Qué menos que exigir que las condenas se cumplan íntegramente: ni un día más de lo fijado en una sentencia judicial, pero tampoco ni un día menos. Y menos aún si esas decisiones se adoptan para garantizar apoyos políticos
El exjefe de ETA, Garikoitz Aspiazu, Txeroki, a su salida este martes de la prisión de Martutene. (EFE/Javier Etxezarreta)
El pasado viernes amanecimos con un titular en El Correo que, para muchas víctimas del terrorismo, sonó como una bofetada: "El exjefe de ETA 'Txeroki' saldrá de prisión de lunes a viernes al lograr la semilibertad". La noticia añadía que "permanece internado en Martutene y está condenado a penas que superan los 400 años por numerosos atentados".
Como era inevitable, el anuncio ha provocado una profunda indignación: primero entre las víctimas y, después, en una parte importante de la sociedad que no entiende cómo alguien condenado a cientos de años de cárcel puede salir de prisión a diario, aunque sea solo unas horas.
Estas líneas pretenden explicar el contexto en el que se adopta esta decisión y el marco legal que la hace posible.
Para entender lo que ocurre hoy conviene retroceder a 2017 y 2018. En julio de 2017, el colectivo de presos de ETA aprobó un documento interno de conclusiones en el que fijaba su hoja de ruta para lograr la excarcelación mediante una estrategia jurídica. En ese documento se establecían los pasos a seguir conforme a la legalidad vigente, pero dejando claro algo esencial: no aceptarían ningún paso que supusiera arrepentimiento real ni colaboración efectiva con la justicia.
Dicho de otro modo, se trataba de utilizar el marco legal como herramienta para vaciar las cárceles, sin asumir responsabilidad moral, sin delatar a nadie, sin ayudar a esclarecer atentados pendientes y sin reconocer el daño causado más allá de fórmulas burocráticas.
La hoja de ruta estaba escrita. Solo hacía falta que alguien la ejecutara. Y llegamos a junio de 2018. El 1 de junio de ese año, tras prosperar una moción de censura, Pedro Sánchez accedió a la presidencia del Gobierno. Pocos días después, el 26 de junio, compareció ante los medios tras una sesión del Consejo Europeo y afirmó: "ETA fue derrotada por la democracia y, en consecuencia, lo que tenemos que plantear como Gobierno (…) es revisar la política penitenciaria y adecuarla a una nueva realidad, siendo empáticos, por supuesto, con las víctimas del terrorismo".
A partir de ahí, los pasos fueron claros y conocidos.
En primer lugar, la derogación de la política de dispersión. Entre septiembre de 2018 y marzo de 2023, Instituciones Penitenciarias aprobó centenares de traslados de presos de ETA, hasta que, en la práctica, todos terminaron en cárceles del País Vasco y Navarra.
Todo ello se presentó como un cambio "adaptado a una nueva realidad". Pero para las víctimas, la realidad era —y es— otra: que el sistema empezaba a moverse hacia una salida ordenada y progresiva de los presos de ETA, sin cumplimiento íntegro de las condenas.
Y eso es exactamente lo que ha ocurrido.
Acercamientos, cesión de competencias, progresiones de grado, flexibilizaciones para quienes no cumplen formalmente los requisitos y concesiones de libertades condicionales. El resultado es que hoy 66 presos de ETA, de un total de 125, cumplen condena con salidas o en regímenes flexibles. O, lo que es lo mismo, más de la mitad de los presos de ETA salen todos los días de prisión o directamente cumplen su condena fuera.
Centrándonos en el caso del etarra Txeroki, conviene señalar que, por desgracia, no se trata de un caso aislado.
En abril de 2025 se conoció que otro histórico terrorista, Juan Carlos Iglesias Chouzas, 'Gadafi', también se había beneficiado del régimen flexible previsto en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Desde que el Gobierno Vasco asumió las competencias penitenciarias, una treintena de presos de ETA se ha visto beneficiada por esta flexibilización.
