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La Comisión y el brindis al sol
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Gonzalo Quintero Olivares

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La Comisión y el brindis al sol

La creación de la Comisión contra la Corrupción ya ha cumplido su principal y única misión que era, pura y simplemente, ser anunciada a los cuatro vientos

Foto: Una comisión de investigación en el Congreso. (EP/Carlos Luján)
Una comisión de investigación en el Congreso. (EP/Carlos Luján)

Se atribuye a Napoleón la frase "si quieres que algo no se resuelva, nombra una comisión." Sea o no cierto que lo dijo el emperador corso, es una reflexión cargada de razón y avalada por la experiencia. Nuestra vida política está repleta de comisiones, del Congreso, del Senado, de los Parlamentos Autonómicos, cuyo balance de utilidad y eficacia es penoso, aunque su creación, en todos los casos, ha ido siempre acompañada de grandes cantos a los virtuosos objetivos que se perseguían.

Este "largo y cálido verano" hispano ha aportado una nueva comisión, que merece ser considerada de traca: el BOE del 26 de agosto publicaba el Real Decreto por el que se crea la Comisión Interministerial para el impulso del Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción, y se establece su composición y funcionamiento. Se cumple así con la promesa hecha por Sánchez ante el Congreso de los Diputados el pasado 9 de julio, por lo tanto, pocos días después del ingreso en prisión de Santos Cerdán, lo cual daba a la promesa un emotivo tono de reacción ante el pecado.

En el español coloquial las acciones o iniciativas que, desde su primer momento, se sabe que no van a servir para nada, más allá de agradar a los incondicionales, suelen ser calificadas de "brindis al sol". La recién creada Comisión, por mérito propio, está llamada a ocupar un lugar de honor en la lista de esa clase gestos, y ese pronóstico vendrá probablemente confirmado por la intranscendencia de la actividad de la Comisión, sin perjuicio de algún concreto, pero irrelevante acuerdo o decisión.

La Comisión está formada por un grupo de ministros encabezados por la de Hacienda, sea por su condición de vicepresidenta o sea por su desconocida experiencia en la materia. La lista de los ministros y sus áreas competenciales dejan en el lector una pregunta ingenua: por qué no están otros ministros. Pero da igual, pues tampoco se da explicación de la razón de la presencia de los elegidos.

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Es interesante la relación de "ejes" que han de marcar la tarea de la Comisión, que va encabezada por algo tan evanescente como la "prevención de riesgos y fortalecimiento de los controles frente a la corrupción para reducir su incidencia". Esa meta debería considerarse cumplida por leyes de la importancia, ante todo, del Código penal, junto con la legislación administrativa sobre contratación pública (a mejorar si se estima insuficiente) y sobre las cuentas de las Administraciones y entes públicos. No se me alcanza qué pueda hacer la Comisión más allá de recordar la vigencia e importancia de esas normas, amén de que la eficacia de los controles pasa por la intervención de técnicos en cada área de la actividad de las Administraciones públicas.

Tras esa tarea se anuncia otra: la de garantizar la protección efectiva de las personas que informan sobre irregularidades o casos de corrupción. Ese ha sido siempre un problema de máxima importancia, tanto en el sector público como en la empresa privada. Los sistemas de denuncia interna requieren de ese complemento protector frente a posibles represalias. Pero esa materia es ya el objetivo de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que, además explicita cómo y cuándo se puede producir esa imprescindible colaboración, tanto en el sector público como en el privado. La protección del informante, decía la norma, aconseja que sea una autoridad independiente específica la que asuma este conjunto de competencias, y sirva, en definitiva, de pilar institucional esencial en la lucha contra la corrupción. Es fácil observar que la nueva Comisión no tiene vela en ese entierro.

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Continúa la lista de "ejes" con uno que, directamente, invade las funciones de la Fiscalía y las competencias del Poder Judicial, como es la de "Investigar, juzgar y sancionar la corrupción". Cabe suponer que se refiere al deber de excitar las actuaciones, deber que ya existe desde hace mucho y pesa sobre todos los funcionarios públicos. Otra cosa es que se cumpla, pero en ningún caso puede presentarse con ese tono "revolucionario" porque resulta ridículo.

