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Sobre las puertas giratorias

La legislación utiliza como antídoto el denominado periodo de congelación de dos años, consistente en que dicho alto cargo no puede ser empleado en el mismo sector

Foto: Foto de archivo del Congreso de los Diputados. (EFE)
Foto de archivo del Congreso de los Diputados. (EFE)

Hace ya años se acuñó en la prensa la expresión puerta giratoria como sinónimo de corruptela. Se entiende por tal la acción de aquel alto cargo que, aprovechando su conocimiento del ramo que tutelaba en la Administración, empleaba consecutivamente ese ‘know how’ en aras de la defensa de intereses privados. Cierto es que la legislación utiliza como antídoto el denominado periodo de congelación de dos años, consistente en que dicho alto cargo no puede ser empleado en el mismo sector en el que ejercía mando en la Administración. Pero no es menos cierto que existen pruebas de lo fácil que es evitar tal cautela. Lo último que sabemos es que el Gobierno de Pedro Sánchez pretende aumentar ese plazo a cinco años.

Sin embargo, no siempre esa influencia proviene de un alto cargo, pues desgraciadamente existen reductos en la Administración que pueden ser fácilmente captados por intereses corporativos y privados. Una prueba de ello es la Dirección General de los Registros y del Notariado, órgano administrativo (dependiente del Ministerio de Justicia) de aparente inocuidad pero que, sin embargo, se encarga de tutelar algo esencial, como es, que nuestro ordenamiento jurídico cumpla el principio constitucional de seguridad jurídica.

Foto: El Rey recibe en audiencia a registradores de la propiedad. (EFE)

Un pronunciamiento ya clásico del Tribunal Constitucional afirma que la seguridad jurídica es lo contrario a la arbitrariedad; y nada hay más arbitrario que lo sucedido desde diciembre de 2011 hasta la fecha en dicha Dirección General de los Registros, que ha sido expresión de un interés privado, como es el del colectivo de registradores, compuesto por poco más de mil.

Tal captación fue evidente en el periodo diciembre de 2011 a septiembre de 2014, durante el cual, y desde dicha Dirección General tutelada por un registrador mercantil, se pretendió, a través de un supuesto Anteproyecto de Reforma Integral de los Registros, crear un Estado registral en virtud del cual cualquier acto de la vida cotidiana -por ejemplo, el mismo registro civil- pasara a través de dicho colectivo profesional; todo ello en aras de su propio beneficio, obvio es decirlo.

Operadores jurídicos

Los que creímos que esa situación cesaría tras el cambio de ministro, nos llevamos la sorpresa de que el siguiente director general también era otro registrador, esta vez de la propiedad. ¿Acaso tenía algo que ver que el Presidente del Gobierno fuera registrador? Aun así, los operadores jurídicos hemos esperado pacientemente que el sesgo registral previo cesara y los resultados no han podido ser más tristes; tal Dirección General ha seguido obedeciendo a unos intereses privados, sin disimulo de tipo alguno. Prueba última ha sido una Orden de depósito de cuentas que está causando estupor en los despachos, ya que invocando por primera vez el propio incumplimiento del Estado que no ha transpuesto una Directiva, impone a nuestras empresas una nueva carga, como es inscribir la titularidad real en el registro mercantil.

Los operadores jurídicos hemos esperado pacientemente que el sesgo registral previo cesara y los resultados no han podido ser más tristes

Este ejemplo no es sino el epítome de lo que debe cesar de una vez por todas. En esa Dirección General, como letrado adscrito desde 1998 presta sus servicios un registrador de la propiedad, que, al mismo tiempo y, al menos, durante los años 2014 a 2017 ha sido miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Registradores, ejerciendo el cargo de Director de Estudios de los Servicios Registrales; y, lo peor, es que no ha pasado nada. Nadie ha exigido por simple cuestión no ya ética, sino estética, que ese funcionario no estuviera al mismo tiempo dentro y fuera de la Administración. ¿Qué garantías tenemos cualquier operador de que esa Dirección General no responderá en el futuro a intereses privados y no los públicos que ha de tutelar?

Por si fuera poco, en este mismo diario se publicaba hace pocos días que el hermano de ese registrador ha formado Sala en la Audiencia Nacional decidiendo en un Auto en el que son partes demandadas la Administración, donde presta sus servicios ese letrado, y el Colegio Profesional donde ha ejercido cargo directivo hasta fecha reciente, lo que resulta altamente preocupante e inaudito.

Y el remate a esa particular y silenciosa penetración de un colectivo profesional en órganos clave de nuestro Estado es también la presencia en el Consejo General del Poder Judicial de un Vocal que defiende en la esfera privada los intereses jurídicos del Colegio de Registradores, lo que por mera cuestión de imparcialidad objetiva -la mujer del César de nuestro refranero- debería hacernos reflexionar acerca de la última reforma de dicho órgano constitucional.

En un país donde la meritocracia está alejada de la cotidianidad de nuestros altos cargos, algunos han intentado hacer favores, por lo que pueda ocurrir

Todo ello parecer haber sucedido, es difícil no alcanzar esta conclusión, porque el Presidente del Gobierno era registrador. Y, cómo no, en un país donde la meritocracia está alejada de la cotidianidad de nuestros altos cargos, algunos han intentado hacer favores, por lo que pueda ocurrir. En el PSOE tuvimos algo parecido: una ex ministra, también registradora de la propiedad, fue miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Registradores hasta finales de año, de donde la sospecha acerca del devenir de esa Dirección General de los Registros y del Notariado, ahora que tendremos un nuevo Gobierno, seguirá en el aire mientras con hechos no se demuestre lo contrario.

Sirva este artículo, si es posible, para pedir que se ponga fin a esta situación. Que se nombre a quien se quiera Director General de los Registros y del Notariado, pero, por favor, a alguien que pretenda la consecución del interés general.

*Antonio Ojeda es abogado, notario jubilado y fue presidente del Parlamento de Andalucía.

Hace ya años se acuñó en la prensa la expresión puerta giratoria como sinónimo de corruptela. Se entiende por tal la acción de aquel alto cargo que, aprovechando su conocimiento del ramo que tutelaba en la Administración, empleaba consecutivamente ese ‘know how’ en aras de la defensa de intereses privados. Cierto es que la legislación utiliza como antídoto el denominado periodo de congelación de dos años, consistente en que dicho alto cargo no puede ser empleado en el mismo sector en el que ejercía mando en la Administración. Pero no es menos cierto que existen pruebas de lo fácil que es evitar tal cautela. Lo último que sabemos es que el Gobierno de Pedro Sánchez pretende aumentar ese plazo a cinco años.

Pedro Sánchez