Es noticia
Filtraciones, revelaciones y leyes penales
  1. España
  2. Tribuna
Gonzalo Quintero Olivares

Tribuna

Por

Filtraciones, revelaciones y leyes penales

La interceptación de comunicaciones ajenas es un hecho constitutivo de delito y las penas alcanzan a quien lo haga y a quien divulgue el contenido. Pero la delictuosidad desaparece cuando la filtración la hace uno de los partícipes en la conversación

Foto: El exministro José Luis Ábalos tras salir del Tribunal Supremo. (EFE/Archivo/Chema Moya)
El exministro José Luis Ábalos tras salir del Tribunal Supremo. (EFE/Archivo/Chema Moya)

La siempre agitada charca en que se desarrolla la política española anda muy revuelta estos días a causa de la filtración, publicación, o como se quiera calificar la divulgación de los wasaps que recogen conversaciones entre Sánchez y Ábalos, cuando el viento soplaba mejor para el segundo y era mano derecha y personaje de la máxima confianza y confidencia del timonel máximo. Hoy las tornas han cambiado, como todos sabemos, y el otrora todopoderoso ministro y secretario de organización del PSOE se encuentra en un cierto ostracismo y tal vez próximo a sentarse en el banquillo, a la vez que se multiplican las revelaciones sobre sus múltiples andanzas cuando tenía responsabilidades de gobierno.

Estos últimos datos carecerían, en sí mismos, de especial interés, sino fuera porque algunos medios especulan con la posibilidad de que todo lo que ha sucedido con las filtraciones (y lo que pueda venir, que esa es otra) puede tener su causa en una especie de venganza de Ábalos por lo que le está pasando que, en su sentir, es injusto porque persigue su muerte civil, su definitiva proscripción social.

Dentro de ese modo de analizar la cuestión, es evidente que las conversaciones entre él y Sánchez, plasmadas en WhatsApp, solo estaban en poder de ellos dos, y, lógicamente, no será Sánchez el divulgador, lo que conduce a señalar al propio Ábalos como responsable de las filtraciones, lo cual ha sido reconocido por él mismo al admitir que las grabaciones correspondientes al año 2023 las entregó a una persona de su confianza y ligada a su equipo de defensa, negando, en cambio, haber hecho lo mismo con las de otros años. Si eso es o no cierto no es posible saberlo en este momento, pero aleja claramente otras explicaciones que pasen por imputar los hechos a terceros.

En algún momento, tanto Ábalos como su colaborador Koldo García declararon que los mensajes estaban guardados en dos discos duros que fueron incautados por la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO), que, a su vez, cumplía con órdenes judiciales dictadas en el marco de la causa que se sigue contra ambos personajes. Ese hecho, que no ha sido desmentido ni podría serlo, abría teóricamente el arco de posibles causas a filtraciones producidas después de la requisa de ese material, y, por lo tanto, a la posibilidad de que se hubiera cometido un delito de infidelidad en la custodia de documentos. Pero eso no es coherente con las propias declaraciones de Ábalos, aunque limite su intervención a las grabaciones de un solo año y, a su vez, usando como recipiendario a un tercero que, según dice, no era directamente el medio de comunicación en el que vieron la luz, lo cual carece de especial importancia, pues tanto da que se tratara de una entrega directa o indirecta, pues no es creíble que pasara esa información a persona de "su confianza" sin contemplar la posibilidad de que fuera divulgada. En todo caso, contemplando a la vez lo manifestado por Ábalos y lo que se cree en el PSOE, aunque no se diga formalmente, crece la coincidencia en orden a descartar la imputación de la responsabilidad de la filtración a la Guardia Civil, poniendo en cuestión el rigor y la probidad de la Benemérita en el cumplimiento de su cometido, en este caso, la custodia del material intervenido.

Foto: El exministro de Transportes José Luis Ábalos, en una comparencencia en el Senado. (Europa Press/Alejandro Martínez Vélez)

Falta por saber cómo se ha filtrado el resto, y cómo se filtrará todo lo que, según el propio Ábalos, se acumula en sus grabaciones. Lo único cierto (que no significa indiciario) es que el propio Ábalos ha declarado que le es indiferente que se lo imputen a él, dato que tiene su propia importancia.

Así las cosas, llegamos a las airadas reacciones del PSOE o sus voceros exigiendo la depuración de responsabilidades penales por lo sucedido, ya sea de los "filtradores", de quienes las han hecho llegar a medios de comunicación o de los propios medios que las han publicado, y que, probablemente, seguirán haciéndolo. Concretamente, el ministro Bolaños ha manifestado que nada les detendrá hasta que todo sea descubierto y se haya castigado a los responsables, y para ello exige que se abra de oficio una investigación, por parte del Tribunal Supremo o de la Audiencia Nacional o de cualquier Juzgado (hay que suponer que previamente habrá, o no, una denuncia del Fiscal), y, de no ser así, se impulsarán acciones legales.

En cuanto a esas acciones, hay que suponer que se refiere a querellas o denuncias que tendrá que formular el propio Sánchez, si opta por imputar un delito de descubrimiento y revelación de secretos, que exige denuncia de la persona agraviada. La cuestión, además, pasaría por determinar contra quién se presenta, especialmente, después de las declaraciones de Ábalos, a quien no se le puede imputar el delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Paralelamente, desde fuentes del PSOE se aclara que los contenidos concretos de las conversaciones carecen de significación jurídica, aunque su revelación ofenda al derecho constitucional a la intimidad, y, por lo mismo, esa parte de la cuestión es la realmente importante, mucho más que la divulgación de conversaciones que son poco menos que calderilla sin interés, aunque llamen la atención al público. Curiosamente, sobre la nula importancia de lo que se dice en las conversaciones, lo mismo dice Ábalos.

