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Ley de Transparencia: por una reconstrucción de la democracia española
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Ley de Transparencia: por una reconstrucción de la democracia española

Una profunda y eficaz ley de transparencia podría suponer la iniciativa legislativa más importante desde la consolidación de la democracia. Es algo raro lo que nos

Una profunda y eficaz ley de transparencia podría suponer la iniciativa legislativa más importante desde la consolidación de la democracia. Es algo raro lo que nos sucede a los españoles entre las democracias modernas: no existe una obligación general para las Administraciones y el Gobierno de transparencia, ni de responder informativamente respecto de su gestión frente a la ciudadanía. Sin duda, una cuenta pendiente importante de una Transición inacabada, un vestigio de impunidad que explica demasiadas cosas de la crisis española.

El proyecto para una ley de transparencia ha llegado al Congreso. Apenas ha tardado 34 años, evidenciando que el secreto ha sido una técnica inevitable para el poder en España, casi tanto como la impunidad. Veremos que la solidaridad fraterna entre secreto e impunidad ha anulado lo mejor que puede traer este proyecto normativo.

Para empezar, el proyecto ha esquivado hábilmente solicitar la opinión de los agentes sociales pues, a pesar de su transcendencia evidente, no ha sido remitido al Consejo Económico y Social. En cambio, sí se ha recabado un informe del Consejo de Estado y de forma añadida se anunció un correo electrónico  para recibir propuestas de la ciudadanía, las cuales no se han hecho públicas. Un  correo electrónico no es sinónimo de la capacidad de internet para posibilitar un debate abierto. Creo que alguien está siguiendo las irónicas recetas del socio-historiador Norman Cántor sobre cómo el Sistema puede derrotar a la confrontación: “Mantente al día en lo que respecta a cambios sociales, modas intelectuales, estilos. No te adocenes; usa la jerga nueva y (con moderación) lo que se lleve en cuestiones de ropa y de cabello”.  Osea, un email.

Presido, si es que eso significa algo en red, una entidad que se llama Hispalinux y que integra a casi 8000 personas implicadas en la tecnología, como herramienta abierta y libre en la sociedad, y muy concienciadas de los nuevos modelos de Estado y ciudadanía que puede definir la tecnología que nos impongan. Hemos opinado ténicamente sobre la ley y para ello hemos pedido ayuda a algunos de nuestros miembros: economistas del Estado (y de fuera del estado), técnicos de la administración, abogados y al núcleo duro informático para que nos proporcionen unas propuestas y hemos llegado a una conclusión de partida y a cinco puntos fundamentales que suponen el test que configuraría una adecuada ley de transparencia.

Con el debido respeto, el texto actual no está maduro y, si no se modifica en profundidad, promete que las cosas seguirán mucho peor que antes, pues existiendo una Ley de transparencia o ésta sirve para contener la corrupción y el caciquismo 3.0 o servirá sólo para maquillarlas. Confiemos cautelarmente en el compromiso de reforma asumido por el Presidente y por todos aquellos que queremos que la situación cambie. Porque nos enfrentamos a una clase instalada (y sus familiares) para los que el bienestar del Estado es manifiestamente contradictorio del Estado del bienestar. Redes clientelares que escapan a cualquier control y que cuentan con la parálisis de legalidad y el miedo que sufre la Administración, el Poder Judicial y la clase política no corrupta. Sin transparencia no hay responsabilidad efectiva.

El texto actual no está maduro y, si no se modifica en profundidad, promete que las cosas seguirán mucho peor que antes, pues existiendo una Ley de transparencia o ésta sirve para contener la corrupción y el caciquismo 3.0 o servirá sólo para maquillarlasPrimero, el derecho a disfrutar de unos servicios transparentes y a acceder a la información pública no clasificada legalmente es un Derecho Fundamental de todo ciudadano y de cualquier órgano de la Administración. La Ley tiene que adoptar la forma de Ley Orgánica. Si no, esta norma será mera publicidad del poder.

Segundo, las Administraciones deben generar información relevante y suficiente para poder explicar su actividad corriente, concreta y los recursos materiales y humanos implicados. Estos umbrales de información deben determinarse expresamente. Asimismo debe posibilitar su accesibilidad con la suficiente anticipación y cantidad para permitir la participación de la ciudadanía y los agentes sociales que pudieran estar interesados. La información que se dé a los ciudadanos debe ser la misma con la que trabaja la Administración, no una información distinta generada para terceros.