A esa tarea le sigue el objetivo de recuperar activos procedentes de actividades corruptas como elemento esencial para reparar el perjuicio causado al interés público. Resulta sorprendente, si se tiene en cuenta que desde el Real Decreto 948/2015, de 23 de octubre existe una Oficina de Recuperación y Gestión de Activo (ORGA), que, a su vez, derivaba de la Reforma del Código penal de 30 de marzo de 2015, que amplió notablemente el régimen del comiso de bienes procedentes de delito. Aquella norma ya advertía que su objetivo, entre otros, era completar el nuevo régimen del comiso para perseguir los rendimientos de los delitos de corrupción tanto en el sector público como en el privado. La ORGA se configuró como un órgano de la Administración General del Estado, y auxiliar de la Administración de Justicia, que (teóricamente) actúa cuando se lo encomiende el juez o tribunal competente, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o de la propia Oficina. La presencia de la Comisión en ese esquema competencial es difícil de entender.

La relación de ejes que han de guiar la actividad de la Comisión se cierra con el de cariz más pedagógico e irrealizable, que es el de promover una cultura anticorrupción y de integridad entre la ciudadanía, las empresas y las administraciones. El escepticismo ante esa pretensión es inevitable, y no solo porque se ha de predicar con el ejemplo, sino porque la educación política, que cuando menos debería incluir la enseñanza de los valores esenciales de un Estado de Derecho y los temas constitucionales más importantes (derechos y deberes, separación de poderes, principios reguladores de la actividad de las Administraciones públicas, etc.) no han merecido apenas atención en los planes de la enseñanza media, con las excepciones que se quiera.

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Siendo así, la sinceridad del plan de promover una cultura de honestidad, que ha de comenzar por ahí, puede ser puesta en duda. El buen ejemplo, además, ha de comenzar por lo que el ciudadano tiene más cerca, que son los Ayuntamientos, pero ha de continuar con la divulgación de todo cuanto haya de ser conocido por la ciudadanía como casos de corrupción, sin confiar esa tarea a la información paralela, y no siempre objetiva, de los medios de comunicación.

Tampoco hay que olvidar que la corrupción no solo surge al desviar dinero o recursos públicos, sino también con el gasto innecesario como, por ejemplo, el que se va en el nombramiento de miles de asesores, o en "embajadas" autonómicas, cuando existen necesidades prioritarias, y son solo ejemplos.

Por demás, si todo se hace partiendo, como "regla de oro", de que el Gobierno ha de estar siempre blindado frente a "malévolas acusaciones", poco recorrido tendrá tan loable propósito, teniendo en cuenta que todos los miembros de la Comisión lo son también del Gobierno.

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Lo más hilarante de la norma que crea la Comisión es, en mi opinión, la advertencia de que la misma tendrá un período de vigencia limitado en el tiempo hasta la consecución de los fines anunciados. Si es así, largo nos lo fiais. Y en cuanto a la confianza, formalmente expresada en el preámbulo del Real Decreto, en que con esta medida el Gobierno refuerza su compromiso con una gobernanza íntegra, eficaz y transparente, afianzando así la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas, además de construir un sistema eficaz contra la corrupción, solo cabe decir que, por lo visto, se ha olvidado toda la abundante producción normativa formalmente vigente y nacida para la lucha contra la corrupción, y que ha sido reiteradamente burlada.

En resumen: la creación de la Comisión contra la Corrupción ya ha cumplido su principal y única misión que era, pura y simplemente, ser anunciada a los cuatro vientos. Si luego no sirve para nada, habrá que nombrar una Comisión para que indague sobre las causas del fracaso.

*Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho penal y abogado.

Se atribuye a Napoleón la frase "si quieres que algo no se resuelva, nombra una comisión." Sea o no cierto que lo dijo el emperador corso, es una reflexión cargada de razón y avalada por la experiencia. Nuestra vida política está repleta de comisiones, del Congreso, del Senado, de los Parlamentos Autonómicos, cuyo balance de utilidad y eficacia es penoso, aunque su creación, en todos los casos, ha ido siempre acompañada de grandes cantos a los virtuosos objetivos que se perseguían.

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