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Más barro en la toga de Conde Pumpido
El Gobierno confía su suerte al presidente del Constitucional en tres asuntos críticos: la neutralización del Supremo, el respaldo a la ley de amnistía y su aplicación a los malversadores y la anulación de la instrucción de la causa al FGE
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La abogacía del Estado, en atento servicio al presidente del Gobierno, nos recordó a todos que los jueces también pueden delinquir. Interpuso una querella por prevaricación en el mes de julio del pasado año que amplió en septiembre, contra el juez Juan Carlos Peinado, suponiendo que estaba delinquiendo al investigar torticeramente a Begoña Gómez. La fiscalía, la que dirige aún García Ortiz, informó favorablemente la admisión de la querella, pero el Tribunal Superior de Madrid rechazó tramitarla. Lo mismo hizo en octubre con otra que, también por prevaricación, interpuso la defensa de la esposa del presidente Sánchez, pero siguió la misma suerte, aunque en ese caso la fiscalía no fue tan servil como con la anterior. No obstante, ese pedazo de ministro de Transición Digital y Función Pública, Óscar López, ha seguido afirmando, calumniosamente, que Peinado prevarica en la instrucción de esa causa. Y no pasa nada.
El Supremo ha avisado que los magistrados del Constitucional pueden incurrir en el delito de prevaricación en determinados casos
Así las cosas, no puede extrañar que, como ha recordado el Supremo en dos autos en los que no admite a trámite otras tantas querellas por prevaricación contra el presidente y seis magistrados del Tribunal Constitucional por sus sentencias en los casos de los ERES de Andalucía, los doce miembros del TC pueden incurrir en el delito de prevaricación si dictan, a sabiendas, resoluciones injustas en extralimitación de sus competencias, transformando dolosamente las facultades que les otorga la ley para convertirse de facto en una última instancia jurisdiccional, o sea, de casación.
Una cosa es que los magistrados, empezando por su presidente, Conde Pumpido, estén aforados, como el fiscal general del Estado, y otra que sean inviolables, como muy bien puntualizó aquí el catedrático de derecho procesal y abogado en ejercicio, Nicolás González-Cuellar Serrano. De ese texto y de los autos del Supremo ha de tomar nota el insigne presidente del Constitucional al que no le casa bien eso de ser un magnífico jurista y, al tiempo, mantener de continuo su sesgo sectario y alentar las interpretaciones excéntricas de las normas, hermenéuticas propias de esa escuela constructivista que convierten a los magistrados del TC en todopoderosos colegisladores, coincidentes casi siempre con los propósitos del Gobierno 'progresista'.
El Constitucional está revocando sentencia del Supremo al estimar recursos de amparo (caso de los ERES) como si fuese un tribunal de casación
La intrusión del Constitucional en la jurisdicción ordinaria al revocar arbitrariamente las sentencias del Supremo, en particular de su Sala Segunda (un exceso de jurisdicción), es un asunto grave abordado, entre otros juristas, por el exmagistrado Juan Antonio Xiol Rius (pinchar aquí para la lectura íntegra del ensayo), y se produce en la resolución de los recursos de amparo sobre los que el propio Conde Pumpido, siendo magistrado de esa Sala, ya se pronunció críticamente, denunciando que no se podía confiar en el "autocontrol" competencial del Tribunal que ahora preside.
La acción popular que el Gobierno quiere restringir para emboscarse en la impunidad que le proporciona la inacción de la fiscalía bajo su entero dominio, sigue siendo una baza sustancial en estos tiempos de arbitrariedad. Porque, aunque el fiscal general haya reducido a cenizas el celo de los funcionarios bajo su dirección, la participación en la administración de la justicia que la Constitución reconoce a los ciudadanos, en distintas modalidades y conforme a determinados procedimientos, nos rescata a todos de los dictados de un Tribunal Constitucional que quiere constituirse en el cierre del sistema, bajo las órdenes del Gobierno lo cual, podría merecer respecto de determinadas resoluciones el ejercicio de una acción penal por la vía de la acusación popular.
La advertencia del Supremo de que la prevaricación es un delito que también pueden perpetrar los magistrados del órgano de garantías constitucionales es oportuna ante los casos críticos que se someten a la resolución de ese Tribunal. Que debe impartir una justicia que García de Enterría, un administrativista que fue igualmente un constitucionalista, definió como "negativa". Es decir, el TC debe limitarse a resolver lo que no es constitucional, pero no construir sobre esa negación un artefacto jurídico sustitutorio de los mandatos constitucionales, y tampoco, mutarlos en su propósito conforme a una interpretación creativa, ni comportarse como lo que no es, la última instancia jurisdiccional.
