El golpe de mano de Conde-Pumpido y su último servicio
El expresidente del TC, Cruz Villalón, denunció la falta de legitimidad de las Cortes para aprobar la amnistía, impugnó la ponencia de la sentencia y hace unos días su imposición sin deliberación. Se explica así el golpe de mano de Conde-Pumpido
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido. (EFE)
La comunidad de constitucionalistas en España, de forma muy mayoritaria, ha prestado un buen servicio a la democracia al denunciar como inconstitucional la Ley Orgánica de la Amnistía. El libro colectivo ‘Amnistía en España. Constitución y Estado de Derecho’ con la publicación de un buen número de artículos periodísticos impugnando ese ‘olvido penal’, obra colectiva coordinada por los profesores Manuel Aragón, Enrique Gimbernat y Agustín Ruiz-Robledo, constituye una gran aportación. También la de otros catedráticos que, como Tomás de la Quadra Salcedo o Ana Carmona, han escrito análisis accesibles, críticos y desde diferentes puntos de vista. No obstante, el exmagistrado del Constitucional (1992-2001), Pedro Cruz Villalón, presidente del órgano de garantías entre 1998 y 2001, elegido miembro del Tribunal por el Congreso a propuesta del PSOE, ha marcado una interesante variante en tres artículos —el último de hace solo unos días— que merece la pena reseñar.
El primero se remonta al 21 de septiembre de 2023. Bajo el título de Constitución menguante, Cruz Villalón sostenía que "en las actuales circunstancias las Cortes Generales carecen de legitimidad para promulgar una amnistía política. A espaldas del pueblo". La denuncia era de un calibre similar a la verdad democrática que encerraba porque el PSOE estaba comprometido antes del 23-J de 2023 con la inconstitucionalidad de la amnistía y en ningún momento se desdijo de ese criterio durante la campaña electoral. Obviamente, la Ley de Amnistía, acordada después de las elecciones en el pacto entre Santos Cerdán y Jordi Turull para que Sánchez pudiera ser investido con los siete votos de Junts, fue un auténtico fraude democrático. Cruz Villalón lo dijo sin anestesia en la primera de sus tres piezas, las tres publicadas en El País.
Casi dos años después, el 20 de junio pasado, en el segundo artículo titulado Las intenciones del legislador, rebatía serenamente la ponencia de la sentencia elaborada por la magistrada del TC y su vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, según la cual el órgano de garantías constitucionales no podía adentrarse en la valoración de los motivos del legislador. Cruz Villalón aducía en su texto que, precisamente, ‘los motivos del legislador se convierten en la gran cuestión del proceso’.
El tercer artículo del expresidente del TC se ha publicado este mes de agosto, el día 7, con el título ‘Ahora que la amnistía es constitucional’. El respeto del autor por la función del Constitucional no le impide, al contrario, denunciar que ‘la sentencia ha optado […] por polarizar a base de no deliberar’. Y añade que se ha impuesto ‘un calendario poco menos que inapelable de deliberación y fallo sin correspondencia alguna con la complejidad técnica del asunto y con el reto de explorar puntos de encuentro’. De lo que se seguiría que el TC aparecería como ‘una instancia de mera traslación del conflicto a una instancia adicional carente de efectivo valor añadido para el desarrollo de nuestra vida pública. Lo peor que le puede pasar’.
La impugnación de Cruz Villalón a todo el itinerario de la amnistía es completa y, desde planteamientos diferentes, converge con el de la mayoría de los expertos. A ninguno de ellos ha tenido en cuenta Cándido Conde-Pumpido que, como se ha venido denunciando por los magistrados de la minoría, conduce el Tribunal como un cuartel, imponiendo las ponencias sin deliberación, a matacaballo. El golpe de mano del actual presidente del Constitucional, cuyo mandato concluye en el mes de diciembre, no ha sido solo de fondo —la pésima ponencia de Montalbán convertida en sentencia—, sino también de forma, suprimiendo la obligada necesidad de deliberación entre todos los magistrados del órgano de garantías.
No es que Cruz Villalón haya desvelado un gran misterio, sin citarlo, sobre la labor de derribo de la Constitución y del propio Tribunal que está propiciando Conde-Pumpido, pero al ser él quien lo hace y donde lo publica, la reflexión adquiere una importancia que va más allá de una disquisición académica. Y si se vinculan las tesis de la mayoría de los constitucionalistas con las de Cruz Villalón, que también lo es, y los reparos insorteables del servicio jurídico de la Comisión de la Unión Europea (una ‘autoamnistía’, un trueque de impunidad por votos), el resultado es que la emboscada de Conde-Pumpido es verdaderamente histórica. Se irá el magistrado con la controversia de la sentencia sobre la Ley de Amnistía y con otra no menor: la impunidad a los corruptos que malversaron decenas de millones de los ERES en Andalucía.
La ley de amnistía no es revocable porque las normas penales favorables a los reos, incluso a aquellos que, imputados o procesados, no han sido todavía condenados, gozan de la retroactividad que establece la Constitución. Pero será irrenunciable, si se pretende la vigencia efectiva de la Carta Magna, que en una nueva composición del Constitucional (no sería la primera vez) corrija la doctrina impuesta por Conde-Pumpido con una profunda y extensa deliberación de sus nuevos magistrados. Solo así se reparará el daño a la Constitución y el estrago causado a la justicia constitucional.
Puede que Sánchez le reclame a Conde-Pumpido un último servicio: que el Constitucional admita y estime el recurso de amparo de Carles Puigdemont contra el auto del Supremo que resolvió que no puede acogerse a la amnistía y que, previamente, suspenda la orden de detención dictada por el instructor de su causa, el magistrado Pablo Llarena. Esperemos que el presidente del TC no perpetre semejante temeridad. Otra más. Por más que la legislatura dependa, que depende, del prófugo.
La comunidad de constitucionalistas en España, de forma muy mayoritaria, ha prestado un buen servicio a la democracia al denunciar como inconstitucional la Ley Orgánica de la Amnistía. El libro colectivo ‘Amnistía en España. Constitución y Estado de Derecho’ con la publicación de un buen número de artículos periodísticos impugnando ese ‘olvido penal’, obra colectiva coordinada por los profesores Manuel Aragón, Enrique Gimbernat y Agustín Ruiz-Robledo, constituye una gran aportación. También la de otros catedráticos que, como Tomás de la Quadra Salcedo o Ana Carmona, han escrito análisis accesibles, críticos y desde diferentes puntos de vista. No obstante, el exmagistrado del Constitucional (1992-2001), Pedro Cruz Villalón, presidente del órgano de garantías entre 1998 y 2001, elegido miembro del Tribunal por el Congreso a propuesta del PSOE, ha marcado una interesante variante en tres artículos —el último de hace solo unos días— que merece la pena reseñar.