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Eloy García

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La tesitura de Pedro Sánchez

Las informaciones filtradas a la opinión indican que Sánchez se dispone a afrontar su investidura en el Congreso exponiendo un programa de gobierno fundado en medidas que desbordan el marco constitucional

Foto: El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez. (Reuters/Susana Vera)
El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez. (Reuters/Susana Vera)

Las propuestas de Pedro Sánchez no son compatibles con la Constitución y por afectar al núcleo indisponible para el legislador ordinario deberían ser tramitadas como reformas constitucionales. De aprobarlas vía ley de Cortes Generales, se hurtaría a la sociedad española el derecho a posicionarse sobre un cambio que requiere alto consenso y desde la legalidad constitucional la Constitución se habría transformado en una farsa, incapaz de conducir el rumbo de la política en medio de los inquietantes acontecimientos que asoman por el horizonte.

Las informaciones filtradas a la opinión indican que Pedro Sánchez se dispone a afrontar su investidura en el Congreso exponiendo un programa de gobierno fundado en medidas que, como la amnistía o el referéndum, a juicio de un mayoritario sector doctrinal, desbordan el marco constitucional y ponen en jaqué el corazón de nuestra Ley Fundamental. Para calibrar el problema es preciso descomponerlo analíticamente en tres puntos. A saber: 1. Qué es y qué significa la Constitución. 2. ¿Tiene algún encaje en la Constitución el programa que el candidato propone? 3. Y de no ser así ¿cuál sería su impacto sobre el régimen constitucional?

Foto: El presidente en funciones, Pedro Sánchez, durante la investidura. (Reuters/Susana Vera) Opinión
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Primero, la Constitución española, como todas las Constituciones democráticas, es el resultado de introducir en la Política las ideas que en el siglo XVIII dieron vida a la moderna palabra Constitución que antes significaba otra cosa. Esa Constitución moderna incorpora tres datos. A). Es una Constitución normativa que impone un deber ser a ciudadanos y poderes públicos nacidos de la Constitución de obligado cumplimiento (art. 9.1). B) Está destinada a marcar un curso estable al acontecer político cotidiano. Al igual que el Gubernaculum de un barco (timón en griego) tiene por misión conducir el rumbo de navegación evitando que los vientos y corrientes lo derroten, la Constitución responde al propósito de establecer orden en una política que por definición es azarosa y contingente, y que permite guiar en base a principios los actos de la vida. El actuar cotidiano en política queda así vinculado a la Constitución, de manera que no son los hombres quienes gobiernan si no las leyes las que lo hacen desde los principios que en ellas se disponen. Esa normatividad es obra humana a través de un procedimiento y de un poder especial al que llamamos Poder Constituyente, cuyo sentido último radica en el alto consenso que exige para ser elaborada. La Constitución nace de un acuerdo que supera con mucho al exigido para aprobar la legislación ordinaria y solo puede ser modificada por el mecanismo establecido para su reforma, que también reclama un alto consenso (art 167-168.CE). C) La Constitución recoge una idea de Política que se identifica con la Democracia de los Modernos soportada en dos postulados, la libertad de los individuos y la división del poder entre órganos que mutuamente se limitan y contrapesan desde las atribuciones que la Constitución les reserva y de las cuales no pueden salir.

Y dicho esto, vamos a lo segundo, ¿cómo encaja la propuesta de una amnistía y de un referéndum de autodeterminación o algo que se les aproxime en la Constitución? Pues de ninguna manera, porque ni uno ni otro están previstos en ella y dónde el Constituyente no reservó semejantes atribuciones al legislador constituido lógicamente no le está permitido autoatribuírselas. Cómo tampoco cabe introducir a través del legislador ordinario un nuevo pacto constituyente que redistribuya el poder y reorganice nuestras vidas como reclama Yolanda Diez. Pero ¡atención! Estas propuestas no encajan en la Constitución si quien las promueve es el legislador ordinario, pero, en cambio, sí son perfectamente plausibles, si se tramitan a través del art. 161 CE, la reforma Constitucional. La diferencia entre una y otra es crucial, la mayoría para cambiar la Constitución es necesariamente superior a la exigida para aplicarla. Procede entonces lícitamente avanzar un programa de amnistía y autodeterminación presentado como reforma a la Constitución, y cabe plenamente iniciar esa vía dentro de la Constitución.