En este sentido, el tipo de información a generar deberá adaptarse a cada Administración. Por ejemplo las intervenciones policiales que impliquen el recurso a la violencia deben ser grabadas, las reuniones de contratación administrativa deben constar en actas que sean públicas. Respecto al gasto público, en general, de los presupuestos, lo que interesa es la liquidación, que es algo bastante distinto del presupuesto aprobado y eso referido a poder responder a:

¿Quién gasta? (organismo gestor)

¿En qué se gasta? (Clasificación económica: personal, bienes y servicios, etc.)

¿Para qué se gasta? (Clasificación funcional: sanidad, enseñanza, administración, etc). La información debe permitir "cruzar datos".
En todos los casos es imprescindible el listado de los perceptores de los gastos, no solo de los presupuestados, sino, también, de los liquidados. Los capítulos 4º y 7º, transferencias corrientes y de capital respectivamente, son de gran trascendencia, sobre todo en lo que se refiere a los perceptores.

Tercero, que esa información sirva, además, para su agregación, comparación y manejo conjunto con otras y que a su vez permitan conocer el funcionamiento del conjunto del sector público o sus partes: La información debe ser homologable, alcanzar umbrales operativos, conservar su trazabilidad, estar en formatos y sobre infraestructuras informáticas interoperables y abiertas.

Cuarto, Debe incluir obligaciones de información a las empresas, personas y entidades que contratan con las Administraciones Públicas. No sólo a las empresas que están participadas en más de un 50% por el Estado, como expresa el proyecto de ley. Una patología frecuente de muchos ex altos cargos es que después de ocupar su puesto y hacer los favores correspondientes es acogido en grandes y agradecidas empresas. Por ello el deber de información de la esfera pública debe incluir ciertas informaciones corporativas de las empresas que facturan millones gracias a ellas. No se puede permitir que ex altos cargos acaben en empresas de electricidad, telefónicas y demás que no sólo demuestran que han sido favorecidas por su actividad sino adquieren un vector de un sistema generalizado de clientelismo privado público que debe interrumpirse para la regeneración del país.

Quinto, a los efectos de equilibrar la obligación de transparencia, el derecho de acceso a la información pública con los derechos relativos a la privacidad de los datos de carácter personal y secretos oficiales se debe instituir un procedimiento judicial específico, de carácter urgente y sobre la base del principio a favor de la información y la presunción del buen derecho a la misma. El proyecto se libra de los jueces, o al menos los pone lejos, concibiendo otro organismo administrativo, designado por los políticos para los políticos, para arbitrar las diferencias que surjan en la aplicación de los derechos previstos en la ley.

Salvo que la norma no supere afirmativamente el cumplimiento de estos cinco puntos, y de momento no es el caso, estaremos bajo la misma estructura de impunidad, despilfarro en beneficio de los amigos e ineficiencia que es parte de la discrecionalidad de la Administración Pública y política de este país y sus versiones periféricas. Me permito recordar a Joaquín Costa, un regeneracionista más vigente que nunca, que con los muertos aún calientes por el desastre de 1898 se atrevía a afirmar que España había llegado a eso por culpa, en última instancia, del caciquismo y la corrupción. De toda esa afirmación lo único que ha sobrevivido es el caciquismo y la corrupción; la gente como Costa y la memoria de los muertos son alimento del tiempo. El resultado último de la ley de transparencia determinará si los partidos políticos de nuestro país han consumado, como protagonistas, un fracaso histórico, reincidente, radical y profundo.

* José María Lancho es abogado y presidente de Hispalinux.

Una profunda y eficaz ley de transparencia podría suponer la iniciativa legislativa más importante desde la consolidación de la democracia. Es algo raro lo que nos sucede a los españoles entre las democracias modernas: no existe una obligación general para las Administraciones y el Gobierno de transparencia, ni de responder informativamente respecto de su gestión frente a la ciudadanía. Sin duda, una cuenta pendiente importante de una Transición inacabada, un vestigio de impunidad que explica demasiadas cosas de la crisis española.