Dejemos pues de lado el contenido de las conversaciones, y las calificaciones jurídicas que se quieran dar a los hechos que se narran, lo que no quiere decir que en el futuro no hayan de dar lugar a consecuencias. Pero el primer punto a analizar es el de la responsabilidad por la aparición de esas informaciones y la supuesta obligación de persecución que recae sobre los tribunales.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, entre Lambán y Page en 2022. (EFE/Javier Belver)

Indudablemente, la interceptación o el apoderamiento de mensajes o comunicaciones ajenas es un hecho constitutivo de delito conforme a lo dispuesto en el art.197 CP, y las penas alcanzan a quien lo haga y a quien divulgue el contenido. Pero esa delictuosidad desaparece cuando la filtración ha sido realizada o impulsada por uno de los partícipes en la conversación, como sería el caso si se confirmara que, como afirman fuentes del PSOE, ha sido el propio Ábalos, por sí o a través de su colaborador Koldo García, quienes han hecho llegar a los periódicos las grabaciones que estaban recogidas en los discos duros que intervino la UCO, lo cual no es incompatible con la existencia de otras copias.

La conclusión sería, que Ábalos no cometió delito alguno ni, por supuesto, el medio de comunicación que divulgó los contenidos de las grabaciones que le habrían sido entregados por quien tenía derecho a tenerlas en su poder, tratándose además de informaciones de interés público tanto por la relevancia de los personajes como por el contenido de la información.

Con la atribución del hecho a Ábalos se diluiría así, también, la vagamente sugerida posibilidad de que la filtración derivara de un delito de infidelidad en la custodia de documentos cometido por algún funcionario policial o judicial, hipótesis que en algún medio se había barajado.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (c), y el exministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana José Luis Ábalos. (EFE/Archivo/Chema Moya) Opinión

Llegados a este punto sorprenden las reacciones o anuncios que se lanzan desde el entorno de la Moncloa, pues, sin dejar de afirmar que el contenido de las conversaciones es insubstancial, se dice que los tribunales han de impulsar de oficio una investigación, lo cual solo es imaginable si se trata del delito de infidelidad en la custodia de documentos, pero no si se estima que se trata de un apoderamiento documental, que exige la denuncia del ofendido.

Pero las mismas fuentes añaden que, si los tribunales no actuaran de oficio el Gobierno presentaría una denuncia a través de la Abogacía General del Estado por vulnerar "la intimidad del presidente", cosa sorprendente pues, si se trata realmente de esa intimidad cuesta entender la razón de la intervención de la Abogacía del Estado, cuya tarea no es la de defender intereses particulares de miembros del Gobierno o de su presidente, y la intimidad de éste es sin duda un interés privativo de él, aunque ya sabemos cuál es la idea vigente sobre la relación entre el fiscal general, la Abogacía del Estado y el presidente del Gobierno.

Curiosa es también la valoración que en medios de comunicación próximos al PSOE se ha hecho sobre las alternativas que se le ofrecen al Gobierno y a su presidente para el caso de que la vía penal fracase porque se confirme la teoría que atribuye al propio Ábalos la divulgación de las conversaciones. Se dice que, en tal caso, la única vía de acción que podría ejercer Sánchez sería la civil de protección del honor.

La idea, en sí misma correcta, es que divulgar conversaciones propias, pero sin el consentimiento de la otra parte interviniente en ella puede vulnerar el derecho al honor, la intimidad o la imagen de esa otra persona, conforme a lo dispuesto en el art.7.3 de la Ley O.1/1982 de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Pero esa clase de acción presupone que el contenido de la conversación revelada afecta "a la vida privada propia o de su familia, o que daña su reputación y buen nombre, o que alcanza a datos personales de carácter íntimo". Y, por lo sabido hasta ahora, nada de eso hay en las famosas grabaciones, además de que desde el PSOE se insiste en que todo lo que se recoge en ellas es poco menos que agua de borrajas sin alcance político ni jurídico de especie alguna.

En suma: poco recorrido judicial habrá de tener todo este asunto, salvo que aparezcan datos que hoy desconocemos y que cambien substancialmente los hechos. Mientras tanto, asistimos a un espectáculo bochornoso de impúdica exhibición del nivel de nuestra clase política.

*Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado.

La siempre agitada charca en que se desarrolla la política española anda muy revuelta estos días a causa de la filtración, publicación, o como se quiera calificar la divulgación de los wasaps que recogen conversaciones entre Sánchez y Ábalos, cuando el viento soplaba mejor para el segundo y era mano derecha y personaje de la máxima confianza y confidencia del timonel máximo. Hoy las tornas han cambiado, como todos sabemos, y el otrora todopoderoso ministro y secretario de organización del PSOE se encuentra en un cierto ostracismo y tal vez próximo a sentarse en el banquillo, a la vez que se multiplican las revelaciones sobre sus múltiples andanzas cuando tenía responsabilidades de gobierno.

José Luis Ábalos
El redactor recomienda