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'Revolving Doors' entre administraciones, empresas públicas y privadas: caso Salgado
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'Revolving Doors' entre administraciones, empresas públicas y privadas: caso Salgado

Hace ya algunos meses publicó Fernando Gomá un post sobre la ‘revolving door’ entre la Justicia y la política, que por cierto no tiene parangón en otros

Hace ya algunos meses publicó Fernando Gomá un post sobre la ‘revolving door’ entre la Justicia y la política, que por cierto no tiene parangón en otros países de nuestro entorno. Pues bien, ahora nos enteramos por El Confidencial de que la exministra de Economía y Hacienda parece que ficha por Endesa. De la trayectoria profesional de la exministra y en particular de su gestión al frente del Ministerio de Economía y Hacienda no hay mucho que comentar, dado que -desgraciadamente- todos los españoles la conocemos y la padecemos de primera mano. 

Pero lo que sí podemos preguntarnos legítimamente es por las razones del fichaje por Endesa, dado que, por lo menos sobre el papel, esto no debería ocurrir. Existen, como siempre ocurre en España, muchas normas cuya finalidad es impedir precisamente que los exaltos cargos del Gobierno o los exdirectivos de una Administración Pública o empresa pública ‘pasen’ (sea cual sea la modalidad del ‘pase’) a empresas privadas con las que hayan tenido relaciones por razón de su cargo. Las razones se las pueden imaginar, dado que la tentación de hacer favores con dinero público a empresas que pueden devolverlos (ya sea vía puestos directivos, puestos de trabajo, importantes contratos de servicios o consultoría directos o a amigos y familiares) es muy grande, máxime en un momento de crisis como el actual. Y no digamos ya si el partido político al que se pertenece o con el que se ha estado en el Gobierno tiene muy poquitas posibilidades de ‘colocar’ igual de bien.

En estos casos, suele ocurrir que el cv de los agraciados es del tipo ‘político’, es decir, de aquellos cvs en los que la principal experiencia profesional es la derivada de pertenecer a un partido político, de realizar actividades políticas y de haber desempeñado puestos públicos atendiendo a dicha pertenencia. En el caso concreto de la sra Salgado, la experiencia previa es la de Ministra de Economía y Hacienda y menuda experiencia. Eso sí, suponemos que el interés de Endesa estará más en su agenda o en sus contactos que en su desempeño profesional.

Lo cierto es que las empresas privadas en este país dependen mucho del sector público, no solo de la contratación pública sino también de la regulación que mana con tanta liberalidad de nuestros muchos Parlamentos y Administraciones. En ese marco, no es difícil entender este tipo de fichajes. Pero como esto no suele salirle  gratis a los contribuyentes, las normas tratan de evitarlo.

Efectivamente, la legislación vigente no quiere que los exaltos cargos públicos realicen actividades privadas en una empresa con la que tuvieron ‘relaciones’ en dicha etapa hasta por lo menos transcurridos dos años desde su cese (en este caso han pasado tres meses escasos).

La legislación vigente no quiere que los exaltos cargos públicos realicen actividades privadas en una empresa con la que tuvieron ‘relaciones’ en dicha etapa hasta por lo menos transcurridos dos años desde su cese

En el ámbito estatal, la Ley 5/2006 de regulación de los conflictos de intereses y altos cargos al servicio de la Administración General del Estado es bastante clara y precisa con respecto a las limitaciones al ejercicio de actividades privadas con posterior al cese del alto cargo, ya que en su artículo 8.1 establece que:

“Durante los dos años siguientes a la fecha de su cese los altos cargos (…) no podrán desempeñar sus servicios en empresas o sociedades privadas relacionadas directamente con las competencias del cargo desempeñado. A estos efectos se considera que existe relación directa cuando se den cualquiera de los siguientes supuestos de hecho:

a. Que los altos cargos, sus superiores a propuesta de ellos o los titulares de sus órganos dependientes, por delegación o sustitución, hubieran dictado resoluciones en relación con dichas empresas o sociedades.

b. Que hubieran intervenido en sesiones de órganos colegiados en las que se hubiera adoptado algún acuerdo o resolución en relación con dichas entidades.”

Eso sí, como se desprende del propio tenor literal de la norma, puede uno siempre decantarse por una interpretación formalista que deje la conciencia tranquila y el futuro asegurado. Por ejemplo, si la sra ex Ministra entiende que la empresa en cuestión, si la manda fuera de España (parece que es el caso ya que según la noticia la van a nombrar Consejera de la filial chilena de Endesa) ya cumple formalmente con la Ley.  Pues que bien.

¿Y qué pasa si hay dudas sobre la incompatibilidad o el conflicto de intereses aunque el interesado no tenga ninguna, que es lo que suele pasar? Para velar por el cumplimiento de esta normativa, se creó en el año 2006 una Oficina de Conflictos de Intereses, a la que el alto cargo en cuestión le tiene que comunicar la actividad que proyecta realizar antes, para que en un mes la Oficina se pronuncie sobre su compatibilidad o no, y se lo comunique al interesado y a la empresa o sociedad en la que fuera a prestar sus servicios. Si la respuesta es positiva, todos contentos, y si es negativa, pues casi igual, dado que pueden hacer las alegaciones convenientes interesado y empresa futura y la Oficina dicta “la resolución que proceda”.

Y si tenemos en cuenta que la Oficina tiene rango de subdirección en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, dependiente de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y que no es fácil encontrarla en el organigrama, pues ya se imaginan ustedes el papel o más bien el papelón que ha desempeñado hasta ahora la Oficina ante casos tan sonados como el de David Taguas, sin ir más lejos.

Como siempre, será por regulación. Tenemos donde elegir, regulación de incompatibilidades además de la estatal, tenemos la autonómica y hasta Código de buen gobierno. Merece la pena que se lo lean, aunque les aviso una mezcla de melancolía y enfado, por decirlo elegantemente.

Eso sí, pese a tanta norma y a tanta Oficina, y a tanta autorregulación (y al paso que vamos toda nuestra legislación, empezando por la de incompatibilidades va camino de eso, de convertirse en autorregulación y en códigos de buena conducta de cumplimiento voluntario) la cosa no parece que esté mejorando nada, como estamos viendo.

*Elisa de la Nuez, Directora Gerente Iclaves, foro ¿Hay Derecho?

Hace ya algunos meses publicó Fernando Gomá un post sobre la ‘revolving door’ entre la Justicia y la política, que por cierto no tiene parangón en otros países de nuestro entorno. Pues bien, ahora nos enteramos por El Confidencial de que la exministra de Economía y Hacienda parece que ficha por Endesa. De la trayectoria profesional de la exministra y en particular de su gestión al frente del Ministerio de Economía y Hacienda no hay mucho que comentar, dado que -desgraciadamente- todos los españoles la conocemos y la padecemos de primera mano. 

Elena Salgado