El fiscal general pretende que Conde Pumpido admita y resuelva a su favor un amparo para anular el núcleo duro de la instrucción
El Gobierno simula parecerle impensable que "su" (sic) fiscal general haya podido cometer un delito, en este caso, de revelación de secretos. Se trata, sin embargo, de una forma de complicidad entre la Moncloa y su defensa, que ya maneja la abogacía del Estado y que se sirve también de la connivencia de la teniente fiscal del Supremo, que en vez de ejercer la acusación se dedica a amparar a su jefe. Qué papelón está haciendo María Ángeles Sánchez Conde. Aunque se entiende: si la fiscal es una subordinada del investigado, ¿cómo sería posible que la funcionaria actuase de manera diferente a como lo hace? Los indicios incriminatorios que cercan a Álvaro García Ortiz son, además de cada vez más consistentes, también más lesivos para la reputación y la dignidad del ministerio público que sigue estando bajo su dirección.
La operación en marcha consiste en que la defensa de García Ortiz y la teniente fiscal del Supremo recurran en amparo ante el TC la previsible decisión de la Sala de Apelación del Supremo, que confirmará la procedencia del registro de la fiscalía general ordenada por el instructor Luis Ángel Hurtado durante el que la UCO se incautó de los dispositivos móviles que le incriminan; que el TC admita la impugnación y que, al final, anule esa orden de registro que, por los resultados obtenidos, es clave en la instrucción de la causa. Y aunque el propio Constitucional haya establecido que no caben recursos de amparo contra actos de instrucción —salvo respecto de algunas medidas cautelares— nadie está en condiciones de asegurar que Conde Pumpido no imponga un cambio de criterio y libre así al Gobierno del caso de García Ortiz que tanto le preocupa. Pero si así fuere, la devastación ética del sistema sería total. Y merecería, efectivamente, una querella por prevaricación contra los magistrados del Constitucional que secunden semejante resolución.
Vuelve el Pumpido que pedía a los fiscales "manchar su toga" de polvo y cree que la Justicia no está "para obstaculizar la política"
Dos datos vienen a cuento ante la politización extrema del órgano de garantías constitucionales: la confianza en los jueces y tribunales ordinarios es la gran baza de la democracia española como acredita la investigación independiente, y de gran valor, del BBVA. Pero, al mismo tiempo, España pierde puestos en el ranking de los sistemas limpios de corrupción: nos situamos, según Transparencia Internacional, en el puesto 46 de 180, el peor registro desde el último Gobierno de Felipe González, lo que pone en valor el papel de nuestros jueces y magistrados. ¿Recuerdan que la moción de censura contra Rajoy la defendió en el Congreso José Luis Ábalos? Va a ser verdad la sentencia orteguiana según la cual 'el pasado siempre vuelve'. Y vaya si vuelve.
Vuelve tanto ese pasado como regresa el peor Conde Pumpido, aquel que propugnaba que las togas debían "mancharse con el polvo del camino" y sostenía que "la Justicia no está para favorecer procesos políticos, pero tampoco para obstaculizarlos". Tesis según las cuales las instancias jurisdiccionales deben actuar con criterios de oportunidad de naturaleza política y coyuntural. En eso consiste la teoría del uso alternativo del derecho, al cabo, su instrumentalización política. El viernes pasado, quizás convencido de que está ya estigmatizado como un jurista de parte, Conde Pumpido hizo protesta de independencia y la reivindicó para el Constitucional en el acto de conmemoración del 29 aniversario del asesinato por ETA del recordado expresidente del Constitucional, Francisco Tomás y Valiente (1986-1992), cuya trayectoria debería ser una referencia para todos los magistrados del Constitucional. La percepción general arraigada es que el presidente del TC está dispuesto, de nuevo, a embadurnar de barro el vuelo de su toga. Y, de no rectificar ahora que tiene casos sensibles que se lo permitirían, perderá su última oportunidad de reivindicarse como jurista y como magistrado.
La abogacía del Estado, en atento servicio al presidente del Gobierno, nos recordó a todos que los jueces también pueden delinquir. Interpuso una querella por prevaricación en el mes de julio del pasado año que amplió en septiembre, contra el juez Juan Carlos Peinado, suponiendo que estaba delinquiendo al investigar torticeramente a Begoña Gómez. La fiscalía, la que dirige aún García Ortiz, informó favorablemente la admisión de la querella, pero el Tribunal Superior de Madrid rechazó tramitarla. Lo mismo hizo en octubre con otra que, también por prevaricación, interpuso la defensa de la esposa del presidente Sánchez, pero siguió la misma suerte, aunque en ese caso la fiscalía no fue tan servil como con la anterior. No obstante, ese pedazo de ministro de Transición Digital y Función Pública, Óscar López, ha seguido afirmando, calumniosamente, que Peinado prevarica en la instrucción de esa causa. Y no pasa nada.