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La bronca por la sedición "armonizada"
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Gonzalo Quintero Olivares

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La bronca por la sedición "armonizada"

En un clima carente de la serenidad que merece un trabajo prelegislativo en un Estado de Derecho, se llega al momento actual, en el que se prescinde de la racionalización de un problema jurídico objetivo

Foto: Pleno del Senado. (EFE/Fernando Alvarado)
Pleno del Senado. (EFE/Fernando Alvarado)

Cuando, ya hace bastante tiempo, se anunció la posible reforma del delito de sedición, se abrió un primer debate sobre pros y contras. La opinión mayoritaria entre expertos, de ideología variada, era que esa reforma se imponía por muchos motivos ajenos a las exigencias de ERC y otros grupos, y no solo independentistas. Cuando, ante la posibilidad de que esa reforma de la sedición saliera adelante, el PP decide quebrar la renovación del CGPJ, el observador imparcial no puede menos que preguntarse por la heterogénea relación entre el culo y las témporas. Pero vayamos por partes.

La reforma del delito de sedición viene planteándose desde que se juzgaron los hechos que dieron en la pírrica declaración de independencia de Cataluña, que no es preciso volver a relatar y que inicialmente se llegaron a calificar como rebelión. Luego vendría, por un lado, el juicio y condena por sedición, y otros delitos, a los dirigentes independentistas, que después serían indultados, aunque sujetos a inhabilitación para cargo público, situación cuya supresión es otra de las demandas indirectas del independentismo.

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante su intervención este jueves en el Congreso. (EFE/J. J. Guillen)

Se produjeron, por otra parte, los rechazos belgas y alemanes a la entrega de dirigentes fugados, con Puigdemont a la cabeza, problema que sigue abierto, y, en alguna ocasión, se dijo que la ley penal de esos otros países no valoraba el hecho del mismo modo que la ley penal española. En paralelo, en diferentes ámbitos profesionales y doctrinales, se empezó a reclamar, cada vez con mayor intensidad, la necesidad de revisar unos delitos como los de rebelión y sedición abiertamente envejecidos en sus fundamentos y en su formulación.

Y así, en un clima carente de la serenidad que merece un trabajo prelegislativo en un Estado de Derecho, se llega al momento actual, en el que se prescinde de la racionalización de un problema jurídico objetivo y se pasa directamente a la exigencia del Gobierno catalán de que se modifique el delito de sedición como condición para apoyar la Ley de Presupuestos, aprovechando la necesidad de votos que sufre el Gobierno nacional.

La exigencia ha sido vestida por ERC con una invocación del derecho comparado, argumento asumido por el Gobierno. La mágica palabra "armonización" parece dar respuesta a todo lo que se tiene que hacer para dejar el CP modernizado, y esos delitos vaciados de gravedad. Pero es preciso hacer algunas reflexiones, comenzando por la ligereza con la que se habla de la armonización del derecho español con el europeo en materia de sedición, prescindiendo de ese nombre, que a buen seguro debería desaparecer. Los métodos del derecho comparado son complicados, y no se pueden reducir a la lectura paralela de un artículo del CP con un artículo parecido de otro Código, sino que es preciso analizar simultáneamente sistemas completos, comenzando por clarificar lo que puede y lo que no puede hacer el dirigente de una comunidad autónoma, región o Land, y, partiendo de eso, valorar la respuesta a la negativa a reconocer el orden constitucional.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso. (EFE/Javier Lizón)

Es seguro que las penas que prevé el CP español para los hechos que se califican como sedición pueden ser más graves que las que por esos sucesos objetivos merecerían en otros sistemas penales. Pero cuando se habla de "hecho" en derecho penal, no se puede recortar un suceso y descontextualizarlo, y por eso no es lo mismo un desorden público motivado por cualquier causa que ese mismo desorden inspirado por la puesta en marcha de un intento de separación del Estado violentando el orden constitucional, desde la premisa de que la Constitución española no es reconocida.

Cierto que, a pesar de todo, esas acciones podrían recibir menos pena para otros Códigos, pero en ningún caso quedarían exentas de la pena de prisión y de la inhabilitación para la actividad política. Y en ningún caso puede plantearse la reforma del delito de sedición, que muchos aprobaríamos, así como la del de rebelión, sin ir acompañada de la simultánea reforma de los delitos de desobediencia, desórdenes públicos, resistencia, usurpación de poderes, y, en suma, todo el tratamiento penal de la tutela del orden constitucional.

