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Los impunes escraches
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Gonzalo Quintero Olivares

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Los impunes escraches

La visión de un escrache tiene su propia significación: personas libres y con plenos derechos constitucionales soportan el acoso frente a sus viviendas con miedo y angustia

Foto: Escrache frente a una comisaría en Barcelona. (EFE)
Escrache frente a una comisaría en Barcelona. (EFE)

Se lee en la prensa que los independentistas radicales han difundido las direcciones particulares de los directivos de las empresas que apoyaron la candidatura de Manuel Valls al Ayuntamiento de Barcelona. De ser cierto, y desgraciadamente no hay razón para dudarlo, el lector se pregunta, en primer lugar, por cómo se consigue esa información.

En segundo lugar, da por supuesto que el objetivo de la difusión de esos datos no es evitar que un soberanista incauto invite a una fiesta de verano a personas tan 'indeseables' para el pensamiento independentista, sino para facilitar la tarea de localización a los valientes grupos especializados en escraches, que gallardamente han de castigar a quienes han osado caer en la pública herejía.

Foto: Manuel Valls, durante la sesión constitutiva del Ayuntamiento de Barcelona. (EFE)

La consecución y el reparto de direcciones merece un análisis jurídico que alguien hará, supongo, pero la visión del escrache en el horizonte tiene su propia significación. Personas libres, con derecho al goce pleno de sus derechos constitucionales, tendrán, tal vez, que soportar el escarnio, el vituperio, el insulto, el acoso frente a sus viviendas, con la consiguiente dosis de angustia, miedo y sentimiento de indefensión.

La experiencia enseña que ningún miembro de la familia escapa al rugido de los vengativos comandos, los cuales, en opinión de analistas jurídicos titulados, solamente están poniendo en práctica una modalidad de la libertad de expresión y del derecho de manifestación.

Eso es lo que estimó un juez que en el año 2013 absolvió a los autores de un escrache ante la casa de un alto cargo. Según su criterio, si no se dañaban las propiedades privadas y no se intentaba entrar en la vivienda, todo resultaba amparado por las libertades constitucionales fundamentales. De las libertades y derechos del escrachado apenas se hablaba, quizá porque se daba preferencia de paso a los buenos 'hooligans' de la causa, por ser más numerosos.

También se dijo, a la sazón, que el Código Penal no contenía espacio alguno para incluir el rodeo y acoso verbal a una persona o a una familia que pierde el libre disfrute de su casa. Eso no es ni era verdad, pero cansaría al lector explicando las razones. Un último argumento, también manejado indirectamente, pero ajeno al hecho, pasaba por la conveniencia de no calentar más el ambiente con nuevas acciones legales.

Un juez absolvió en el año 2013 a los autores de un escrache, considerando que estaban amparados por las libertades constitucionales fundamentales

Poco después, en 2015, se modificó el Código Penal introduciendo un artículo nuevo (el 172 ter) que, según se dijo, habría de ser el aplicable a los escraches, lo cual no está tan claro como sería de desear. Digo eso porque el escrache, en su sentido originario, es una forma de expresar la protesta de un grupo que se hace en la vía pública ante un responsable político con la finalidad de dar visibilidad y divulgación a una agresión a derechos humanos o para expresar una reivindicación legítima, suceso que puede ser ajeno al derecho penal.

No hace falta ser un agudo analista para comprender que la discrepancia política no tiene nada que ver con eso. Los escraches que se programan en el marco de la acción de agitación independentista solamente son orquestaciones de injurias y tácitas amenazas a los que osen discrepar públicamente del movimiento soberanista e identitario.

Entra en escena, entonces, la reflexión sobre la legalidad. He dicho antes que el mentado artículo 172 del CP no es lo claro que sería de desear. También he dicho que algunos escraches pueden entrar en la libertad de expresión, pero la frontera con la ilegalidad es muy delgada y se traspasa en cuanto se entra en el terreno de la injuria y la amenaza velada, esa que 'aconseja' al acosado a irse a vivir a otro sitio, y para dar fuerza al consejo se forma la cencerrada. Le divulgación de direcciones de discrepantes equivale al chulesco “me he quedado con tu cara” y atente a las consecuencias.

Para redondear el panorama, resulta que todos los que, con buena voluntad, han analizado el tema de los escraches han sometido su posible legitimidad a que el destinatario sea un político al que se censuran sus decisiones. No es poca limitación, y resulta especialmente importante cuando, como sucede en los casos que parecen 'programarse', se dirigen a ciudadanos, sean o no empresarios, a los que los escuadrones de la injuria, que para sí reclaman la libertad de opinión, expresión y reunión, no reconocen esos mismos derechos.

Es ilícito negar o constreñir el ejercicio de derechos fundamentales, y, por supuesto, es una constricción el anuncio de acciones que privarán al afectado del disfrute pacífico de su patrimonio subjetivo constitucional, lo que puede llevar, además de a la desazón personal, a tener que cambiar de domicilio.

En el sentir independentista, todo eso es 'justo' y es una consecuencia razonable de la privación de derecho que sufre el pueblo oprimido. La invocación de la condición de 'justo' tiene una perversa consecuencia, que se plasma en dos dimensiones: un acto justo no puede ser interrumpido o impedido por la policía, antes al contrario: la policía deberá proteger el tranquilo desarrollo del acoso.

La invocación de la condición de 'justo' tiene una perversa consecuencia: un acto así no puede ser interrumpido o impedido por la Policía

La segunda dimensión, que afortunadamente aún no se ha producido, pero que puede acaecer en cualquier momento, es una manipulación de la doctrina de la defensa legítima: si el acosado intenta defender su paz y su privacidad, incurrirá en una conducta injusta, pues no es posible, legítimamente, defenderse frente a lo que no es una 'agresión', y, por lo tanto, si le diera por fotografiar a los acosadores, o rociarles con una manguera (y me limito a respuestas leves), incurriría en responsabilidad.

Claro está que esos eventuales acosos injuriosos y amenazantes son delictivos, pero no hay que detener ahí la valoración jurídica, que alcanza también a los que inducen a ello, jaleando a los que se disponen a la hazaña como si fueran los almogávares de nuestro tiempo, y también alcanza a los que facilitan, por cualquier modo, la puesta en práctica de tan valientes acciones, por ejemplo, proporcionando las direcciones de las posibles víctimas o garantizando, tácitamente, la abstención policial, y a quien ponga en duda esto último conviene recordarle las 'denuncias' que en su momento se han hecho contra los responsables políticos y policiales de la intervención en conflictos de desorden que se han producido, cual si se tratara de una 'traición' al pueblo, al punto de que responsables de la Administración autónoma llegaron a excusarse.

Esto es lo que hay, y solo cabe esperar que cada uno esté a la altura de sus responsabilidades y sus deberes.

Se lee en la prensa que los independentistas radicales han difundido las direcciones particulares de los directivos de las empresas que apoyaron la candidatura de Manuel Valls al Ayuntamiento de Barcelona. De ser cierto, y desgraciadamente no hay razón para dudarlo, el lector se pregunta, en primer lugar, por cómo se consigue esa información.

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