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Marta García Aller

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El Constitucional avala que las jóvenes de 16 y 17 años pueden abortar sin consentimiento paterno. Se entiende mejor la noticia diciendo que ya no se las podrá obligar a ser madres

Foto: Una mujer participa en una manifestación en conmemoración del Día Internacional de la Mujer. ( EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
Una mujer participa en una manifestación en conmemoración del Día Internacional de la Mujer. ( EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
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A los 16 años en España ya se puede obtener una licencia de armas, pagar impuestos y tener relaciones sexuales consensuadas. Es también la edad que se fija la mayoría de edad sanitaria, es decir, a la que se puede aceptar o rechazar un procedimiento médico sin consentimiento de los padres. Y desde ayer el Tribunal Constitucional avala que sea también la edad a la que ya se puede decidir si abortar. Las jóvenes de 16 y 17 años pueden abortar sin consentimiento paterno. Aunque tal vez se entienda mejor la noticia diciendo que los padres ya no podrán obligar a una chica de esa edad a ser madre en contra de su voluntad.

La ley de salud reproductiva, aprobada en 2023, además de eliminar el consentimiento paterno que restauró el Gobierno de Rajoy en 2015, eliminaba los tres días de reflexión antes de interrumpir un embarazo a los que también se sometía a las mujeres mayores de edad; promovía que las intervenciones fueran asumidas mayoritariamente en centros de la sanidad pública y reforzaba la educación sexual, pilar fundamental para la prevención de embarazos no deseados.

Vox recurrió ante el Constitucional, planteando que esta reforma legal, que permitía a las jóvenes de 16 y 17 años decidir libremente la interrupción de su embarazo, atacaba derechos fundamentales, a la igualdad y a la vida. El Constitucional ya rechazó el año pasado ese argumento cuando avaló la ley de plazos que llevaba recurrida desde 2010 y vuelve a avalar que las chicas de 16 y 17 años puedan ejercer libremente ese derecho.

Es la segunda sentencia sobre el aborto que avala la libre voluntad de la mujer para la interrupción del embarazo durante las primeras 14 semanas, como contempla la ley de plazos aprobada en 2010 por el Gobierno de Zapatero. Una sentencia que llega en un momento en que los derechos reproductivos están retrocediendo en muchos países que ya lo tenían, como en Estados Unidos, Argentina. En Malta, Andorra, Polonia y Marruecos el aborto continúa penado. Amnistía Internacional calcula que casi la mitad de las mujeres en edad de procrear viven en países con leyes muy estrictas sobre el aborto o en los que, a pesar de que el aborto sea legal, no es seguro ni accesible.

Foto: Fachada del edificio del Tribunal Constitucional. (EFE/Emilio Naranjo)

Así que conviene recordar, ahora que en España el Constitucional avala el derecho, que mejorar el acceso al aborto no significa necesariamente promoverlo, igual que restringir el aborto seguro no garantiza un menor número de abortos, sino en un mayor número de mujeres y niñas que arriesgan su vida. Obligar a una mujer a continuar con un embarazo en contra de su voluntad constituye una violación de sus derechos humanos. Y lo que previene embarazos no deseados es la educación sexual, especialmente necesaria ahora que el uso de preservativos entre los jóvenes está disminuyendo.

El aborto seguirá siendo pecado. Hay muchos derechos que lo siguen siendo. De lo que ya no hay duda es de que es un derecho constitucional. También para que puedan ejercerlo chicas de 16 y 17 años a las que ya no se les podrá obligar a llevar adelante un embarazo en contra de su voluntad.

Ni la ley de eutanasia te obliga a morir ni el derecho al aborto a abortar ni el divorcio a divorciarte. Tampoco el matrimonio igualitario obliga a nadie a casarse con personas del mismo sexo. Es estrictamente voluntario. Es una cuestión de libertad. Así que aquellos a quienes sus convicciones, perfectamente respetables, les impiden abortar, no tendrán por qué hacerlo. Pero ya no podrán impedir que sus hijas de 16 años ejerzan ese derecho en libertad.

A los 16 años en España ya se puede obtener una licencia de armas, pagar impuestos y tener relaciones sexuales consensuadas. Es también la edad que se fija la mayoría de edad sanitaria, es decir, a la que se puede aceptar o rechazar un procedimiento médico sin consentimiento de los padres. Y desde ayer el Tribunal Constitucional avala que sea también la edad a la que ya se puede decidir si abortar. Las jóvenes de 16 y 17 años pueden abortar sin consentimiento paterno. Aunque tal vez se entienda mejor la noticia diciendo que los padres ya no podrán obligar a una chica de esa edad a ser madre en contra de su voluntad.

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