Sentado lo anterior, y aceptada la necesidad de una mitigación de la respuesta penal (cosa que se podría decir de otros muchos delitos), surge un segundo presupuesto diferencial, orillado y silenciado por el independentismo, que es la lealtad constitucional. El independentismo exige la reforma del CP, pero dispensándose de la lealtad al orden constitucional, y no pierde ocasión de demostrarlo, por ejemplo, con sus grotescas exhibiciones de mala educación hacia la persona del Rey. Cualquier pretensión de reforma debiera pasar por el reconocimiento expreso del respeto al Estado, y la falta de ese respeto se presenta como una especie de derecho político natural y "exigible". Y lo peor es que no parece que el Gobierno vaya a apretar en esa dirección.

Foto: Marta Rovira, en una intervención telemática. (EFE/Quique García)

Claro está que los independentistas se aprovechan de la necesidad de votos que aqueja al Gobierno, apoyándose vagamente en una aceptada necesidad de revisar una importante parte del Código Penal. Pero el deseo último es desactivar toda Ley que interfiera en sus acciones, además, por supuesto, de librar de problemas penales a todos los independentistas que hoy los tienen.

A pesar de todo, y sin duda alguna, es urgente modificar el grupo de delitos contra el orden constitucional, pero todos ellos, y desde la premisa de la necesaria coexistencia entre la libertad de opinión y expresión y la lealtad constitucional, para la cual la mayor traición es buscar la independencia, y no añado "fuera de las vías constitucionales" porque no hay vía constitucional para eso, sin poner en duda la legitimidad del deseo. Y, a la vez, hay que crear medidas no penales aptas para dar respuesta rápida y eficaz a los constantes actos que implican desprecio a la Constitución española, y eso va desde la previsión de la nulidad radical y ope legis de muchos de esos actos hasta la exigencia de responsabilidad a las autoridades administrativas que permiten y hasta aplauden conductas que implican desprecio a todo aquel que no comparta su credo.

Se cuenta de un telegrafista naval que equivocó el mensaje que su comandante le había ordenado enviar en relación con las circunstancias bélicas en que se encontraba el buque, y comunicó que la situación era "dramática, pero no seria", al revés de lo que se le había dicho. Eso es lo sucede en España en estos momentos, pues duele ver al Gobierno sometido, aunque sea coyunturalmente, a la presión de ERC, con las cosas que desde ERC se han dicho y hecho en contra del Estado de Derecho, por no hablar de los de JxCAT o de los Comuns

Foto: El líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo; y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (EFE)
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En unas circunstancias como las presentes, y ahora enlazo con mis primeras palabras, es incalificable que el Sr. Núñez Feijóo, que parecía querer transmitir una imagen de seriedad y sentido del Estado, haya optado por tomar una decisión, como la de romper las negociaciones para la renovación del CGPJ, en todo ajena a su legítima preocupación por que el Gobierno vacíe de contenido el CP, añadiendo, además, que cuando llegue al Gobierno aumentará las penas de la rebelión y la sedición, despreciando todas las muy razonables propuestas de reforma de esos delitos y otros del mismo grupo elaborados en diferentes grupos de estudio, y opte por echarse al monte, creyendo tal vez que así contenta a lo más rancio de su electorado.

De sabios es rectificar, y esperemos que lo haga, pero esperemos también que el Gobierno sea consciente de donde empieza lo innegociable.

*Gonzalo Quintero Olivares, Catedrático de Derecho Penal y Abogado

Cuando, ya hace bastante tiempo, se anunció la posible reforma del delito de sedición, se abrió un primer debate sobre pros y contras. La opinión mayoritaria entre expertos, de ideología variada, era que esa reforma se imponía por muchos motivos ajenos a las exigencias de ERC y otros grupos, y no solo independentistas. Cuando, ante la posibilidad de que esa reforma de la sedición saliera adelante, el PP decide quebrar la renovación del CGPJ, el observador imparcial no puede menos que preguntarse por la heterogénea relación entre el culo y las témporas. Pero vayamos por partes.

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