Se carece de certeza absoluta sobre la posible transacción que habría consumado el Gobierno con ERC y Bildu para, a cambio del voto favorable de los 18 escaños de ambos grupos a los Presupuestos, indultar a los políticos y líderes sociales catalanes presos, condenados en octubre de 2019 por sedición, malversación y desobediencia, y acercar a ritmo acelerado a cárceles en el País Vasco, o próximas, a presos de la banda terrorista ETA. Ocurre, al plantearse el indulto de unos y el acercamiento de otros en estos momentos —en pleno debate de las cuentas públicas—, que tiene una inevitable lógica entender que si el carácter vehicular del castellano fue moneda de cambio, también puede que lo sea ejercer el derecho de gracia de manera oportunista para contentar a ERC y rectificar la política penitenciaria para ablandar a sus duros interlocutores 'abertzales'.

En este como en otros asuntos, hay que poner por delante de la emoción, la razón. Los fines de las sanciones penales son tres: la retribución (pagar por el mal que se hizo), la prevención (disuadir para que no se vuelva a cometer el delito) y la rehabilitación (regresar el penado a la convivencia social). La Constitución, en su artículo 25, establece con claridad que las penas privativas de libertad están orientadas a la reeducación y la rehabilitación social. El derecho de gracia o indulto corresponde al Rey a propuesta del Consejo de Ministros, que debe acordarlo mediante un real decreto motivado que es impugnable ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Los indultos pueden ser totales o parciales. Los primeros son posibles cuando el tribunal sentenciador y la Fiscalía los informan favorablemente. Los parciales son facultad gubernamental con la limitación de que no alcanzan en ningún caso la pena de inhabilitación para cargos públicos y la privación de derechos políticos.

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El indulto es una facultad gubernamental, aunque limitada. Pero no es un derecho de los penados. El Consejo de Ministros valora la conveniencia, ecuanimidad e interés público para concederlos y el Supremo puede revisar los aspectos reglados de su decisión. Está en manos del Gobierno, por lo tanto, indultar parcialmente —improbable el informe favorable del Supremo— explicando los motivos de su decisión. Tendría sentido que —como hicieron otros gobiernos en casos también muy graves— se plantee el indulto a los condenados por los hechos de septiembre y octubre de 2017 en Cataluña. Por el contrario, una ley 'ad hoc' reformando ahora la sedición asunto planteado en pleno debate de las cuentas públicas— resultaría una iniciativa gravísima porque se reformaría el Código Penal no solo por razones legislativas sino, principalmente, por consideraciones de orden político y personal. Es preferible el indulto e insertar el cambio en los tipos penales en un proyecto de ley orgánica en el momento adecuado —sin suspicacias— y con vocación de mejorar el conjunto de nuestro sistema penal. En la línea de lo que se pretende para el nuevo modelo de enjuiciamiento criminal.

Carece sin embargo de cualquier estética —trasunto de la ética— que el derecho de gracia pueda convertirse en una mercancía política que permute votos por excarcelación de reclusos. Se trataría de una clara desviación de poder gubernamental tan reprobable como mercadear con el estatuto jurídico del idioma común, o con el hostigamiento sectario contra la política fiscal de una comunidad (Madrid), al margen de cualquier planteamiento general que tenga en cuenta la asimetría de nuestro modelo de gobernanza territorial, en el que conviven los regímenes concertados del País Vasco y Navarra y el especial de Canarias. En definitiva, el Gobierno tiene la facultad de indultar, pero no tiene el derecho de transformar ese poder en un talón de pago. Añadiré: serían explicables futuros indultos (están prohibidos los generales y, por lo tanto, la amnistía), pero su razonabilidad decae si se dictan aquí y ahora, en el contexto del debate presupuestario y sin una contrición de los beneficiarios.

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Algo parecido ocurre con el acercamiento de los presos de ETA: es sostenible que, transcurrida una década desde el final de las acciones terroristas, se produzca un replanteamiento de la dispersión carcelaria que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha avalado el pasado mes de mayo. Pero esta rectificación hay que hacerla con respeto a las víctimas y jamás concebirla como una baza negociadora para políticas concretas, aunque sea la crucial cuestión presupuestaria. Conceptualmente, la dispersión de los presos de ETA (en dos años, se han acercado casi 100 etarras) tendrá que ir acabando, pero midiendo los ritmos y buscando que responda también a la reinserción progresiva de los reclusos que deberían coadyuvar —y muchos no lo hacen, se niegan en redondo— pidiendo perdón a las víctimas y colaborando en eal esclarecimiento judicialmente pendiente de más de tres centenares de atentados.

El Gobierno, obsesionado con la aprobación de los Presupuestos y entregando la cuchara a ERC y a Bildu (sin optar por una vía alternativa y moderada, que era posible y eficaz), debería garantizar que ni indulta ni acerca presos en retribución de apoyos parlamentarios. Ha pisado ya casi todas las líneas rojas. Que evite, al menos, estas, que son las más estratégicas para el Estado de derecho.

Se carece de certeza absoluta sobre la posible transacción que habría consumado el Gobierno con ERC y Bildu para, a cambio del voto favorable de los 18 escaños de ambos grupos a los Presupuestos, indultar a los políticos y líderes sociales catalanes presos, condenados en octubre de 2019 por sedición, malversación y desobediencia, y acercar a ritmo acelerado a cárceles en el País Vasco, o próximas, a presos de la banda terrorista ETA. Ocurre, al plantearse el indulto de unos y el acercamiento de otros en estos momentos —en pleno debate de las cuentas públicas—, que tiene una inevitable lógica entender que si el carácter vehicular del castellano fue moneda de cambio, también puede que lo sea ejercer el derecho de gracia de manera oportunista para contentar a ERC y rectificar la política penitenciaria para ablandar a sus duros interlocutores 'abertzales'.

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