La tercera cuestión era ¿qué impacto tendría sobre la propia idea de Constitución que hace constitucional nuestra existencia política, un cambio en esas cuestiones que se opere por la vía del legislador ordinario? Demoledor, porque no solo supondría una violación concreta de la Constitución, si no que colocaría al gobierno, a la mayoría que lo sostiene y al propio Tribunal Constitucional si lo admite, en la condición de poderes que hacen la Constitución y no que cumplen lo que en ella se dice. El gobierno de las leyes perecería en favor del gobierno de unos hombres que no encontrarían en la Constitución el Gubernaculum que les marque el rumbo si no que la convertirían en el resultado de sus acciones. En definitiva, una farsa que apenas serviría para engañar a unos pocos durante poco tiempo, el tiempo justo para que la política quede sin rumbo cuando precisamente más necesario resulta embridarla constitucionalmente. Y permítaseme, por la dureza de la afirmación, dos explicaciones que la clarifiquen.

Foto: Pedro Sánchez durante un mitin en Sevilla. (EFE/Julio Muñoz)

Primera, advertía el filósofo Lukacs en su libro El Asalto a la Razón, que el objetivo de toda oposición extrasistema es siempre hacer incurrir en ilegalidad al adversario gobernante para deslegitimarlo a ojos de todos. Se trata de evidenciar que el poder no cree en la legitimidad que lo soporta y demostrar de esa forma que su fuente de derecho es solo una farsa. Entre los partidos que apoyan a Pedro Sánchez hay una mayoría que está abiertamente en la línea de la legitimidad constitucional, pero también hay una minoría que no la admite y que postula ideas políticas negadoras de la democracia pluralista y de la existencia de España tal y como está configurada. Y conviene aclararlo, ya que son estos segundos los que van a ganar la partida, porque imponiendo vía legislativa reformas que todos sabemos son de rango constitucional, demuestran a los ojos de la sociedad el nulo respeto que los constitucionalistas de Pedro Sánchez sienten por la idea de Constitución. Se abre aquí una espita muy peligrosa por la que ya han transitado algunos países comunitarios (Italia, por ejemplo) que se ha traducido en el populismo y que significa abrir el camino a una manera de entender la política diferente a la que nació en el XVIII con la Constitución. ¿Pero es eso posible?

Segunda y respondiendo al interrogante anterior, el saber intelectual del momento presente nos dice que no existe alternativa revolucionaria a la democracia Constitucional, que la disrrupción que se avecina se diferencia de la revolución en que no construye un proyecto nuevo para ponerlo en el lugar del viejo, sino que simplemente se limita a destruir lo que hay, y a negarlo en aras a la fuerza de un acontecer que cifra su pretendida superioridad en el solo hecho de ser nuevo. Eso quiere decir que quienes propugnan modelos basados en la tradición leninista (Bildu o Podemos) o defienden la república catalana, están ofreciendo en realidad a sus electores una enorme quimera —ni siquiera una ideología— que únicamente sirve para destruir el Estado Constitucional y la legitimidad que lo soporta.

La terrible tesitura en que se encuentra Pedro Sánchez —y he aquí la conclusión— es que si toma como vía de acción política la ley de Cortes y sortea la reforma Constitucional, habrá emprendido un rumbo que le llevará a destruir la idea misma de Constitución sin sustituirla por nada, de manera que los acontecimientos que están viniendo —degradación de lo público, predominio por doquier de poderes fieros y anónimos, destrucción de la clase media, invasión migratoria, quiebra fiscal, descomposición de la vida en imágenes virtuales— no encontrarán timón alternativo que los sujete, y los huracanes que se han levantado ya se apoderarán definitivamente del gobierno de la nave conduciéndola a un no se sabe bien donde, qué hará del todo imposible cualquier intento de "mantenere lo stato".

Las propuestas de Pedro Sánchez no son compatibles con la Constitución y por afectar al núcleo indisponible para el legislador ordinario deberían ser tramitadas como reformas constitucionales. De aprobarlas vía ley de Cortes Generales, se hurtaría a la sociedad española el derecho a posicionarse sobre un cambio que requiere alto consenso y desde la legalidad constitucional la Constitución se habría transformado en una farsa, incapaz de conducir el rumbo de la política en medio de los inquietantes acontecimientos que asoman por el horizonte.

Pedro Sánchez
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