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Todo lo que sucederá si Pablo Llarena es magistrado del Constitucional
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José Antonio Zarzalejos

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Todo lo que sucederá si Pablo Llarena es magistrado del Constitucional

El nombramiento, muy probable, implicaría cambiar al instructor de la causa del 'procés', abstenerse en el Constitucional en asuntos conexos y situar en el Tribunal a un referente poderoso de la magistratura española

Foto: El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. (EFE)
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. (EFE)
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Como informó en El Confidencial la pasada semana Beatriz Parera, Pablo Llarena Conde (Burgos. Enero, 1963), magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, sería en estos momentos el candidato más firme del sector conservador para ocupar plaza de magistrado en el Tribunal Constitucional. Aunque inicialmente rechazó esta posibilidad, podría haberla aceptado si su nombramiento recaba un muy amplio consenso en el Consejo, de lo que los vocales que lo respaldan están "razonablemente seguros".

En el caso de que el nombramiento de Llarena prosperase, se producirían algunas consecuencias importantes:

Llarena quedaría en situación de servicios especiales y, por lo tanto, podría regresar a la Sala Segunda del Supremo

1) La Sala de lo Penal perdería a uno de sus magistrados sin posibilidad de reposición inmediata hasta que el Consejo, por renovación, por derogación o por declaración de inconstitucionalidad del artículo 570 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, recuperase sus facultades para proveer plazas vacantes en el alto tribunal. Por otra parte, se "caería" como el candidato más significado para, a finales de 2024, sustituir en la presidencia de la Sala a Manuel Marchena, cuyo segundo mandato —sin posibilidad de un tercero— vencería entonces.

2) Pablo Llarena quedaría en situación de servicios especiales y, por lo tanto, tras nueve años como miembro del Constitucional, podría regresar a la Sala Segunda del Supremo y continuar en su función jurisdiccional hasta los 72 años.

3) Su nombramiento como magistrado del Constitucional conllevaría la necesidad de designar a un nuevo instructor de la causa del procés, aun por concluir. No podrían sustituirle ninguno de los miembros del tribunal de enjuiciamiento que dictó la sentencia del 14 de octubre de 2019 —seis magistrados, ya que uno, Luciano Varela, se jubiló— y tampoco podrían hacerlo los tres magistrados de la Sala de recursos ni la también magistrada Carmen Lamelas, porque fue instructora de causas conexas con la del procés mientras desempeñaba su función jurisdiccional en la Audiencia Nacional y fue nombrada en julio de 2018 magistrada de la Sala Segunda. Todos ellos están "contaminados" y tienen el deber legal de abstenerse. Así, el sustituto o sustituta de Llarena como instructor/a de ese asunto recaería en alguno de los nuevos miembros de la Sala, aquellos que fueron nombrados en 2020.

En Barcelona existen causas todavía por resolver que afectan a más de 40 personas por delitos conectados con los del 'procés'

4) El nuevo o nueva instructora tendrá que afrontar la resolución de la cuestión prejudicial de la euroorden ante el TJUE, la extradición o no de Puigdemont y otros, y encargarse, o no, de continuar la instrucción respecto de Marta Rovira, secretaria general de ERC huida en Suiza, que no está aforada, pero a la que afectan acusaciones conexas con imputados que sí lo son, una cuestión, sin embargo, abierta a la discusión en el Supremo.

5) Pablo Llarena deberá abstenerse en el Tribunal Constitucional de cualquier asunto que concierna —sea cual sea la instancia jurisdiccional de procedencia— a las responsabilidades penales probada o presuntamente contraídas en el procés, lo que supondría un voto "conservador" menos en asuntos de esa naturaleza. En Barcelona existen causas todavía por resolver que afectan a más de 40 personas por delitos conectados con los del procés que fueron sancionados penalmente por la Sala Segunda del Supremo.

6) No obstante este inconveniente, los sectores conservadores de la magistratura —Llarena fue presidente de la Asociación Profesional entre 2013 y 2015— consideran que sitúan en el Constitucional a un magistrado con una trayectoria sin vinculaciones con ningún partido político, altamente cualificado desde el punto de vista técnico y de gran experiencia como expresidente de la Audiencia Provincial de Barcelona y magistrado de la Sala Segunda. Llarena se convertiría en un referente.

Foto: Sánchez y Feijóo. (EFE/Sergio Pérez)

7) El eventual nombramiento de Pablo Llarena por el Consejo no será inmediato, sino más adelante y estará también condicionado a que el PSOE y el PP reemplacen al magistrado del Constitucional que renunció por razones de salud, Alfredo Montoya, que fue nombrado por el Senado a propuesta del PP y que tomó posesión del cargo el 15 de marzo de 2017, de modo que su mandato de nueve años concluiría en marzo de 2026. Los vocales del sector conservador podrían esperar a que Sánchez y Núñez Feijóo llegasen a un acuerdo sobre el sucesor de Alfredo Montoya inmediatamente antes de proponer el nombramiento de Pablo Llarena. Si no sucediese así y Llarena fuese nombrado, la correlación de fuerzas en el Constitucional quedaría descompensada en favor del sector progresista.

8) En el sector progresista, el candidato con más posibilidades —pero no con todas— es el magistrado de la Sala Tercera, José Manuel Bandrés; sin embargo, una de las vocales ha votado a Pablo Lucas, también preferido por los conservadores, pero no por el Gobierno —es el magistrado del CNI— ni por Cándido Conde Pumpido al que Lucas quizá no votase en la elección a la presidencia del Constitucional, y optarían, él y otros, por María Luisa Balaguer. En cualquier caso, los conservadores apostarán solo por Pablo Llarena —si finalmente se confirma que se aviene a la propuesta, lo que se da por muy probable— en tanto que los progresistas no están en bloque tras la candidatura de José Manuel Bandrés.

Foto: Un astillero de nuestro país. (EFE/Kiko Delgado)

Por lo demás, si los nombramientos del Consejo son los previstos y el PSOE y el PP llegan a un acuerdo para que el Senado sustituya a Alfredo Montoya a propuesta de los conservadores —cuestiones que no serían separables desde el punto de vista político—, la crisis se habría paliado porque el Consejo no rompería la tradición de nombrar a magistrados del Supremo para el Constitucional y se restablecería una razonable correlación de sectores en el Tribunal: siete progresistas y cinco conservadores.

Lo que continuaría gravitando sobre el Consejo General del Poder Judicial es la mutilación de sus funciones desde el mes de marzo de 2021, cuando la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 570 bis) dejó al organismo en funciones con grave perjuicio para la Administración de Justicia cuyas vacantes en cargos judiciales estratégicos no han podido ser cubiertas por el CGPJ. La demora, que se considera con casi unanimidad "injustificada" en la resolución por el TC del recurso de inconstitucionalidad contra la parálisis impuesta al Consejo, sigue provocando un enorme malestar tanto en el organismo como en la magistratura. De ahí que se considere en esos círculos que la presencia en el Constitucional de Pablo Llarena constituye un mensaje directo al Gobierno y una aportación decisiva a la justicia constitucional.

Como informó en El Confidencial la pasada semana Beatriz Parera, Pablo Llarena Conde (Burgos. Enero, 1963), magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, sería en estos momentos el candidato más firme del sector conservador para ocupar plaza de magistrado en el Tribunal Constitucional. Aunque inicialmente rechazó esta posibilidad, podría haberla aceptado si su nombramiento recaba un muy amplio consenso en el Consejo, de lo que los vocales que lo respaldan están "razonablemente seguros".

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