Pero ¿qué es exactamente el artículo 100.2? Este precepto fue introducido en el Reglamento Penitenciario de 1996 con una finalidad concreta: permitir la flexibilización del régimen de internos que no cumplían los requisitos legales para progresar a tercer grado, especialmente por razones médicas, como la necesidad de recibir tratamientos fuera de prisión. Ahora bien, esta decisión de la administración penitenciaria requiere la ulterior aprobación del juez de Vigilancia Penitenciaria. Es decir, una vez adoptada y aplicada, debe ser ratificada judicialmente. De ahí que llevemos varios días viendo cómo Txeroki sale de prisión cada mañana a las ocho.
Sin embargo, su aplicación se ha ido generalizando y hoy funciona, en muchos casos, como una fórmula intermedia entre el segundo y el tercer grado. En la práctica —y especialmente en el caso de presos de ETA— se está utilizando como un tercer grado encubierto para internos que aún no cumplen plenamente los requisitos exigidos para la semilibertad. El primer caso conocido fue en 2007, cuando el etarra José Ignacio de Juana Chaos pretendió chantajear al Gobierno con una supuesta huelga de hambre.
Hay, además, un elemento que alimenta la indignación social y que conviene explicar con claridad.
Txeroki acumula condenas que suman cerca de 400 años de prisión. Pero en España nadie cumple 400 años de cárcel. El sistema establece un límite máximo de cumplimiento efectivo.
La prisión permanente revisable no se incorporó al Código Penal hasta 2015 y, por tanto, para muchos condenados por delitos anteriores se aplican los límites máximos previstos en el artículo 76 del Código Penal.
En el caso de Txeroki, como ninguna de sus condenas supera los 20 años (por ejemplo, en 2011 se le condenó como responsable en concepto de autor de 20 delitos de asesinato terrorista, en grado de tentativa, a la pena de 18 años de prisión por cada uno de los veinte delitos), el límite máximo de cumplimiento es de 25 años. A ese máximo, desde octubre de 2024, hay que restarle los años ya cumplidos en Francia. Por eso, su fecha de licenciamiento definitivo se sitúa en octubre de 2027. Traducido: le queda aproximadamente un año y medio para estar definitivamente en libertad.
Ante este escenario, muchas víctimas se hacen una pregunta inevitable: ¿todo esto es legal? Y, aunque resulte difícil de comprender, lo es.
La legislación penitenciaria española permite estas decisiones y, además, deja a las víctimas en una posición de absoluta impotencia: no tienen posibilidad real de recurrirlas ni de participar en el procedimiento que decide que un terrorista salga a la calle de lunes a viernes.
Es cierto que la ley exige, para la progresión a tercer grado de los condenados por terrorismo, signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios terroristas, así como colaboración activa con las autoridades. Pero a continuación introduce una fórmula que vacía de contenido ese requisito: permite acreditar esa "colaboración" mediante una simple declaración de repudio de la violencia, el abandono de la actividad terrorista y una petición de perdón a las víctimas del delito.
Y aquí está el núcleo del problema: la ley no exige verdadero arrepentimiento. Permite que todo se reduzca a un papel. A una carta. A un trámite. "Firme usted un documento y obtendrá el tercer grado".
Cuando ETA prohibía expresamente estas declaraciones, el hecho de que algún preso las realizara —fueron muy pocos— podía tener algún valor. Pero desde el momento en que el propio colectivo de presos diseñó una estrategia para usar la legalidad como "método de lucha" para vaciar las cárceles, esas cartas carecen de toda credibilidad moral.
Por eso no se trata solo de una cuestión jurídica, sino de una cuestión ética. Qué menos que exigir que las condenas se cumplan íntegramente: ni un día más de lo fijado en una sentencia judicial, pero tampoco ni un día menos. Y más aún si esas decisiones se adoptan para garantizar apoyos políticos.
Para una sociedad democrática, esa debería ser la verdadera noticia. Y también el verdadero escándalo.
*Carmen Ladrón de Guevara Pascual, abogada de la Asociación Víctimas del Terrorismo.
El pasado viernes amanecimos con un titular en El Correo que, para muchas víctimas del terrorismo, sonó como una bofetada: "El exjefe de ETA 'Txeroki' saldrá de prisión de lunes a viernes al lograr la semilibertad". La noticia añadía que "permanece internado en Martutene y está condenado a penas que superan los 400 años por numerosos atentados".