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La ley mordaza, la memoria histórica y los dislates jurídicos
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Gonzalo Quintero Olivares

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La ley mordaza, la memoria histórica y los dislates jurídicos

Son preocupantes las novedades y propuestas en memoria histórica. Destaca, por la cantidad de dislates que se han dicho, la petición de derogar la Ley de Amnistía del 77

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes (c), y la ministra de Justicia, Pilar Llop. (EFE/Pool/Ballesteros)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes (c), y la ministra de Justicia, Pilar Llop. (EFE/Pool/Ballesteros)

La reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC), llamada ley mordaza, ha provocado, y más que lo hará, grandes manifestaciones policiales en protesta por los cambios que se introducen, que según los sindicatos policiales aumentarán la inseguridad ciudadana a la vez que suponen un "ataque frontal a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la eliminación por completo del principio de autoridad que debe regir en los cuerpos policiales de cualquier Estado democrático".

La LSC contenía preceptos que rayaban en la inconstitucionalidad, como eran los concernientes a los cacheos o a la duración de la detención para identificación o el uso de la fuerza y la utilización de material antidisturbios. Pero otros temas, y ahí se ubica la razón del malestar, son más complicados, como es la supresión de la prohibición de la toma y difusión de imágenes de agentes de las Fuerzas de Seguridad en manifestaciones u operaciones policiales, en todo caso decidida ya por el Tribunal Constitucional. Pese a ello, los colectivos policiales denuncian que el cambio implica riesgo, pues la reforma de la ley permitirá que sea posible fotografiar directamente a los agentes de Policía, salvo que con ello se ponga en riesgo su seguridad o la de sus familias.

Foto: El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. (EFE)

Es comprensible que el TC estimara excesivo prohibir fotografiar eventos o sucesos en los que aparecieran fuerzas policiales, pero también es justa la preocupación de los policías por su seguridad, problema que no se resuelve prohibiendo la foto cuando con ello se ponga en peligro la intimidad o seguridad de los policías o sus familias, pues ese pronóstico no es viable en el momento de la captación de la imagen. Frente a las demagógicas invocaciones a la libertad de 'fotografiar' una protesta (cosa que nadie discute), hay que recordar que la imagen personal goza de tutela constitucional y que, en principio, nadie puede ser fotografiado contra su voluntad. La excepción para eventos públicos es razonable, si el objeto de la foto es el 'suceso' con sus protagonistas, no si son directamente orientadas a la imagen de un concreto agente. Tema muy delicado.

Otro tema, que finalmente quedará sin tocar, contra el deseo de Unidas Podemos, es el de las 'devoluciones en caliente', que se tratará en el marco de reforma de la Ley de Extranjería, que actualmente las permite, y que han sido declaradas conforme a derecho por el TEDH, lo cual no parece 'progre'. La reciente 'invasión de Ceuta' debería propiciar reflexiones más profundas, alejando la injusta imagen de 'crueldad' estatal.

Problema diferente es el de la reconsideración del valor del atestado policial. Los sindicatos ven un ataque a la credibilidad de la Policía, pero el problema no es ese, sino otro, que es de los jueces, y es que no puede dictarse una condena solamente con base en el atestado policial, que en sí mismo solo tiene valor de denuncia con independencia de que lo que en él consta se incorpore a las declaraciones testificales que sí tienen valor de prueba.

Foto: Maria Luisa Balaguer, en el acto de su toma de posesión del TC en 2017. (EFE/Javier Lizón)

Son preocupantes las novedades y propuestas en lo que concierne a la memoria histórica. Destaca por la cantidad de dislates que se han dicho, comenzando por ERC y su petición de derogar la Ley de Amnistía de 1977, para que la Justicia pueda "investigar los crímenes de la Guerra Civil y la dictadura franquista". Se exige además que las leyes internacionales para la persecución de los delitos de lesa humanidad se apliquen "como derecho vigente en España", para que la Ley de Amnistía se interprete y aplique teniendo en cuenta que los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen "consideración de imprescriptibles". Dejando de lado la dificultad de encontrar personas con vida a las que se pudiera juzgar, la propuesta se justifica para "acabar definitivamente con la impunidad" de los delitos del franquismo. Por cierto, se quiere prorrogar el franquismo promoviendo un reconocimiento a las víctimas de la Transición, de 1978 a 1982, primer Gobierno del PSOE. Sin comentarios.

