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Necesidad de consenso para la transición energética
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Victor García Nebreda

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Necesidad de consenso para la transición energética

No nos olvidemos de que estamos hablando de políticas energéticas para los próximos 30 años y no conviene dar tumbos cuando nos jugamos tanto

Foto: La ministra española de Transición Ecológica, Teresa Ribera, saluda al director general de la Agencia Internacional de las Energías Renovables (IRENA), Adnan Z. Amin el pasado julio. (EFE)
La ministra española de Transición Ecológica, Teresa Ribera, saluda al director general de la Agencia Internacional de las Energías Renovables (IRENA), Adnan Z. Amin el pasado julio. (EFE)

Recientemente el Gobierno ha puesto en circulación un borrador de Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Con esta Ley se pretende dar luz al diseño de la política medioambiental que se considera necesaria para cumplir con los objetivos de los acuerdos sobre cambio climático de París, que, lógicamente, tienen una repercusión inmediata e importantísima sobre todos los sectores de la economía española.

La Ley hace referencia a muchas cosas, pero ciñéndonos a lo que afecta a nuestro sector, podemos decir que los dos puntos más importantes son la fecha de caducidad de la fabricación de vehículos con motores de combustión, fijada para el 2040 y la obligación de instalación de postes de recarga rápida en las estaciones de servicio que superen un umbral de ventas, situado en principio en 5 millones de litros.

Nos hubiera gustado que el Ministerio en cuestión hubiera tenido la consideración de informarnos de este proyecto un poco antes de leerlo en los medios

Lo primero que tenemos que decir al respecto, es que nos hubiera gustado que el Ministerio en cuestión hubiera tenido la consideración de informarnos de este proyecto un poco antes de que lo leyéramos en los periódicos. No es mala práctica ponerse en contacto con los sectores que se pretende regular, aunque sólo sea para informarles de las intenciones del Gobierno y del futuro que se les viene encima.

Pero analizando un poco esas dos medidas, hay que poner en duda la oportunidad de la primera, ya que fijar una fecha de umbral tecnológico a 22 años vista en el siglo XXI, parece cuando menos innecesario, sino claramente provocador. No aporta nada importante y si crea un estado anímico de inquietud, tanto en los sectores industriales implicados como en los consumidores, que, pese a lo largo del plazo, paralizan sus compras de vehículos y sólo se consigue un efecto realmente perverso, como es paralizar aún más la renovación de nuestro parque automovilístico, que va camino de convertirse en” parque jurásico”.

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Creo sinceramente que nadie, ni siquiera el Ministerio de Transición Ecológica, es capaz de pronosticar los avances tecnológicos que se pueden producir a lo largo de estos 22 años, teniendo en cuenta la rapidez exponencial de los avances en la actualidad. Es posible que en 2030 ya no haya motores de combustión y se haya conseguido fabricar un coche eléctrico de precio asequible y autonomía suficiente, que se imponga sin necesidad de medidas coercitivas, o quizá la evolución de los motores de combustión nos lleve a que se sigan fabricando más allá de ese umbral de 2040, y se consigan los objetivos de contaminación fijados en el tratado de París. Los esfuerzos en investigación seguro que son inmensos en ambos sentidos y el tiempo dirá que será lo más eficiente.

Recarga eléctrica

Con respecto a la segunda medida que nos influye, y esta mucho más directamente, como es la obligación de poner postes de recarga rápida en determinadas estaciones de servicio, sencillamente nos parece fuera de lugar, y vamos a tratar de explicar por qué.

En primer lugar, porque estamos en un mercado libre y las empresas tienen reconocido en nuestro ordenamiento jurídico la libertad en la toma de decisiones de sus inversiones. No parece lógico poner en peligro la continuidad de una empresa por realizar inversiones sin retorno previsto, o al menos en un plazo razonable, sobre todo si tenemos en cuenta que esas mismas empresas están ya obligadas a invertir en un plazo corto para cumplir con las nuevas exigencias de seguridad industrial y medioambiental, recogidas en la nueva reglamentación que entró en vigor en noviembre del 2017.

No parece lógico poner en peligro la continuidad de una empresa por realizar inversiones sin retorno previsto, o al menos en un plazo razonable

En segundo lugar, porque será el mercado, como ya está sucediendo ahora, el que dicte la necesidad de colocar puntos de recarga y donde y, por cierto, que tipo de recarga, porque la prevista en el borrador de 22 KW no es ya sino semi rápida y por tanto inviable, por su duración, en una estación de servicio.

Estamos hablando de inversiones de 60.000 € de media, siempre que se disponga de suficiente potencia en la red como para abastecer al punto de recarga, si no es así, sería mucho mayor el montante final de la inversión, y en muchas estaciones de carretera no está claro que esa potencia esté disponible en el punto de venta. Además, hay que tener en cuenta que de momento el término potencia se sigue pagando en la factura y que para alimentar esos cargadores no bajaría de 500€ mes en el mejor de los casos.

Además, hay otro factor que es el de la obsolescencia de los cargadores, como hemos podido apreciar en estos años.

Ya hay estaciones de servicio que ofrecen puntos de recarga a sus clientes, y habrá más, sobre todo si se incentiva de alguna manera la inversión

No dudamos de que los gobiernos tienen la facultad de poner en marcha las políticas que crean convenientes, y la energía es sin duda una materia de especial relevancia, y que si no se incentivan determinadas actuaciones el camino se hace más largo, pero de eso a imponer coercitivamente inversiones no rentables va un largo trecho.

Una vez más insistimos en nuestra vocación de seguir siendo suministradores de las energías que muevan los vehículos, hoy y en el futuro. Ya hay estaciones de servicio que ofrecen puntos de recarga a sus clientes, y habrá muchas más, sobre todo si se incentiva de alguna manera la inversión, pero no nos parece admisible la obligatoriedad de la que se habla en el borrador.

Esperemos que, para cuando el borrador se convierta en Ley, los criterios se hayan consensuado un poco más, entre los sectores implicados y la mayoría de partidos políticos, porque no nos olvidemos de que estamos hablando de políticas energéticas para los próximos 30 años y no conviene dar tumbos cuando nos jugamos tanto.

Recientemente el Gobierno ha puesto en circulación un borrador de Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Con esta Ley se pretende dar luz al diseño de la política medioambiental que se considera necesaria para cumplir con los objetivos de los acuerdos sobre cambio climático de París, que, lógicamente, tienen una repercusión inmediata e importantísima sobre todos los sectores de la economía española.

Ministerio de Transición Ecológica