Sobre la derogación de la Ley de Amnistía, bastaría decir que eso solo generaría efectos de futuro, pero está fuera de duda que en ningún caso se podría perseguir lo que en su día resultó amnistiado, pues, en contra de lo que puedan suponer los pensadores del tema, una ley como la derogación de la Ley de Amnistía toparía con la irretroactividad de las leyes desfavorables. En cuanto a la incorporación al derecho interno de los tratados internacionales sobre persecución de los delitos de lesa humanidad, tal vez los proponentes ignoran que los tratados suscritos por España se incorporan al derecho interno (art. 96-1 de la Constitución).

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), conversa con Héctor Gómez (d). (EFE/Emilio Naranjo)

Mención separada merece la propuesta de creación de una Fiscalía de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática. La Fiscalía tiene encomendada la función de promover la legalidad en los procesos en los que esté presente, y Una Fiscalía de derechos humanos y memoria histórica apenas tendría casos y procesos en los que actuar. Esa realidad es tan patente que ha sido captada por los proponentes, que resuelven la cuestión dando una nueva dimensión a las funciones del Ministerio Fiscal, pues afirman que "la Justicia no consiste solamente en sanciones", sino también en "conocer una verdad judicial", para lo cual se precisa un órgano dedicado a la investigación de los hechos que tuvieron lugar con ocasión del golpe de Estado, la Guerra y la dictadura. En resumen, una Fiscalía de Sala que no perseguiría delitos, sino que sería una especie de servicio de estudios sobre la represión. Nada más lejos de mi ánimo que negar la importancia de esa investigación, pero esa no es la tarea que corresponde constitucionalmente al Ministerio Fiscal.

Foto: El 'conseller' de Economía, Jaume Giró. (EFE) Opinión
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Gonzalo Quintero Olivares

En un terreno menos relevante se inscribe la propuesta de supresión de 33 títulos nobiliarios y grandezas de España concedidos por Franco entre 1948 y 1978. Ya en la Proposición de Ley de Memoria Histórica y Democrática que el PSOE presentó el 30 de julio de 2019, se prometía la supresión de títulos nobiliarios concedidos entre 1948 y 1977 o posteriores que representen la exaltación de la Guerra Civil y Dictadura. Cierto que, al amparo del art. 62-f) de la Constitución se podría sostener que la concesión de honores y distinciones corresponde en exclusiva al Rey, y, por lo mismo, todos los títulos franquistas habrían caído en una especie de inconstitucionalidad sobrevenida. Quizá los afectados habrían impugnado la medida y a saber lo que habría decidido el TC, pero, en cualquier caso, habría sido un camino menos complicado, pese al no pequeño problema de la subsistencia del propio Ducado de Franco y del Señorío de Meirás, ambos otorgados por Juan Carlos I.

Mas lo realmente sorprendente en todo el debate que se ha generado en torno a este tema es la total ausencia de discusión alguna sobre el estatuto jurídico de los títulos nobiliarios. Vaya por delante que no tengo objeción alguna a su existencia, aunque no faltan quienes exigen su supresión, cosa que creo innecesaria. Pero entre aceptar la existencia y aceptar la intervención del Estado y del derecho público en su régimen media una gran distancia, y, posiblemente, si toda esta materia fuera autorregulada por la propia nobleza, como cuestión privada, a través de organismos propios, que los tienen, como la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España y Títulos del Reino, sin intervención de la Administración pública y sin perjuicio de la potestad real de otorgar distinciones, nos evitaríamos discusiones prescindibles, pero, sobre todo, situaríamos el tema de los títulos en un lugar más ajustado a la España del siglo XXI.

*Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de derecho penal y abogado.

La reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC), llamada ley mordaza, ha provocado, y más que lo hará, grandes manifestaciones policiales en protesta por los cambios que se introducen, que según los sindicatos policiales aumentarán la inseguridad ciudadana a la vez que suponen un "ataque frontal a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la eliminación por completo del principio de autoridad que debe regir en los cuerpos policiales de cualquier Estado democrático".

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